viernes, 3 de diciembre de 2021

“El presidente puede no contestar por la casa de Breña y el Congreso igual decidir vacarlo”

Existe una controversia sobre si el presidente Pedro Castillo, de ser citado al Congreso, debe o no responder por las reuniones clandestinas en la casa de Breña, pese a que este tema no está incluido en la moción de vacancia presidencial. En esta entrevista, el abogado y exprocurador César Azabache nos da luces al respecto.

¿Cómo complica la citación del Ministerio Público al presidente Pedro Castillo por el caso de los ascensos en las FFAA ante este pedido de vacancia?

Entiendo que esta citación guarda relación con el caso de los ascensos de oficiales de las FFAA y de la Policía. Es uno de los elementos que están en debate. El otro es el hallazgo de los US$ 20 mil en las oficinas del señor Bruno Pacheco. El tercero es de los contratos públicos obtenidos o asignados a este grupo empresarial, que parece haber tenido una gestora de intereses reuniéndose con él. Son tres asuntos diferenciables. En los tres, el presidente no mostró tener una versión de las cosas, que le permita deslindar.

¿A qué se expone Castillo?

Se expone a que lo que diga sea confrontado con las evidencias. No sabemos qué opciones va a elegir. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que en estos días ha quedado claro, con base en declaraciones de la primera ministra Mirtha Vásquez, que eventualmente si fuera citado al Congreso con ocasión al pedido de vacancia, aparentemente va a optar por no responder preguntas no incluidas en el texto. Eso es legalmente posible, pero institucionalmente incorrecto. Institucionalmente, el silencio del presidente de la República es fuertemente regresivo en esta crisis.

Es muy probable que la moción de vacancia sea admitida y se cite al presidente. ¿Un abogado qué le debe recomendar? ¿Apegarse a lo jurídico y decirle que no responda por los hechos en Breña porque estos no figuran en la moción de vacancia? ¿O que responda por lo de Breña?

Hay dos tipos de grandes casos legales: los que se refieren exclusivamente a derechos privados, donde tiene todo el sentido del mundo que se empleen todos los recursos legales para asegurar los derechos individuales de una persona o empresa, y los casos de impacto institucional, en los que usar derechos individuales puede ser profundamente regresivo. Esto por una razón: casos de interés institucional comprometen a personas que no son individuos, son representantes, magistrados o tienen encargaturas públicas por elección. Eso significa que al tomar una elección sobre cómo encarar sus procesos, no solo están poniendo en juego sus intereses personales, sino también el rol público que han asumido.

Si el presidente apela al formalismo de no declarar sobre las reuniones en Breña, ¿está aumentando el riesgo de que lo vaquen?

Por supuesto, porque estaría tomando una decisión solamente basada en sus derechos individuales como persona física, sin tener en cuenta las consecuencias que esa decisión produzca sobre la condición del presidente de la República como autoridad de su institución.

El Congreso le va a increpar al presidente por los hechos en Breña. Si lo vacan por este caso, que no figura en la moción, ¿se habrá respetado el debido proceso?

Tenemos 21 años de actividades parlamentarias vinculadas a debates sobre responsabilidades políticas y penales. Esta práctica ha mostrado que el Congreso reivindica a su favor no utilizar determinadas garantías formales que son usuales en los procedimientos de investigación de la Fiscalía. Mejor dicho, el Congreso ha rechazado sistemática y exitosamente tener determinados límites de pregunta y respuesta en sus intervenciones. El único límite que le fue impuesto proviene del caso Alan García (con la Megacomisión).

¿Este caso es un precedente entonces?

Es cierto que el caso García podría instruirle al abogado del presidente a que le diga que no responda sobre ningún comentario que no esté incluido en la admisión de la moción de vacancia. Tiene derecho a decir que no responderá a la pregunta sobre el tema de Breña. Pero la cuestión del debate no es el caso Breña, es la capacidad moral del presidente. El concepto de incapacidad moral del presidente está vacío (...) El presidente puede no contestar por la casa de Breña, como espacio de reuniones, y el Congreso decidir, si reuniera los 87 votos, vacarlo por incapacidad moral permanente.

¿Qué opina sobre los siete argumentos que sí están en la moción de vacancia?

Respecto de la moción de vacancia es como un documento insostenible. No tiene ningún sentido. El problema no es ese. El problema es que la crisis detrás del texto se está volviendo insostenible. Y el mensaje del presidente Pedro Castillo sobre la crisis tampoco tiene ningún sentido. Lo que estamos mirando es la repetición de un ciclo de deterioro, que remeda lo que hizo Manuel Merino, cuando destituyeron a Martín Vizcarra; remeda el señor Pedro Castillo los errores de Vizcarra.

Con todo lo que se conoce, ¿hay indicios para que la Fiscalía inicie una investigación contra el jefe del Estado por presunto tráfico de influencias en el caso Karelim López?

Bueno, como sabes, las imputaciones contra el presidente deben ser diferidas al final de su mandato. Pero en la Fiscalía hay una investigación que incluye el evento de los US$ 20 mil en el armario del baño del exsecretario de Palacio y una que incluye la cuestión sobre los ascensos en las FFAA. Y el uso de los ambientes en la casa de Breña está ya vinculado a procesos que han comenzado en la Contraloría y la Fiscalía. De modo que es un evento que merece y está siendo investigado.

domingo, 28 de noviembre de 2021

Vacancia


Creo que hay presidentes que no deben permanecer en el cargo. Castillo parece ser uno de ellos. Pero nuestra historia reciente muestra que los procesos de destitución basados en la llamada “incapacidad moral” causan estragos que exceden la medida de cualquier solución equilibrada para problemas de desgobierno.

Los pedidos de vacancia por incapacidad moral tienen un sentido claro. Nos guste o no, expresan la muy escasa resistencia que nuestro sistema institucional ofrece cuando un gobierno no tiene una mayoría propia en el Congreso o no puede, no quiere o no sabe cómo conformar una. No hemos tenido presidentes con alguna de estas mayorías desde el 2016 y han sido cinco en el periodo. En teoría un presidente sin mayoría podría compensar esa carencia incrementando intensamente su legitimidad “en la calle”. Pero las mayorías en el Congreso han aprendido a desengancharse de la ciudadanía. Entonces “la calle” tampoco basta, no en primera instancia, para sostener un gobierno que no tiene mayorías parlamentarias.

La sostenibilidad no es un derecho que se adquiera automáticamente por haber ganado las elecciones.

Como si esto fuera poco, la incapacidad moral ha perdido en el camino toda referencia a fundamentos fuertes que delimiten su significado. La incapacidad moral, como construcción, ha sido vaciada casi por completo de contenido en este periodo. El Tribunal Constitucional perdió una oportunidad valiosa para revertir este proceso en noviembre 20, cuando decidió no revisar el primer proceso por vacancia de los dos que se plantearon contra Vizcarra. El intento del gobierno por reformar al mismo tiempo el proceso por vacancia y las condiciones que autorizan cerrar el Congreso no parece estar ahora en la agenda política.

En los hechos entre nosotros es posible destituir un presidente cuando la mayoría logra reunir, en el primer o en el segundo intento, 87 votos. O confrontarlo en el pleno cuando se logra 52.

La vacancia ha terminado siendo una simple cuestión de votos.

Sin embargo es imprescindible notar que la destitución de un presidente por mayoría no asegura que su reemplazante pueda sostenerse en el gobierno. El caso Merino y las movilizaciones de noviembre 20 lo demuestran. La erosión que causa este tipo de destitución puede llegar a ser tan grande que el simple cumplimiento de las formas del procedimiento de investidura del presidente de reemplazo no basta para asegurar su sostenibilidad. El sistema institucional en estos casos puede quedar convertido en un enorme agujero negro vaciado de referencias morales. Entonces no tiene sentido ingresar a un ciclo como este sin haber construido previamente una legitimidad alterna que convierta el ciclo completo en un proceso de transición en forma.

Merino creyó que para sostenerse bastaba con seguir las formas en su designación. Enorme error. Una presidencia de reemplazo debe construirse políticamente y con extremo cuidado. La construcción de una legitimidad alterna verdaderamente convocante debe ser reconocida como condición necesaria para encarar de manera equilibrada la destitución de un presidente en ejercicio.

Sin haber construido esa legitimidad alterna, aproximarse a una destitución carece de sentido.

Preferencias aparte, los periodos de Paniagua y Sagasti, aunque cortos en duración, muestran que el sistema institucional admite correcciones. Pero respaldadas en procesos de construcción institucionalmente equilibrados.

Enorme paradoja. El doble juego que permite cerrar el Congreso y vacar al presidente por simple acumulación de votos proviene de la Constitución de 1993. La misma que determinados sectores de nuestra comunidad pretenden presentarnos como si fuera un factor de estabilidad institucional.

Publicado en La República el 28 de noviembre de 2021