martes, 28 de marzo de 2006

La corrupción y sus pruebas


Entre corrupción e intromisión
César Azabache Caracciolo

En estos días se ha registrado una denuncia especialmente grave asociada a grabaciones privadas de conversaciones aparentemente sostenidas entre abogados locales. La trascripción de las cintas parece mostrar diálogos sobre aparentes pagos ilegales hechos a Magistrados del judicial. La reacción ante el hecho ha sido de alarma y la fiscalía ha iniciado ya una investigación formal sobre los hechos.

La denuncia ha caído en medio de un momento de profundo desconcierto. La comunidad siente que las autoridades no son confiables y que el sistema se ha vuelto demasiado vulnerable a presiones ilegales. Imperceptiblemente, la desesperación que esto provoca está generando un clima de tolerancia a prácticas repudiables como la intromisión en comunicaciones telefónicas y electrónicas de terceros. Aparentemente estamos ante un dilema: ¿No es ilegal entrometerse en comunicaciones de terceros? ¿Pero vamos a renunciar a enfrentar al monstruo de la corrupción por simples detalles legales? ¿Toleramos la corrupción o toleramos el uso de procedimientos ilegales para obtener pruebas contra ella? Más de uno se sentirá tentado a reclamar el derecho de todos a que se use los medios que estén a nuestro alcance para llevar a juicio a quienes aparecen registrados en conversaciones sospechosas. Pero ¿Es la intromisión el camino correcto? Finalmente ¿No fue eso lo que hicimos para enfrentar a la organización de Montesinos?

Primero aclaremos las cosas. Las cintas de Montesinos no eran grabaciones de comunicaciones de terceros. Eran el registro de las reuniones que el propio Montesinos celebró. Puede parecer una sutileza, pero no es lo mismo usar las pruebas que un acusado genera de su propio comportamiento que entrometerse sin autorización de un Juez en comunicaciones de terceros. Las intromisiones privadas son una cosa distinta al registro de los actos propios.

Hablamos entonces de intromisiones privadas en comunicaciones de terceros. Cuando la intromisión halla las pistas de un delito grave, la comunidad tiende a ver con tolerancia lo ocurrido. Pero quienes intentan salvar el uso de cintas como las que se han difundido en estos días olvidan que la intromisión no se genera en un solo día ni con un solo acto. La obtención de esas grabaciones supone la puesta en marcha de un complejo negocio particular que consiste en montar equipos de escucha e intromisión electrónica, obtener la información necesaria para iniciar la vigilancia, ubicar el fragmento que se puede difundir y cobrar dinero por el resultado. Como se trata de un negocio, el éxito de cada caso promueve el consumo del producto en el mercado, incrementa la demanda y eleva los precios del servicio. Y como el mercado se orienta por las ganancias, es imposible no descubrir que la promoción comercial de este tipo de servicios alienta la competencia, es decir, la aparición de nuevas firmas ofertando el mismo producto. Y como los productos exitosos tienden a expandir su mercado de referencia, de los casos de corrupción pasamos de inmediato a los divorcios y al espionaje industrial y de negocios. Y con cada “descubrimiento” tolerado, nuevas ganancias para el mercado ilegal de las intromisiones.

Admitir el uso legal de grabaciones de conversaciones de terceros implica autorizar el desarrollo de un mercado ilegal de intromisión en la privacidad. Cada vez que toleramos el uso de cintas como las recientemente difundidas multiplicamos las probabilidades de nuevas grabaciones. Y no están expuestos solo quienes cometen delitos o tienen algo que ocultar. También están expuestos quienes negocian con valores bursátiles, descubren procedimientos de industria o simplemente prestan servicios en una empresa que se puede sentir amenazada por un sindicato. En todos los casos el producto es el mismo y se legitima en el mercado de la misma manera: Cortando el camino difícil, pero más estable, de los procedimientos legales.

¿Deben detenerse las investigaciones iniciadas? No, pero las autoridades deben ser capaces de continuar las pesquisas por otras vías, sin enviar a la comunidad un mensaje que aliente el uso de este tipo de servicios.

La función de la ley es alentar los comportamientos regulares y desalentar el uso de marcados ilegales. El sistema legal debe demostrarnos a todos que no es inútil. Pero también que no se contradice a sí mismo.