jueves, 12 de abril de 2007

Más de seis años son demasiado



Más de seis años son demasiado
César Azabache Caracciolo

En estos días la Corte Suprema debe tomar su primera decisión en el caso del General (r) Chacón. La defensa alega que el General en retiro tiene más de 6 años en prisión. De hecho han pasado más de 6 años desde el que comenzó el proceso sin que se haya dictado sentencia y esto, sin duda, es grave. Cosas así no deberían pasar en nuestro medio. En el derecho comparado, el retardo en el juzgamiento de una persona puede provocar no sólo su liberación, sino incluso la anulación de todo el procedimiento seguido en su contra. La teoría predominante en esta materia asume que el Estado, que por definición es más fuerte que los acusados, debe asumir ciertos límites legales a la hora de presentar casos penales. El plazo razonable para llegar a juicio es, sin duda, una de esas limitaciones. El Estado tiene el derecho de llevar a juicio a los que sean sospechosos por un delito. Pero no tiene el derecho de mantener a una persona de manera indefinida bajo la amenaza de llevarle a la cárcel. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Suárez Rosero contra Ecuador, ha declarado ya que cinco años es un plazo excesivo para mantener abierto cualquier caso penal, tenga la complejidad que tenga (Sentencia de Noviembre 12, 1997). Nuestro Tribunal Constitucional, en el caso Bustamante Romaní, ha ordenado hace poco la conclusión de un procedimiento penal que llevaba abierto seis años, haciendo una declaración semejante (Sentencia de Julio 14, 2006).

            Y es que el tiempo no es un mero formalismo cuando se trata de la justicia penal. Los casos penales no tratan sólo sobre los problemas de posibles delincuentes. Los tribunales penales deben decidir sobre la responsabilidad y la libertad de los acusados. Pero a la vez deben establecer el significado de las prohibiciones más importantes que rigen la conducta de todos (no dañar, no defraudar, no corromper, entre otras). Los tribunales deben explicarnos claramente qué es justo y qué no es justo conforme a la ley. Además los tribunales deben demostrar claramente a los ciudadanos que el Estado es capaz de mantener el equilibrio entre dos necesidades antagónicas: De un lado castigar oportunamente delitos efectivamente cometidos, del otro controlar los excesos que, con buena o mala intensión, pueden cometer las autoridades contra personas inocentes. Ambos objetivos se perjudican si transcurre demasiado tiempo entre el descubrimiento del hecho y la Sentencia del caso. Y es que el paso del tiempo resta valor a los bienes que produce la justicia, como resta valor a todos los bienes que pueden depreciarse.

            El retardo en el procedimiento es un problema del sistema anticorrupción. Reconocerlo no implica atacar a nadie ni implica negar o cuestionar la enorme energía moral que han impreso al sistema muchos de los magistrados que lo integran y lo han integrado. Por el contrario, negarlo sería engañarnos. Además el retardo es un problema de todo el sistema de justicia penal. El retraso de los procedimientos ha provocado más de una crisis derivada de la liberación de acusados por delitos violentos y sin duda provocará nuevos problemas en el futuro.

Hay una serie de soluciones de política general que sin duda hay que adoptar. Pero caso por caso, el retraso debería provocar que se envíe al archivo las acusaciones que, por el paso del tiempo, ya no tengan sentido. Si, contando desde que se descubre el hecho, el Estado toma más de cinco años en llevar a juicio a una persona, probablemente no tenga un caso convincente que presentar. Si teniéndolo, no tiene interés en presentarlo, entonces es peor. En esas condiciones, dado cierto tiempo, los Tribunales deberían estar autorizados a ordenar que se presente el caso en el estado en que se encuentre, y de ser necesario, a poner fin al procedimiento sin más debates.

Un caso que se ha deteriorado por el paso del tiempo no es siempre producto de un abuso permanente. También puede ser producto de un fracaso que hay que reconocer responsablemente. De cualquier manera, ¿Para qué insistir en un asunto que no termina de convencernos o que no somos capaces de terminar de probar?