lunes, 25 de junio de 2018

Inexplicable pasividad


SOBRE LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE IDH RESPECTO AL INDULTO A ALBERTO FUJIMORI

Inexplicable pasividad


El indulto humanitario concedido a Alberto Fujimori en diciembre del 2017 ha sido, en los hechos, desautorizado por la Corte Interamericana de DD.HH. Los debates sobre el cumplimiento de la condena a Fujimori por los casos Barrios Altos y Cantuta no son actuales. Comenzaron en el último tramo del gobierno de Ollanta Humala y no salieron bien. Debieron convertirse en punto de partida para hacernos cargo de una vez por todas de ese aprendizaje inconcluso, absolutamente inacabado que estamos arrastrando sobre las formas mínimas que deberíamos emplear para discutir uno de los capítulos más duros de nuestro pasado reciente: los años 90. No lo hemos logrado. Deberíamos estar explorando nuevas opciones de aproximación al otro que nos permitan sostener nuestras diferencias en un ambiente impregnado de respeto. Deberíamos haber empleado ese debate para desarrollar una nueva moralidad ciudadana, una moralidad basada en la palabra y en el reconocimiento mutuo. Pero en lugar de hacerlo, Pedro Pablo Kuczynski prefirió convertir el asunto en moneda de cambio en el marco de la primera vacancia.

Fujimori aceptó la salida fácil. Y ahora comenzamos a registrar señales que muestran en el ambiente cierta disposición a dejar que las cosas simplemente pasen, hasta quedar desapercibidas. La corte ha declarado que el indulto no tendría por qué haber sido empleado para resolver problemas de salud de una persona condenada por los tribunales. Para eso existen otras alternativas, ha dicho. También ha dicho que tiene dudas sobre el procedimiento que siguió el Ejecutivo para conceder el indulto. Ha dicho que una medida como esta no debería siquiera considerarse sin que antes el beneficiario haya reconocido su propia responsabilidad en los hechos. Ha dicho que antes de una discusión como esta debería haberse reparado a las víctimas. La corte ha concluido que el indulto concedido a Fujimori debe ser revisado judicialmente.

Pero la opción a favor de la revisión judicial del indulto se abrió en realidad en la audiencia de febrero de este año, realizada ante la propia corte. Antes de esa fecha, la única opción visible parecía ser que el Ejecutivo mismo revalúe el indulto. En la audiencia de febrero, los abogados del Estado sostuvieron que en el Perú los tribunales de justicia podían revisar la medida. Citaron como ejemplo los casos de Jalilie y Crousillat. En la decisión que acaba de ser publicada, la corte les ha tomado la palabra. La corte ha dispuesto que se instaure ese procedimiento judicial al que se refirieron los abogados del Estado en la audiencia, y que no se emplee en contra de la instalación de ese procedimiento ninguna coartada basada en el tiempo que ha transcurrido desde que el caso fue sometido ante ella.

El Estado ha empeñado su palabra. Ahora el Estado, no solo el Ejecutivo, está obligado a proceder conforme a la oferta hecha por sus abogados.

Pero la cuestión no es simple ni automática. En el Perú, los tribunales ordinarios no han reconocido aún a las víctimas el derecho a intervenir en los procedimientos judiciales que aplicaron un indulto. Si no pasa algo antes, es muy probable que los jueces penales que conocieron el caso declaren que la cuestión está cerrada. Que las víctimas solo tienen derecho a reclamar ante ellos la reparación pendiente. En el Caso Pativilca, la Sala Penal denegó la aplicación de la gracia presidencial otorgada a Fujimori a pedido de las víctimas. Pero el caso estaba abierto. Eso lo hizo distinto. En los casos Jalilie y Crousillat, citados por los abogados del Estado como ejemplo, el Tribunal Constitucional procedió a pedido de quienes habían recibido la gracia y el indulto. Ellos protestaron contra decisiones judiciales o del propio Ejecutivo que los revocaban o desestimaban. Ninguno de estos casos se refiere a los derechos de las víctimas. Entonces, no tenemos antecedentes internos que confirmen que el procedimiento que los abogados del Estado ofrecieron a la corte sea viable en realidad. De aquí a octubre, que es el plazo establecido por la decisión de la corte para presentar avances, podríamos terminar enfrentando el enorme ridículo de tener que reportar decisiones judiciales que nieguen la existencia del procedimiento que como Estado hemos ofrecido. Si el Ejecutivo no hace algo pronto, podemos exhibirnos como autores de una burla ante una corte que, nos guste o no, es decisiva para la comunidad internacional. Y eso no es un asunto de poca importancia.

Entonces, el Ejecutivo debería estar embarcado en una febril rueda de consultas que asegure que el procedimiento de revisión judicial del indulto que sus abogados han ofrecido podrá instalarse sin interferencias. Y nosotros, como comunidad, deberíamos organizar la forma de dotar al proceso de sentido. No lo estamos haciendo. Temo que estamos simplemente esperando que algo suceda. O que no suceda nada en absoluto, que es peor.

Inexplicable pasividad, desde cualquier punto de vista.

Publicado en El Comercio, el lunes 25 de junio.