viernes, 22 de enero de 2010

Los audios del caso Quimper


Los audios del caso Químper
César Azabache Caracciolo

Creo que el principal error en la organización del caso Químper está en el modo en que depende de los audios que aparentemente grabó y difundió BTR. La prisión de los principales promotores de esa empresa parece probar que la difusión de los audios no tuvo, en su origen, una intensión institucional, sino estrictamente privada. Es evidente que alguien, no sabemos quién, encargó interceptar las comunicaciones de Químper y de León Alegría para sacarlos del mercado de lobistas o para golpear a través de ellos a algún tercer objetivo que pudiera sentirse amenazado por el ataque. Parece probable que BTR al mismo hubiera querido incentivar la demanda de sus propios servicios, demostrando que el espionaje empresarial puede ser letal. El origen de los audios, entonces, ofrece fuertes razones morales para que resulte repudiable emplearlos ante un tribunal, cuando lo que corresponde a los tribunales es confirmar la vigencia de la legalidad institucional, no improvisar saltos pragmáticos para acabar a prisa con un caso. Nunca he estado de acuerdo, en consecuencia, con el uso de los audios en este procedimiento. Y no creo, ni siquiera, que sea necesario entrar en las profundas estructuras de las teorías legales sobre las pruebas, sobre las que he escrito y expuesto una buena cantidad de veces en medios universitarios, para justificar la necesidad de desvincular el caso de ese material que encuentro francamente espurio e inaceptable. 
Sin embargo también es innegable que los audios, ya revelados y accesibles para todos, insinúan que las relaciones entre Químper y León Alegría rebasaron los borrosos límites de la gestión lícita de intereses privados. Las transcripciones publicadas de los audios muestran a Químper actuando como si fuera el asesor de cabecera de León Alegría. Para entonces Químper era miembro del directorio de Petropéru y León Alegría asesor de Discovery Petroleum. Ambas empresas estaban asociadas para un concurso que debía definir Perupetro. ¿Era ilegal que se comunicaran en privado, representando a dos socios? No. Pero sí era ilegal que Químper, asesor de la petrolera estatal, se encargara de proteger los intereses de un socio coyuntural y le cobrara por eso. El centro del caso, entonces, en lo que a su versión legal se refiere, requiere confirmar si Discovery Petroleum, o alguien por Discovery, decidió incluir dentro de su equipo de trabajo a un ejecutivo del Estado que debió mantenerse del lado del estatal, no del lado del particular. Incluir en un equipo de gestión de intereses privados a un funcionario público está claramente prohibido por la ley. De probarse que esto ocurrió, debe ser castigado. 
Si hay algo que distorsiona nuestras expectativas sobre el caso Químper es esa ciega insistencia en creer que la investigación depende de las grabaciones clandestinas de sus conversaciones con León Alegría. Esto es un error. El caso tiene dos posibilidades: 1) O el debate entre los peritos arroja razones para pensar que hubo un fraude en el concurso sobre los lotes, o 2) El debate entre los peritos arroja un resultado contrario y entonces el caso que queda sólo trata sobre las relaciones entre Químper y León Alegría. En ninguno de estos escenarios el caso depende, actualmente, de esos audios. Los audios marcaron sin duda el origen de la noticia y el origen de la sospecha. Marcaron además un quiebre institucional desproporcionado en el momento de su difusión (recordemos que un gabinete entero cayó con ocasión a su divulgación). Pero no son, ahora, la prueba concluyente que pondrá fin a este juicio.
Para confirmar cargos por hechos como éstos basta con revisar los ingresos de Químper, los movimientos de dinero de Discovery Petroleum y su representante, y la correspondencia escrita entre las partes. Todas estas evidencias deberían estar disponibles para la fiscalía y para el Juzgado con solo hacer una serie de requerimientos que a estas alturas ya son usuales. Y ninguno de estos requerimientos supone insistir en que se escuchen (otra vez) los audios. Salvo, claro, para alguien piense que el procedimiento judicial sólo sirve para reconfirmar los antecedentes de un caso y dejarlos congelados en su origen, en lugar de construir verdaderas pruebas sobre el hecho descubierto. 
Sin embargo no hemos podido renunciar al mito representado por esas grabaciones. Nos las hemos impuesto como si fueran un elemento decisivo de la historia. A nuestros ojos, la validez del caso pareciera depender de su subsistencia en el proceso. De alguna manera ellas nos permiten sentir que tenemos entre manos un caso emblemático; un caso descubierto a partir de una evidencia concluyente, semejante a aquellas que se usaron durante la transición. La referencia a los “petroaudios” de alguna manera evoca o intenta evocar la función que desempeñaron los “vladivideos” en la transición. Los dos neologismos son innecesarios desde el punto de vista formal. Pero su semejanza e incluso su fealdad expresan con bastante precisión el deslumbramiento que hemos adquirido por el hallazgo de registros visuales y auditivos, que pasan de inmediato a ser más importantes incluso que el problema al que corresponden. La insistencia en audios y videos nos llevan a olvidar que hay otras maneras, muchas veces más consistentes, de construir un caso legal y de organizar las discusiones sobre lo justo. Pero aún más, nos obliga a “amarrar”, y esto es un error, el destino de casos que pueden ser importantes a los inciertos accidentes que puede producir este tipo de evidencias, que por cierto no tienen mayor ventaja sobre otras tantas, especialmente las testimoniales.
La cuestión del caso, entonces, no radica en establecer el valor de audios que a estas alturas resultan prescindibles. Radica en establecer qué obtendrá el procedimiento judicial a partir del hallazgo original de esas grabaciones, tal que pueda decidirse si el caso merecerá un juicio o no. Si no miramos más allá de los audios, acabaremos renunciando, inconscientemente, a la posibilidad de establecer si estamos o no ante un caso en sentido fuerte, un caso que nos diga algo sobre la brecha que se abrió para violar la ley en esta historia. Y es esa renuncia, la que ahora no debemos aceptar.