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lunes, 25 de enero de 2016

Los nuevos detenidos


JUICIOS INMEDIATOS

Los nuevos detenidos

Por César Azabache Caracciolo

Hace un par de meses hemos comenzado a llevar a juicio, de inmediato, a quienes son detenidos en flagrancia. El presidente del Poder Judicial ha confirmado que en los últimos dos meses más de 430 personas han ingresado a prisión bajo las nuevas reglas.

Hace un año el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, protestaba porque el 95% de personas detenidas en flagrancia habían sido liberadas por las autoridades. Los cambios introducidos en el procedimiento judicial parecen dirigidos a modificar esa tendencia.

Sin embargo, antes de los cambios, cada mes ingresaban a las cárceles aproximadamente 350 personas. Con ese promedio, la capacidad de albergue de las cárceles ya estaba desbordada por encima del 100% (en promedio, más de 67 mil internos en penales diseñados para 31 mil personas).

Aumentar en 200 los ingresos mensuales a cárceles parece imposible, pero establecer seguridad en el país requiere un uso intensivo de las prisiones. La principal señal de vigencia de la ley consiste en que quienes cometen delitos vayan a prisión lo antes posible.

Entonces, la solución no estriba en ajustar la dimensión del sistema para que coincida con la capacidad de albergue de las prisiones, sino en expandirlas para que puedan corresponder a nuestras necesidades. Y nuestras necesidades parecen requerir que reforcemos con urgencia la inversión pública en centros de detención, al menos temporales, pequeños, municipales y de bajo costo.

Por supuesto, hay otras alternativas que combinar en este proceso. El sector Justicia tiene en carpeta un proyecto destinado a introducir en nuestro medio grilletes electrónicos.

Muchos expertos en nuestro medio creen que los grilletes podrían servir para despoblar las prisiones. Al contrario, pienso que dadas las condiciones del sistema, los grilletes no reducirán el número de personas recluidas.

Reforzarán la vigilancia sobre quienes no tienen por qué ser llevados a la cárcel. Esto es distinto. Los grilletes incrementarán los márgenes de vigilancia sobre las personas que deben ser conducidas a juicio, lo que por cierto ayuda.

Estamos en un innegable momento de expansión del sistema legal, entendido en sentido fuerte, y toda alternativa suma en el arsenal de herramientas que necesitamos para equilibrar el sistema.

Paralelamente, deben revisarse las reglas sobre condenas. Hace 25 años el Parlamento se dedica a aprobar reformas que han incrementado las penas del código cada vez que se produce una alarma social relacionada con asuntos de violencia o corrupción.

Por cierto, incrementar las penas funciona relativamente bien si se trata de conseguir algo de atención en los medios en contextos en los que las reglas no serán usadas nunca o lo serán de manera imperceptible. No obstante, cuando se apunta a emplear condenas de manera intensa y efectiva, no puede dejarse de atender a las consecuencias que se producirán.

El caso de la señora Silvana Buscaglia, condenada a seis años de prisión por forcejear con un agente de policía que la intervino, evidencia hasta qué punto la cuestión sobre los castigos deja de ser un juego simbólico gratuito cuando tenemos que hacernos cargo de sus consecuencias.

Si usaremos las condenas penales para castigar y contener delitos, entonces tenemos que contar con márgenes de pena razonables y correctamente ponderados. Esto significa que, además de construir prisiones adecuadas para estos casos, debemos revisar las leyes penales con urgencia.


Publicado en El Comercio el lunes 25 de enero del 2016

lunes, 19 de noviembre de 2012

La entrevista posible



La entrevista posible
César Azabache Caracciolo

Hace unos días el INPE negó a Fujimori autorización para ser entrevistado por Raúl Vargas, sin duda uno de los periodistas más importantes del medio.  Las reglas legales aplicables al caso se agotan en entregar al INPE la facultad de autorizar o no actividades de este tipo, sin más control que la posibilidad de pedir la intervención de un Juez si se detecta en la administración un comportamiento arbitrario o abusivo de cualquier clase.  En este caso, más de una semana después del rechazo, Fujimori no ha pedido ni anunciado pedir la intervención de Juez alguno.  Aún no sabemos si intentará hacerlo, pero la falta de una protesta legal contra a decisión del INPE sugiere que tampoco para el ex mandatario el incidente representa (al menos ya no representa) una cuestión sobre sus propios derechos, entendidos en sentido fuerte.

Los hechos sugieren que el cambio puede interpretarse como consecuencia de la decisión de la Corte Suprema de Chile en el caso por las subvenciones a la llamada “prensa chicha”.  Si bien la primera sentencia de este caso se difundió en setiembre de este año, todos pensamos que, apelada por la defensa de Fujimori, la cuestión demoraría todavía algún tiempo más y no interferiría con los debates sobre el indulto.  Nos equivocamos.  Nos deben haber cometido este error en cambio quienes intervenían en el caso a nombre de Fujimori y a nombre del Estado.  Por eso tiene sentido suponer que los promotores del indulto intentaron acelerar el indulto para que Fujimori pueda afrontar cualquier nuevo juicio en libertad.  Y por eso suena también consistente que el Ejecutivo haya, simultáneamente, decidido no acelerar demasiado el trámite de la solicitud de indulto y no autorizar expresiones públicas del interno antes que la Corte de Chile cerrara el procedimiento. 

Si las cosas son así, entonces los promotores del indulto necesitan ahora ensamblar una teoría legal que independice la cuestión sobre el indulto de las condiciones en que debe desarrollarse el juicio por las subvenciones.  Y no van a llevarla bien en este esfuerzo.  De hecho, desde el punto de vista legal, los procedimientos sobre indultos se refieren a personas que cumplen condenas ya dictadas.  Fujimori es ahora, nuevamente, un acusado.  Y esta condición impide indultarlo.  Si Fujimori está verdaderamente mal, pues entonces habrá que trasladarlo a una clínica en tanto se cierra el caso sobre subvenciones.  Y su defensa tendrá que usar una de dos vías para concluir con ese caso lo antes posible: Ganar la cuestión sobre su incapacidad para ser juzgado (que ya fue anunciada) o aceptar los cargos y pedir una conclusión anticipada del procedimiento.  La primera de estas opciones traslada el debate sobre la verdadera condición de salud de Fujimori a los tribunales.  Y arriesga que una junta médica, ahora a través de un peritaje, anticipe el fracaso definitivo del pedido de indulto por una vía corta.

En estas condiciones ¿insistirá Fujimori en exponerse a una entrevista imparcial? ¿Aceptará discutir públicamente la cuestión sobre las subvenciones?  Confieso que mi interés por escucharlo ahora es mayor que hace una semana.


lunes, 19 de marzo de 2012

Comportamiento arbitrario


Comportamiento arbitrario
César Azabache Caracciolo

¿Curioso, verdad? El líder del llamado “etnocacerismo” se las está arreglando para mantenerse en el primer plano de la escena política en base a debates intensos sobre exitosas situaciones absurdas. La escena pública está saturada de incidentes de este tipo. Y sin embargo se repiten con una periodicidad alarmante. Hay algo, sin duda, que se expresa en todo patrón de capricho voraz. Y debemos entenderlo, si queremos enfrentarlo de manera efectiva.

Habría sido mejor, tras las elecciones pasadas, discutir de manera abierta si debía modificarse o no las condiciones impuestas en prisión a quien terminó siendo el hermano del Presidente de la República. Mi impresión, de hecho, es que no. Pero si alguien tenía una impresión distinta, pues entonces el debate abierto era el camino para establecer el curso de la acción pública. En lugar de hacer esto se nos ha terminado imponiendo una serie disociada de hechos consumados, cada cual más ridículo que el otro. Y el Ejecutivo ha insistido en justificar casi todos los eventos registrados. En este camino se ha terminado por horadar, innecesariamente, la credibilidad de un Ministro y del Jefe de una de las principales y más complejas entidades del sistema de justicia penal, el INPE. Y me confieso tentado a pensar que ese resultado (la corrosión de la credibilidad pública de dos autoridades públicas formales) no puede haber estado fuera de la visión del genio maligno que ideo esta secuencia de hechos absurdos.

Un genio maligno. Si miramos las cosas en perspectiva, provoca pensar que alguien está tratando de establecer cuánto mide nuestra tolerancia colectiva al capricho impuesto desde el poder, y cuan sostenibles en el tiempo pueden resultar situaciones disfuncionales impuestas de facto. Imaginar a un actor perverso jugando en el laboratorio político con la resistencia institucional resulta de fábula. De hecho, suena conspirativo, y siempre hay que dudar de las teorías conspirativas. Pero la idea del genio maligno revela con bastante precisión el riesgo implícito en este tipo de situaciones. Los comportamientos arbitrarios tolerados generan un producto muy atractivo en ambientes poco institucionalizados. Generan la idea de un alguien que es capaz de obtenerlo todo, por más absurdo que parezca, y hacerlo sostenible. Un patrón semejante de soluciones arbitrarias a casos legales abrió espacio al Montesinos de finales de los 90. Por cierto, como sociedad, deberíamos mostrar señales que confirmen que estamos totalmente curados de ofertas de servicios arbitrarios de ese tipo.


En 1945 Camus describió un Calígula que buscaba obsesivamente que alguien en su entorno se resistiera alguna vez a sus perversos caprichos. La versión de Kubrick de 1979 usó el rostro de Malcom McDowell para expresar la paradójica frustración y el desprecio con el que ese personaje comprobaba que su propio poder no tenía límites. Temo que la semántica del poder arbitrario no admite, en la realidad concreta de los desórdenes políticos, ni siquiera espacio para una culpa perversa como la que corroe la existencia del antihéroe de Camus. 

jueves, 11 de agosto de 2011

A distancia del castigo máximo posible



A distancia del castigo máximo posible
César Azabache Caracciolo

El amotinamiento de Andahuaylas de enero del 2005 representó un inoportuno intento por reinstalar la violencia como forma de acción política en nuestro medio. Por eso el debate sobre el caso tiene un enorme significado moral. A diferencia de lo que ocurrió en Locumba, en el Puente Constitución en Andahuaylas se produjo la muerte de 4 policías que sólo estaban intentando cumplir su deber. La provocación de 4 muertes innecesarias tiene suficiente fuerza moral para justificar la demanda de la comunidad porque los hechos sean considerados a partir de las reglas sobre asesinatos. Y sin embargo son precisamente estas reglas las que están siendo dejadas de lado por la Corte Suprema.

La clave del debate moral en el caso está en la inclusión o exclusión de los cargos sobre asesinato en la lista de delitos en que se basa la condena. Pero el debate se ha hecho especialmente intenso por la soberbia con que el jefe del amotinamiento y su defensa han anunciado que el sólo hecho de discutir si las reglas sobre asesinato y secuestro agravado se aplican al caso constituye la antesala política de su liberación. Incluso pasando por alto el abandono de las reglas sobre asesinato, la condena propuesta en la Suprema, ya sea a 17 o a 19 años, es por cierto muy severa. Y no implica automáticamente la concesión de ningún beneficio penitenciario. A distancia de lo que piensan la defensa del jefe de los etnocaceristas, un condenado no obtiene beneficios penitenciarios por el solo paso del tiempo, o porque se excluya tal o cual delito de su condena. Los beneficios penitenciarios deben otorgarse sólo a personas condenadas que demuestran aptitud para reincorporarse a la sociedad en condiciones aceptables. Quien 6 años después del crimen sigue reivindicando lo que hizo y anuncia que su primera acción, de recuperar la libertad, será reorganizar al grupo que se amotinó, claramente no califica para ningún beneficio sea cual sea el delito por el que se le condena finalmente.

Puesto así el debate, dos gestos se vuelven urgentes: El Procurador del Ministerio del Interior debería solicitar una audiencia a la Corte Suprema antes que el señor Santa María emita su voto sobre el caso.  Esperaríamos ver en esa audiencia un Procurador que deje en claro que los intereses del Ejecutivo corresponden a lo que el Estado debe perseguir: Que eventos como el que causó las muertes de Puente Constitución no se repitan jamás. Además la jefatura del INPE debería dejar en claro, públicamente, que los condenados que insisten en reivindicar sus crímenes después del juicio no pueden ser recomendados por el gobierno para ningún beneficio penitenciario.

De hecho el señor Santa María, el siguiente Juez Supremo llamado a votar en este caso, tiene libertad suficiente para optar por la decisión que le parezca más justa, sea adherir a uno de los votos en disputa o recuperar los cargos por asesinato (imprescindibles para ajustar la sentencia final a la descripción más adecuada del evento). En cualquiera de estos casos, la condena será mantenida. Y el principal acusado no puede pretender obtener beneficios en base a ella sin primero reparar los daños cometidos, pedir perdón al país por lo que hizo y, sin duda, garantizar la desmovilización inmediata e incondicional del etnocacerismo.