Mostrando entradas con la etiqueta Caso BTR. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Caso BTR. Mostrar todas las entradas

jueves, 27 de marzo de 2014

Los casos Quimper y Canaán


Respuesta al artículo “¿raro, no?” de ronald gamarra
Los casos Quimper y Canaán

Por César Azabache

Hace poco Ronald Gamarra protestó por la inminente prescripción de uno de los escándalos de corrupción más impresionantes de los últimos años, el Caso Quimper (véase El Comercio, 19/3/2014). El procedimiento ha tomado más de cinco años sin tener una decisión final y eso parece suficiente para irritar a cualquier observador imparcial. Un caso de estas características no tendría por qué disolverse por el simple paso del tiempo.

En una apretada síntesis, el caso muestra al señor Quimper, entonces director de Perú-Petro, recibiendo pagos por asesorar (de la manera más inapropiada imaginable, por cierto) a Discovery Petroleum, una empresa que postulaba a una subasta convocada por la misma Perú-Petro. El escándalo estalló por la difusión de grabaciones de sus conversaciones con el señor León Alegría, asesor de Discovery. Las grabaciones evidenciaron lo que había ocurrido. Pero al mismo tiempo crearon una difícil paradoja, porque aunque sean seductoras como noticia, son ilegales en su origen, y esto impide usarlas en juicio como fundamento de una acusación formal. Entonces, el caso solo podía prosperar ante los tribunales si se lograba reemplazar la evidencia original por evidencia válida. Lograr ese reemplazo no es sencillo. Pero, definitivamente, no es una tarea que justifique más de cinco años de retraso.

La falta de proporción entre el tiempo transcurrido y la tarea por resolver lleva a Gamarra a sospechar que el resultado ha sido producto de una conspiración. Su sospecha no es descabellada, pero me parece, dicho con el mayor respeto, demasiado simple reducir el problema a la intervención de un único genio maligno. En un caso de estas características, sin duda se producen interferencias de todo tipo. Pero por eso mismo la cuestión por resolver no proviene de confirmar conspiraciones, sino de establecer las razones por las que tales conspiraciones terminan ganando un terreno que debería estarles negado.

Entre las muchas explicaciones posibles al entrampamiento de este caso, quiero resaltar una: la innecesaria mezcla del Caso Quimper con el Caso Canaán crea una escena plagada de interrogantes no resueltas que dificultan un procedimiento que pudo ser simple y lineal. El Caso Quimper estuvo claro desde su origen, pero ha sido tratado como si su suerte estuviera ligada a la suerte del Caso Canaán, y esto no tenía por qué ser así. A diferencia del Caso Quimper, el Caso Canaán está formado por un paquete indefinido de sospechas alarmantes con confirmaciones parciales y múltiples dudas que no dejan en claro si el mencionado empresario dominicano tendió y usó en los hechos una red de influencias ilegales en el Ejecutivo para su propio beneficio o se limitó a ensayar una acción agresiva de posicionamiento comercial sin consecuencias. En cualquier caso, las incógnitas que contiene el Caso Canaán exceden en mucho las que contiene el Caso Quimper. Y de hecho son esas incógnitas, no las del Caso Quimper, las que produjeron la caída del Gabinete Del Castillo y el entrampamiento que está conduciendo a la prescripción del procedimiento.

Armar un caso legal jamás es una tarea sencilla. Pero hacerlo a la medida de las expectativas de la opinión pública, sin contrapesos legales claros, puede ser fuente de más de un entuerto innecesario.

Publicado en El Comercio el jueves 27 de marzo del 2014

martes, 7 de mayo de 2013

El silencio de Trujillo Ospina



El Silencio de Trujillo Ospina
Por: César Azabache Caracciolo

Hay un aspecto en la dramática historia que encierra el caso del asesinato de Myriam Fefer que lo convierte en un evento decisivo en términos de moral pública. El individuo que asesinó a la empresaria está identificado más allá de toda duda y ha sido condenado por el crimen que cometió. Pero la evidencia que confirma su responsabilidad es tan abrumadora y la información sobre sus móviles tan precaria que nadie se ha sentido satisfecho con que esté condenado. Y el caso ha girado hasta convertirse en en una indagación de la persona que le encargó el crimen.

La pregunta sobre el encargo de un homicidio es muy importante. De hecho, obedece a la misma incógnita que llevó a sus límites la investigación del Caso BTR. El sicariato, como la interceptación teléfónica y la pornografia infantil, supone la venta clandestina de servicios t productos aberrantes a consumidores que hacen esfuerzos notables por mantenerse en el anonimato. Una intervención ordenada en estos mercados implica sin duda atacar la oferta, pero también desestimular la demanda que la constituye. Si no queremos que el sicariato se convierta en un recurso habitual en nuestro medio, entonces tenemos que aprender a identificar a quienes encargan homicidios. En una sociedad parcialmente desarticulada los ofertantes de servicios clandestinos son fungibles. Los consumidores e intermediarios no.

Comparemos las declaraciones de los condenados por el Caso BTR y las de Trujillo Ospina. Un profesional del crimen no revela la identidad de su cliente ni de su intermediario. Al mantenerse en silencio confirma al mercado que las condiciones para efectuar transacciones clandestinas siguen siendo estables. Los mercados clandestinos no admiten delaciones. Clientes e intermediarios son más fáciles de identificar para cuando se detecta un crimen en preparación que cuando se enfrenta uno ya consumado. Cuando el crimen ya se ha cometido, el circuito de relación entre el cliente y el proveedor se interrumpe. Las evidencias de la escena del crimen conducen al perpetrador, pero difícilmente al circuito clandestino que se tejió a su alrededor.

En el Caso Fefer la identificación de Trujillo Ospina fue casi un producto de la suerte. No se le encontró por una investigación sigilosa y minuciosa, sino que su nombre prácticamente llegó del aire a las manos de las autoridades. Que las autoridades se hayan formado expectativas de identificar a sus clientes a partir de una captura de ese tipo era, desde el principio, demasiado. Y de hecho las investigaciones que se desarrollaron a aprtir de entonces no han arrojado ninguna evidencia concluyente sobre la identidad de un probable cliente ni sobre las condiciones e que se pactó el servicio. Intentar completar la evidencia imposible con conjeturas no resulta, en un caso como éste, aceptable. En estos casos, en lugar de crear un contraincentivo, decisiones judiciales inciertas como la condena a Bracamonte Fefer alientan el consumo. Para un hipotético consumidor de homicidios saber que el sistema se equivoca es tan importante como confirmar su indiferencia.

Trujillo Ospina está condenado. No tiene sentido pretender llevar el Caso Fefer, tal como está edificado, más allá de la condena del preptrador del crimen. Aunque sin duda queda aún mucho por hacer si de lo que se trata es de contener el avance de un mercado que parece decidido a instalarse en nuestro medio.  

sábado, 24 de marzo de 2012

Grabaciones ilegales




Grabaciones ilegales
Por César Azabache Caracciolo

Un caso de interceptaciones telefónicas supone siempre una historia sobre la colocación en el mercado de productos cuya circulación es inadmisible. Los audios de conversaciones privadas grabadas ilegalmente no pueden ser usados ante tribunales porque sin la intermediación de una autoridad ningún registro es seguro.

Por lo que toca al caso, recordemos que la intervención a los locales de BTR puso fin a una de las mejores investigaciones dirigidas por la fiscalía en los últimos tiempos. Además, el ciclo de tira y afloja que comenzó con la intervención, luego de un extraño atentado a la Fiscal de la Nación de entonces. La historia de la dama y los ex marinos comerciando con comunicaciones parece sacada de "The Washington Post", pero es real, es local y hace referencia a cierto tipo de límites institucionales que parecemos no haber aprendido a respetar ni siquiera en tiempos posmontesinistas.

¿Daña el caso que haya habido defectos en la cadena de custodia de material probatorio? Creo que todos coincidiremos en que probablemente aquí se ha manipulado la evidencia. No sé si esto ocurrió o no. Pero si alguien lo hizo, fue una pésima idea. El material obtenido por BTR debió ser eliminado, por provenir de un delito, luego de confirmar que fue obtenido por métodos ilegales. Y debió ser eliminado por conductos regulares. Sin dar espacio a sospechas. 

Pero en todo caso, tiene sentido asumir que las intervenciones ilegales destinadas a eliminar audios incómodos no pueden invalidar el uso de las pruebas contra los culpables de hacer las interceptaciones. Menos prueba de un crimen no elimina el crimen. El responsable por interceptar comunicaciones no puede pretender que la eliminación, por cierto ilegal e innecesaria, de parte de los audios que obtuvo lo favorezca. No tiene sentido.

¿Faltan los financistas? Por cierto. ¿Llegarán a ser identificados? Aún no lo sabemos. ¿Ganará algo el Caso Quimper de este resultado? Bueno, la condena indica que el material del Caso Quimper provino de una interceptación. Entonces, ¿valen o no valen esos audios como evidencia ante un tribunal? He ahí el siguiente dilema por resolver. La Constitución establece más allá de toda duda que el producto que se obtiene por la violación del secreto de comunicaciones es inútil legalmente. Parece, entonces, quedar claro que los audios de BTR deben ser considerados inútiles incluso contra Quimper y León Alegría, sean cuales sean nuestras preferencias subjetivas sobre el modo en que debería acabar esa historia.