domingo, 3 de septiembre de 2023

Polay y la Corte IDH




Esta semana la presidenta Boluarte nos ha presentado una versión del caso Polay incompleta y poblada de imprecisiones. En la versión asumida por la presidenta el caso parecería ser nuevo y estar en un juicio. El Estado estaría expuesto a pagar una indemnización a un jefe terrorista y debería organizarse apresuradamente para enfrentar la amenaza. Nada de esto es cierto.El caso tiene más de 15 años. La Comisión IDH decidió involucrarse en este asunto en MAR22, hace ya un año y medio. No es un juicio y no expone al Estado a pagar reparación alguna si las cosas se hacen con cuidado. Ni siquiera es un caso de gran alcance.

Se trata de la Comisión IDH, no de la Corte. Los nombres suelen confundirse, pero no son lo mismo. La Comisión y la Corte son tan distintas como lo son una fiscalía y un tribunal, salvando las distancias.

La Comisión presenta demandas y pide cosas que la Corte puede conceder o no. Hace aproximadamente 10 años la Comisión pidió a la Corte que anulara todos los juicios sobre terrorismo que se habían seguido en el Perú ante tribunales ordinarios. No se refería a los tribunales militares o “sin rostro”; se refería a los ordinarios. La Comisión sostenía entonces que el Estado no debía llevar a juicio por segunda vez a quienes habían sido juzgados usando las reglas de los años 90. El Estado se defendió en tres casos propuestos casi simultáneamente, De la Cruz, Berenson y García y Rojas. La Corte IDH declaró en tres sentencias dictadas en NOV04 y NOV05 que los juicios por terrorismo seguidos en el Perú ante tribunales ordinarios cumplen los estándares de la Convención Americana sin más observaciones.

La Comisión perdió, el Estado ganó. Y eso limita el alcance del caso Polay, porque su condena, impuesta en MAR06 y elevada en MAR08, fue leída por un tribunal ordinario y revisada por una Corte Suprema independiente e imparcial.

Hay más. La Comisión no puede investigar en este caso hechos anteriores a ENE98. No puede hacerlo porque en ENE98 el Comité de DD. HH. de la ONU desestimó una denuncia presentada a favor de Polay sobre el origen de su caso. Polay fue detenido en JUN92. Desestimado su caso original hay seis años decisivos que han quedado fuera del alcance de la Comisión.

El caso que queda es entonces un asunto de baja intensidad. Toca al Estado defender su derecho a usar la Base Naval del Callao como lugar de condena hasta el presente. Le toca defender el modo en que se ha atendido o dejado de atender los reclamos que Polay haya presentado por cuestiones relacionadas a las condiciones en que está recluido desde ENE98. Hasta aquí las competencias de la Comisión, hasta aquí los riesgos que representa este caso.

Ninguno de estos estos temas, por cierto, lo va a sacar de prisión.

Lo va a sacar de prisión el tiempo. Polay fue condenado en MAR06 a 32 años de cárcel. El plazo fue elevado a 35 en MAR08 por la Suprema. La Fiscalía pidió prisión perpetua, pero no la obtuvo. Los cálculos no son simples, porque debe descontarse el tiempo que estuvo en Castro Castro antes de fugar en JUL90. Las estimaciones más serias estiman que la condena vencerá el 2026.

No es una fecha lejana.

El tiempo es el verdadero problema que no estamos enfrentando.

Víctor Polay saldrá de prisión en un momento que ya no es lejano. No es una buena noticia.Y no nos estamos preparando para afrontarla. Verlo en libertad no será sencillo para nadie. Pero no parecemos estar interesados en buscar alguna manera de manejar esas emociones. Parecemos atrapados en una dirección distinta; una poblada de confusiones y manipulaciones vacías de contenido.

Nada menos aceptable que mentir cuando lo que tenemos delante es una historia que puede removernos de tantas maneras.