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lunes, 13 de diciembre de 2010

De nuevo , un error

Por: César Azabache 

Es un momento institucional en el que los desaciertos son por demás impertinentes. Defendimos al Tribunal Constitucional durante la crisis del Caso Chacón, entendiendo que más allá de cualquier preferencia personal resultaba inaceptable que una persona sea sometida a juicio durante cinco años sin sentencia. Después del Caso Chacón ha habido desaciertos, como entrometerse en cuestiones arancelarias o invadir la esfera reservada de los tribunales arbitrales. Malas señales, sin duda. Pero rebasa todo llamado a la tolerancia que el Tribunal Constitucional pretenda imponer condenas a los medios de comunicación, así sean morales, por recoger, difundir y comentar denuncias de interés público, incluso aunque estas condenas se pretendan imponer solo en los casos en que la fuente parezca haber obtenido su información interceptando teléfonos o correos electrónicos.


Hagamos precisiones. Me cuento entre quienes han insistido en que los medios no deberían dejarse usar como cajas de resonancia de campañas montadas de una u otra manera por carteles de interceptación de comunicaciones privadas. He sostenido más de una vez que al hacerlo, los medios terminan prestándose a un márketing perverso, que consiste en demostrarnos a todos que la interceptación de comunicaciones es un arma muy útil para atacar adversarios en disputas políticas, legales o empresariales. Sospecho que la demanda de servicios de interceptación debe haber aumentado después de cada una de las crisis recientes que ha estado basada en la circulación de audios de conversaciones o correos privados.


Por eso creo que como comunidad no deberíamos prestarle a este tipo de material la atención que le damos y menos exigir que nuestros tribunales usen estos productos como si se trataran de pruebas decisivas para resolver casos legales. Sin embargo, mi opinión sobre la prudencia que deberían tener (y a veces no tienen) los medios al tratar casos asociados a interceptaciones no me permitiría pretender, como pretende el TC, que la difusión de este material esté o deba estar legalmente prohibida. Bajo ningún concepto debemos convertir objeciones basadas en la prudencia esperada de los medios en reglas sobre censura. La Constitución es muy clara. El producto de las violaciones a la correspondencia no puede ser usado en juicio como prueba. Pero de ahí no se deduce, nos guste o no, que los medios estén prohibidos de usar ese material y comentarlo en público.


Los medios están constitucionalmente autorizados a informar y formar opinión sobre hechos de interés, incluso empleando material obtenido ilegalmente. Los jueces y los fiscales no. Por eso, a la par que aceptamos, aunque no nos guste, que los medios puedan comentar y difundir incluso audios o correos originados en interceptaciones, debemos también aceptar que los tribunales se nieguen a tomar decisiones basándose en ese tipo de productos. La comunidad debe entender que en una república basada en derechos existe más de un estándar de moralidad aplicable a distintos segmentos de actividad social. A la prensa, organizada en función de libertades públicas, le son exigibles límites de acción distintos a los que se aplican a los tribunales, que actúan en salvaguarda de la ley y sus prohibiciones. La exigibilidad de un comportamiento moralmente correcto no opera igual si analizamos las cosas desde el punto de vista de la prensa o desde el punto de vista de los tribunales. Y debemos aprender a vivir en medio de esa dualidad.


Es esperable que a la larga la imposibilidad de hacer uso legal de las seudoevidencias obtenidas mediante interceptaciones arrincone a los carteles de la interceptación. En algún momento todos tendremos que prestar menos interés a este tipo de productos, entendiendo que serán inútiles a la larga. Pero el proceso para comportarnos de esta manera será largo. Supone mucho de autorregulación y mucho de madurez en la reacción de la colectividad hacia estas seudonoticias. En ningún caso el uso de prohibiciones verticales, como la que está ensayando el TC en este caso.


La decisión del TC en el Caso Quimper es, entonces, impertinente desde mi punto de vista. Felizmente, la sentencia es lo suficientemente general como para que el propio TC pueda desvincularse pronto de sus efectos. No es agradable para nadie aceptar un error. Pero en casos de este tipo, hacerlo puede ser decisivo.

viernes, 22 de enero de 2010

Los audios del caso Quimper


Los audios del caso Químper
César Azabache Caracciolo

Creo que el principal error en la organización del caso Químper está en el modo en que depende de los audios que aparentemente grabó y difundió BTR. La prisión de los principales promotores de esa empresa parece probar que la difusión de los audios no tuvo, en su origen, una intensión institucional, sino estrictamente privada. Es evidente que alguien, no sabemos quién, encargó interceptar las comunicaciones de Químper y de León Alegría para sacarlos del mercado de lobistas o para golpear a través de ellos a algún tercer objetivo que pudiera sentirse amenazado por el ataque. Parece probable que BTR al mismo hubiera querido incentivar la demanda de sus propios servicios, demostrando que el espionaje empresarial puede ser letal. El origen de los audios, entonces, ofrece fuertes razones morales para que resulte repudiable emplearlos ante un tribunal, cuando lo que corresponde a los tribunales es confirmar la vigencia de la legalidad institucional, no improvisar saltos pragmáticos para acabar a prisa con un caso. Nunca he estado de acuerdo, en consecuencia, con el uso de los audios en este procedimiento. Y no creo, ni siquiera, que sea necesario entrar en las profundas estructuras de las teorías legales sobre las pruebas, sobre las que he escrito y expuesto una buena cantidad de veces en medios universitarios, para justificar la necesidad de desvincular el caso de ese material que encuentro francamente espurio e inaceptable. 
Sin embargo también es innegable que los audios, ya revelados y accesibles para todos, insinúan que las relaciones entre Químper y León Alegría rebasaron los borrosos límites de la gestión lícita de intereses privados. Las transcripciones publicadas de los audios muestran a Químper actuando como si fuera el asesor de cabecera de León Alegría. Para entonces Químper era miembro del directorio de Petropéru y León Alegría asesor de Discovery Petroleum. Ambas empresas estaban asociadas para un concurso que debía definir Perupetro. ¿Era ilegal que se comunicaran en privado, representando a dos socios? No. Pero sí era ilegal que Químper, asesor de la petrolera estatal, se encargara de proteger los intereses de un socio coyuntural y le cobrara por eso. El centro del caso, entonces, en lo que a su versión legal se refiere, requiere confirmar si Discovery Petroleum, o alguien por Discovery, decidió incluir dentro de su equipo de trabajo a un ejecutivo del Estado que debió mantenerse del lado del estatal, no del lado del particular. Incluir en un equipo de gestión de intereses privados a un funcionario público está claramente prohibido por la ley. De probarse que esto ocurrió, debe ser castigado. 
Si hay algo que distorsiona nuestras expectativas sobre el caso Químper es esa ciega insistencia en creer que la investigación depende de las grabaciones clandestinas de sus conversaciones con León Alegría. Esto es un error. El caso tiene dos posibilidades: 1) O el debate entre los peritos arroja razones para pensar que hubo un fraude en el concurso sobre los lotes, o 2) El debate entre los peritos arroja un resultado contrario y entonces el caso que queda sólo trata sobre las relaciones entre Químper y León Alegría. En ninguno de estos escenarios el caso depende, actualmente, de esos audios. Los audios marcaron sin duda el origen de la noticia y el origen de la sospecha. Marcaron además un quiebre institucional desproporcionado en el momento de su difusión (recordemos que un gabinete entero cayó con ocasión a su divulgación). Pero no son, ahora, la prueba concluyente que pondrá fin a este juicio.
Para confirmar cargos por hechos como éstos basta con revisar los ingresos de Químper, los movimientos de dinero de Discovery Petroleum y su representante, y la correspondencia escrita entre las partes. Todas estas evidencias deberían estar disponibles para la fiscalía y para el Juzgado con solo hacer una serie de requerimientos que a estas alturas ya son usuales. Y ninguno de estos requerimientos supone insistir en que se escuchen (otra vez) los audios. Salvo, claro, para alguien piense que el procedimiento judicial sólo sirve para reconfirmar los antecedentes de un caso y dejarlos congelados en su origen, en lugar de construir verdaderas pruebas sobre el hecho descubierto. 
Sin embargo no hemos podido renunciar al mito representado por esas grabaciones. Nos las hemos impuesto como si fueran un elemento decisivo de la historia. A nuestros ojos, la validez del caso pareciera depender de su subsistencia en el proceso. De alguna manera ellas nos permiten sentir que tenemos entre manos un caso emblemático; un caso descubierto a partir de una evidencia concluyente, semejante a aquellas que se usaron durante la transición. La referencia a los “petroaudios” de alguna manera evoca o intenta evocar la función que desempeñaron los “vladivideos” en la transición. Los dos neologismos son innecesarios desde el punto de vista formal. Pero su semejanza e incluso su fealdad expresan con bastante precisión el deslumbramiento que hemos adquirido por el hallazgo de registros visuales y auditivos, que pasan de inmediato a ser más importantes incluso que el problema al que corresponden. La insistencia en audios y videos nos llevan a olvidar que hay otras maneras, muchas veces más consistentes, de construir un caso legal y de organizar las discusiones sobre lo justo. Pero aún más, nos obliga a “amarrar”, y esto es un error, el destino de casos que pueden ser importantes a los inciertos accidentes que puede producir este tipo de evidencias, que por cierto no tienen mayor ventaja sobre otras tantas, especialmente las testimoniales.
La cuestión del caso, entonces, no radica en establecer el valor de audios que a estas alturas resultan prescindibles. Radica en establecer qué obtendrá el procedimiento judicial a partir del hallazgo original de esas grabaciones, tal que pueda decidirse si el caso merecerá un juicio o no. Si no miramos más allá de los audios, acabaremos renunciando, inconscientemente, a la posibilidad de establecer si estamos o no ante un caso en sentido fuerte, un caso que nos diga algo sobre la brecha que se abrió para violar la ley en esta historia. Y es esa renuncia, la que ahora no debemos aceptar.

viernes, 14 de noviembre de 2008

El hombre más buscado llegó como si nada en un taxi al juzgado

El Comercio Perú 
Tema del día

14 de Noviembre 2008

Ex ministro aprista se entregó luego de 38 días de clandestinidad. Durmió en la carceleta judicial y hoy será llevado a un penal de Lima


Por Luis García Panta / Mario Mejía Huaraca / Alberto Villar Campos / Gerardo Caballero

Después de 38 días de haber esquivado la justicia, y luego de un infructuoso plan de la Policía Nacional para capturarlo (incluida una recompensa pecuniaria), el ex ministro aprista Rómulo León Alegría se puso ayer a derecho ante el Tercer Juzgado Especial de Lima que despacha Jorge Barreto Herrera, en la sede de los juzgados anticorrupción, en Lince. León lucía más delgado, tenía barba y llevaba lentes oscuros.

Su sorpresiva aparición se produjo a eso de las 2:15 de la tarde y desconcertó a los pocos periodistas que aguardaban su llegada a esa sede judicial, anunciada dos días antes a algunos medios por uno de sus abogados.

El cuestionado ex funcionario, acusado de favorecer a una empresa extranjera en la adjudicación de cinco lotes petroleros, llegó en un taxi acompañado por Eduardo Roy Gates, hijo del abogado penalista Luis Roy Freire y segundo miembro de su defensa. En ese mismo momento, Roy Freire declaraba a la prensa en las escaleras del recinto jurídico, ubicado en la cuadra 26 de la avenida Arenales.

Sin dar declaraciones, León Alegría ingresó junto con sus abogados, custodiado por personal de seguridad del edificio, que evitó en todo momento el ingreso de la prensa.

Una hora y media después, en medio de estrictas medidas de seguridad, el ex ministro aprista fue llevado a la carceleta del Palacio de Justicia, donde pernoctó, debido a que el Consejo Técnico Penitenciario de esa entidad, encargado de decidir a qué penal debía ser trasladado, había concluido ya su jornada laboral. Hoy León Alegría podría ser trasladado al penal de procesados primarios de Lima (antes San Jorge) o al penal Miguel Castro Castro.

Horas antes de su aparición, Roy Freire había señalado que la entrega de León Alegría no podía darse, pues no existían las garantías suficientes para su patrocinado.

Por la mañana, el abogado llegó a los juzgados anticorrupción con el fin de averiguar el resultado de la apelación solicitada para cambiar el mandato de detención del ex ministro aprista por el de comparecencia.

EN NOMBRE DE LOS HIJOS

"Me entrego por mis hijos, en especial por haber afectado la carrera política de mi hija Luciana. Pensé en hacerlo desde hace días, pero el abogado dilató mi entrega. Nunca salí de Lima, todo este tiempo estuve en un escondite en San Juan de Lurigancho", dijo Rómulo León Alegría a uno de los agentes de la Policía Judicial que lo trasladó. El oficial narró que León se mostró muy arrepentido y afectado por todo lo que se dijo en su contra, en especial, porque se vinculó a sus hijos en los presuntos actos de corrupción por los que se le juzgará.

Rómulo León Romero acudió a la sede judicial de Lince y respaldó la decisión de su padre de entregarse a la justicia. Asimismo, dijo haber ignorado en todo momento el paradero de su progenitor y manifestó su confianza en que la justicia demostrará su inocencia. Finalmente, señaló estar preocupado por el estado de salud de León Alegría.


EL HOMBRE MÁS BUSCADO

Rómulo León era el hombre más buscado del país. Tras él estuvieron más de cien agentes de la Policía Judicial, de Anticorrupción, de la División de Investigación de Secuestros y de la Dirección de Inteligencia de la PNP.

Desde que el 6 de octubre el juez Barreto dictó orden de detención en su contra, los agentes buscaron al ex funcionario estatal en 20 domicilios de la capital. Varios grupos de policías se movilizaron también a Chiclayo, Trujillo, Cajamarca, Huacho y, en los últimos días, a Huancayo.
En todas esas ciudades, la Policía Nacional tenía pistas de su paradero. Hace unas semanas, el Ministerio del Interior ofreció una recompensa de S/.100 mil a quien diera pistas o información sobre el lugar donde se encontraba el ahora procesado.

CRONOLOGÍA

4Un Gabinete entero cayó
[5 de octubre]
Fernando Rospigliosi presenta cuatro audios en los que Alberto Quimper y Rómulo León Alegría negocian la adjudicación de cinco lotes petroleros a Discover Petroleum.

[7 de octubre]
El ex director de Perú-Petro Alberto Quimper Herrera es detenido por orden del Juzgado Anticorrupción.

[8 de octubre]Sesión del Gabinete Ministerial en pleno, en el cual sus integrantes ponen sus cargos a disposición del presidente.

[10 de octubre]El presidente Alan García acepta la renuncia del Gabinete Ministerial en pleno. El reemplazante de Jorge del Castillo sería Yehude Simon. La Procuraduría del Ministerio de Energía y Minas solicita a la Fiscalía Anticorrupción la detención o arresto domiciliario del abogado Ernesto Arias Schreiber.
[17 de octubre]Rómulo León envía un video a diferentes canales de televisión con sus descargos.

[23 de octubre]El Congreso crea una comisión para que investigue sobre interceptaciones telefónicas.

[7 de noviembre]Palacio de Gobierno difunde una carta enviada por Rómulo León a Alan García en su desesperación por acercarse al mandatario.
EL PERFIL
Los antecedentes del ex ministroNació el 7 de octubre de 1946, en Trujillo. Estudió Sociología. Durante el primer gobierno de Alan García fue diputado por Lima y ministro de Pesquería.
En junio de 1988, el entonces diputado Fernando Olivera lo acusó de cobrar coimas, lo cual desencadenó una trifulca. El 15 de abril de 1991 fue acusado constitucionalmente por irregularidades en la construcción del muelle pesquero de Chimbote.
El 20 de octubre de 1994 fue denunciado penalmente por enriquecimiento ilícito en agravio del Estado.

RÓMULO LEÓN ALEGRÍA. EX MINISTRO APRISTA DEL CONSULTOR

Simplemente, un prófugo*

El Caso León Alegría, con las distancias que hay que salvar, ha repetido en nuestro imaginario colectivo varias de las estampas que dejó Montesinos.
Si al video de Kouri siguieron cientos de videos, no todos relevantes, al audio de León siguieron otros, no todos útiles. Si fugó Montesinos, fugó también León. Si la fuga de Montesinos llevó la atención de todos hacia su pareja sentimental, la fuga de León dejó expuestos a los hijos. Si tanto se repiten las cosas, esperemos que ahora no terminemos revistiendo al prófugo con esa aura mítica de pitoniso atesorador de verdades ocultas que tan ingenuamente concedimos a Montesinos, al que por un tiempo dejamos jugar a ser el factor que separaba (o pretendía separar) la verdad de la mentira en lo que a corrupción se refería. La fuga crea tres efectos perversos: el prófugo incrementa su imagen de poder, porque muestra que nadie es capaz de encontrarlo. Crea una estela de víctimas que confunden al espectador, porque las arbitrariedades o excesos que se imponen a su familia y a su entorno dañan la imagen de seriedad del caso en su contra. Lo que es más grave, crea expectativas desproporcionadas sobre lo que vaya a decir, y esas expectativas pueden hacernos olvidar cuál es su papel en la historia: el de un prófugo. Nada más.
* César Azabache Caracciolo. Ex procurador anticorrupción