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domingo, 23 de julio de 2023

El magistrado Salas Arenas

 



La agenda de temas legales tiene distractores y tiene asuntos en cuya atención debemos enfocarnos. Entre los distractores está ese pésimo proyecto de ley presentado esta vez por AP para acumular dos asuntos que están destinados al irremediable naufragio: nuestro retiro del sistema interamericano de DDHH y la restauración de la pena de muerte. Ni el fujimorismo en su mejor momento pudo hacer realidad estas ideaciones. No veo que las cosas sean distintas ahora, aunque en el absurdo este Congreso siempre parece capaz de sorprendernos.

Los asuntos que no deben descuidarse están al otro lado de la agenda. Quiero referirme ahora al caso del magistrado Salas Arenas. El presidente de nuestro Jurado Nacional de Elecciones ha tenido que pedir protección al sistema interamericano de DDHH; el mismo del que nos quiere apartar AP. La pidió originalmente después de las elecciones del 21, cuando la necia insistencia en el falso caso del fraude en mesa lo eligió como principal víctima propiciatoria de su fracaso. La ha vuelto a pedir ahora, porque el resto de autoridades del Estado parece decidido a ignorar que hay más de un grupo de acosadores permanentes atacándolo y amenazándolo sin pausa.

Evidencia que avergüenza: un alto magistrado de la república tiene que pedir protección en el exterior porque en el país lo mantenemos expuesto a las amenazas que padece. Me cuesta imaginar una mejor manera de probar cuánto necesitamos la jurisdicción de la Corte IDH. Las autoridades que hicieron un esfuerzo de indiscutible precisión para organizar el caso Castillo; las autoridades del país que vencieron al terrorismo, ellas mismas, parecen no tener interés alguno en proteger al principal magistrado de nuestro sistema electoral. No parecen tampoco estar interesadas en neutralizar las campañas públicas de acoso que la autodenominada ‘La Resistencia’ o sus satélites han desplegado con el evidente propósito de hostigarlo hasta el hartazgo.

En el país que mantiene en cuestión que la protesta sea un derecho, el acoso político se tolera con abrumadora indiferencia.

Me pregunto quién se hará responsable de lo que ocurra cuando los niveles de violencia que ya muestran los despliegues ‘La Resistencia’ y afines se descarrilen del todo. La cuestión es simple: toda organización genera disputas internas por el control y el liderazgo del colectivo que integra. En una organización violenta, la disputa se convierte fácilmente en una competencia por exhibir distintos niveles de agresividad. Las armas, las golpizas y el asesinato terminan usándose en estos contextos para posicionar a quienes son capaces de mostrar mayores niveles de crueldad.

Quienes les financian y quienes alimentan su rabia están jugando con fuego. Están ignorando hasta qué punto la adicción a la violencia termina inevitablemente escapándose de cualquier control.

El magistrado Salas Arenas es una persona de carne y hueso. Tiene una familia y tiene una historia de vida que merece contar. Protegerle equivale a proteger a una persona y a proteger una institución. El JNE es la entidad que gestiona la justicia en el sistema en que votamos. Es el tribunal del sistema político y del de elecciones. Nos guste o no la forma en que decide; tengamos la discrepancia que tengamos con el resultado de algún caso en particular, necesitamos su independencia.

El sistema político se nos ha salido de control. Abandonar al tribunal que lo regula a su suerte es la peor manera imaginable de abandonar todo intento por tener un sistema de elecciones y representación política mínimamente confiable.

Me vienen a la mente los nombres de muchas personas acosadas por ‘La Resistencia’ o afines. También por ellos y por ellas este acoso debe terminar ya.

domingo, 25 de junio de 2023

El caso Ávalos




La fiscal Ávalos ha sido acusada por suspender las primeras investigaciones del caso Castillo. La suspensión fue dispuesta en ENE22. Para entonces, la doctrina establecida por las Fiscalías para estos asuntos asumía que, si la Constitución prohíbe acusar a los presidentes en ejercicio, entonces investigarlos no tenía sentido. Seis decisiones de tres fiscales diferentes adoptadas desde la transición del 2000 lo demuestran. Nadie en la academia, entre los autores usualmente citados, objetó esa doctrina. El cambio de reglas solo ocurrió en MAY22, cuando el fiscal Sánchez construyó una doctrina alterna que, reemplazando a la anterior, ha habilitado las investigaciones preliminares contra presidentes en ejercicio. Esta nueva doctrina fue aprobada por la Corte Suprema solo en NOV22.

Entonces, la fiscal Ávalos ha sido acusada por no haber seguido una doctrina que no existía al momento de los hechos. Esto se llama sesgo retrospectivo: es inaceptable juzgar hechos del pasado usando criterios del presente.

Ávalos ha anunciado que acudirá a la CIDH en busca de protección. No hay nada que le impida hacerlo, porque las decisiones del TC que protegen al Congreso contra el Judicial han hecho imposible exigir a las víctimas de casos de este tipo agotar cualquier vía interna. En sede internacional, la derrota del Estado es más que segura porque lo que ha hecho el Congreso no tiene defensa posible. La señora Ávalos tiene además dos precedentes que respaldarían su pedido: la sentencia de la Corte IDH de ENE01 en el caso Tribunal Constitucional y la resolución de la misma Corte de FEB18 en el caso Durand y Ugarte. Los poderes públicos no pueden sancionar a quienes ejercen una magistratura porque no les gusta lo que deciden. Menos aún usando doctrinas legales que no existían cuando tomaron las decisiones que tomaron.Me cuesta entender que 71 personas adultas hayan escuchado a Francisco Eguiguren decir esto ante el Pleno y, sin embargo, hayan votado respaldando una acusación que ha sido escrita sin ningún fundamento que la respalde.

La jurisdicción internacional está abierta para cualquier caso de este tipo. Pero existe una vía que podría devolver las cosas a su lugar sin exponer al Estado a una nueva derrota ante la Corte IDH. La Constitución de 1993 ordena que la Fiscalía y el Judicial abran proceso automáticamente cuando el Congreso acusa. Pero no ordena que los casos que deben abrirse deban llegar a juicio. Imposible además hacerlo con cargos defectuosos como los que ahora comentamos. No debería sorprendernos entonces que el Judicial abra el proceso porque está obligado a hacerlo y lo anule al día siguiente o una semana después por falta de ley aplicable. Tampoco que el Pleno de la Corte Suprema, antes de comenzar este proceso, anuncie que romperá su vinculación con las decisiones que el Congreso tome en esta materia en respeto a su independencia, un valor de rango más alto que la subordinación que le ha impuesto la Constitución del 93 en estos asuntos. Cualquiera de estas dos rutas que están en las manos del Judicial permitiría resolver el impase que genera tener sobre la mesa un caso tan mal armado como el que el Congreso ha aprobado contra la señora Ávalos.

En NOV22, el TC desestimó el caso por traición que el Congreso intentaba organizar sobre ninguna base contra Castillo. El caso por traición, de hecho, fue preparado con una mecánica semejante a la que inspiró el caso sobre el llamado “fraude en mesa”, que también estaba destinado al fracaso desde que fue concebido. El caso contra Ávalos es el tercero en lista. Otra construcción sin fundamentos. La misma forma de convertir en texto un capricho.
Por eso debe ser desestimado.

lunes, 25 de junio de 2018

Inexplicable pasividad


SOBRE LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE IDH RESPECTO AL INDULTO A ALBERTO FUJIMORI

Inexplicable pasividad


El indulto humanitario concedido a Alberto Fujimori en diciembre del 2017 ha sido, en los hechos, desautorizado por la Corte Interamericana de DD.HH. Los debates sobre el cumplimiento de la condena a Fujimori por los casos Barrios Altos y Cantuta no son actuales. Comenzaron en el último tramo del gobierno de Ollanta Humala y no salieron bien. Debieron convertirse en punto de partida para hacernos cargo de una vez por todas de ese aprendizaje inconcluso, absolutamente inacabado que estamos arrastrando sobre las formas mínimas que deberíamos emplear para discutir uno de los capítulos más duros de nuestro pasado reciente: los años 90. No lo hemos logrado. Deberíamos estar explorando nuevas opciones de aproximación al otro que nos permitan sostener nuestras diferencias en un ambiente impregnado de respeto. Deberíamos haber empleado ese debate para desarrollar una nueva moralidad ciudadana, una moralidad basada en la palabra y en el reconocimiento mutuo. Pero en lugar de hacerlo, Pedro Pablo Kuczynski prefirió convertir el asunto en moneda de cambio en el marco de la primera vacancia.

Fujimori aceptó la salida fácil. Y ahora comenzamos a registrar señales que muestran en el ambiente cierta disposición a dejar que las cosas simplemente pasen, hasta quedar desapercibidas. La corte ha declarado que el indulto no tendría por qué haber sido empleado para resolver problemas de salud de una persona condenada por los tribunales. Para eso existen otras alternativas, ha dicho. También ha dicho que tiene dudas sobre el procedimiento que siguió el Ejecutivo para conceder el indulto. Ha dicho que una medida como esta no debería siquiera considerarse sin que antes el beneficiario haya reconocido su propia responsabilidad en los hechos. Ha dicho que antes de una discusión como esta debería haberse reparado a las víctimas. La corte ha concluido que el indulto concedido a Fujimori debe ser revisado judicialmente.

Pero la opción a favor de la revisión judicial del indulto se abrió en realidad en la audiencia de febrero de este año, realizada ante la propia corte. Antes de esa fecha, la única opción visible parecía ser que el Ejecutivo mismo revalúe el indulto. En la audiencia de febrero, los abogados del Estado sostuvieron que en el Perú los tribunales de justicia podían revisar la medida. Citaron como ejemplo los casos de Jalilie y Crousillat. En la decisión que acaba de ser publicada, la corte les ha tomado la palabra. La corte ha dispuesto que se instaure ese procedimiento judicial al que se refirieron los abogados del Estado en la audiencia, y que no se emplee en contra de la instalación de ese procedimiento ninguna coartada basada en el tiempo que ha transcurrido desde que el caso fue sometido ante ella.

El Estado ha empeñado su palabra. Ahora el Estado, no solo el Ejecutivo, está obligado a proceder conforme a la oferta hecha por sus abogados.

Pero la cuestión no es simple ni automática. En el Perú, los tribunales ordinarios no han reconocido aún a las víctimas el derecho a intervenir en los procedimientos judiciales que aplicaron un indulto. Si no pasa algo antes, es muy probable que los jueces penales que conocieron el caso declaren que la cuestión está cerrada. Que las víctimas solo tienen derecho a reclamar ante ellos la reparación pendiente. En el Caso Pativilca, la Sala Penal denegó la aplicación de la gracia presidencial otorgada a Fujimori a pedido de las víctimas. Pero el caso estaba abierto. Eso lo hizo distinto. En los casos Jalilie y Crousillat, citados por los abogados del Estado como ejemplo, el Tribunal Constitucional procedió a pedido de quienes habían recibido la gracia y el indulto. Ellos protestaron contra decisiones judiciales o del propio Ejecutivo que los revocaban o desestimaban. Ninguno de estos casos se refiere a los derechos de las víctimas. Entonces, no tenemos antecedentes internos que confirmen que el procedimiento que los abogados del Estado ofrecieron a la corte sea viable en realidad. De aquí a octubre, que es el plazo establecido por la decisión de la corte para presentar avances, podríamos terminar enfrentando el enorme ridículo de tener que reportar decisiones judiciales que nieguen la existencia del procedimiento que como Estado hemos ofrecido. Si el Ejecutivo no hace algo pronto, podemos exhibirnos como autores de una burla ante una corte que, nos guste o no, es decisiva para la comunidad internacional. Y eso no es un asunto de poca importancia.

Entonces, el Ejecutivo debería estar embarcado en una febril rueda de consultas que asegure que el procedimiento de revisión judicial del indulto que sus abogados han ofrecido podrá instalarse sin interferencias. Y nosotros, como comunidad, deberíamos organizar la forma de dotar al proceso de sentido. No lo estamos haciendo. Temo que estamos simplemente esperando que algo suceda. O que no suceda nada en absoluto, que es peor.

Inexplicable pasividad, desde cualquier punto de vista.

Publicado en El Comercio, el lunes 25 de junio.