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jueves, 11 de septiembre de 2008

Un balance final



Un balance final
César Azabache Caracciolo

Si algo hemos perdido en el juicio contra Fujimori en este tiempo, ha sido la oportunidad de fijar en nuestra memoria colectiva una versión lo más clara y sencilla posible sobre lo que ocurrió en el país en los años 90. Es de lamentar (aunque resulta inevitable en un juicio de estas características), que en lugar de aproximarse a una versión más o menos ponderada sobre lo ocurrido, la defensa y las partes acusadoras se hayan entrampado en la insistencia por confirmar teorías extremas, y por ello irreconciliables, sobre el periodo de los noventa. La Fiscalía y las víctimas han sostenido una versión sobre la culpabilidad total de Fujimori que supone la demostración de órdenes directas y expresas que posiblemente nunca haya sido necesario emitir. Al frente, la defensa pretende una exoneración de responsabilidad penal tan absoluta que resulta institucionalmente insostenible. Nadie en el juicio ha intentado pararse en medio de ambas versiones. Y esto es lamentable porque las versiones extremas, por lo general, corresponden a apetencias, aversiones, principios o preferencias subjetivas, pero no a un juicio reflexivo sobre los hechos y las responsabilidades que corresponden a su organización.

            Como simple observador me parece difícil aceptar la imagen de un Fujimori premeditando y organizando en persona las matanzas de Barrios Altos y la Cantuta. Salvo que medie un grave desorden de conducta, no encuentro manera de convertir a un profesor de matemáticas recién llegado a la política en un asesino en serie, menos a casi un año de haber reclutado para su entorno a personalidades como Gloria Helfer y Hernando de Soto. En lo personal, ni siquiera creo que Fujimori supiera mucho de la violencia que atravesaba el país en ese entonces. Menos puedo creer que haya desarrollado tan a prisa la perversa habilidad que se requiere para usar la muerte como táctica política. Aunque sea sólo una hipótesis, de hecho, no estoy en posición de probar nada, me convence más la imagen de un Fujimori completamente inexperto, emboscado por alguien (¿Montesinos acaso?), que podría haberle impuesto la masacre de Barrios Altos como hecho cumplido. Si recordamos el periodo, observaremos que a principios de los noventa la corporación militar estaba dividida entre varias “alas duras” y otros varios grupos de oficiales que intentaban deshacerse de alguna manera de un pasado reciente plagado de masacres inútiles. En medio de ese giro, las investigaciones en el Congreso sobre casos como El Frontón y Cayara creaban el riesgo objetivo de que las cosas terminaran con juicios en forma. Sucesos como el golpe de Estado de abril de 1992, los cambios en la política de ascensos militares y las masacres de Barrios Altos y Canto Grande, pueden haber servido para forzar a la corporación y al propio ex presidente a “cerrar filas” a favor de la impunidad de los crímenes de los ochenta. Si esto fue así, entonces el problema no está en tratar de probar si Fujimori tenía o no “dos estrategias antisubversivas”.  Lo que hay que probar es que los crímenes en efecto se cometieron,Un balance final y que Fujimori, siendo el Presidente de la República, no hizo nada desde Barrios Altos para evitar que Canto Grande y La Cantuta ocurrieran. Si se trataba de resolver un problema político forzando al sistema a tomar partido por la impunidad, entonces la omisión revela aquiescencia, y se convierte en algo tan grave como matar, sin necesidad de buscar en ningún archivo firmas probablemente inexistentes.

            No hemos discutido sobre el significado de las omisiones de reacción en este contexto. La acusación ha buscado la prueba de un hecho extremo. A pesar de su gran desempeño, no creo que haya logrado este objetivo. En reacción, la defensa se ha limitado a eludir los golpes. Fujimori no se ha sentido obligado a pedir perdón por lo que en efecto puede no haber ordenado, pero sin duda dejó hacer. Y si mis sospechas son ciertas, lo dejó hacer por la más banal de las razones: Facilitar su propio posicionamiento político en base a una alianza perversa e innecesaria que, sin embargo, cumplió su objetivo: Evitar los juicios sobre violaciones a los derechos humanos que debieron hacerse a principios de los noventa.

martes, 5 de febrero de 2008

Fujimori ante la justicia



Fujimori ante la justicia
César Azabache Caracciolo

El juicio contra Fujimori ha permitido a la Corte Suprema mostrar que el juicio penal puede ser un espacio de debate útil y legítimo para establecer una respuesta institucional equilibrada a uno de los principales problemas morales de la sociedad, que se refiere a las condiciones en que un mandatario debe ser considerado responsable por los actos de sus subordinados. Está demostrando además que la justicia no tiene por objeto castigar sin más a aquellos que parte de la sociedad considera culpables de delitos. El objeto de la justicia es hacer que las decisiones sobre una acusación sean comprensibles para todos, y esto se logra cuando se debaten razones que todos podemos conocer y comprender. La Surepma ha seguido una línea de comunicación institucional clara, ordenada y comprensible para todos. Y esto hay que saludarlo. Por lo demás el modo en que se están conduciendo las audiencias hace posible que todos tengamos una idea más clara y mejor justificada sobre lo ocurrido en nuestra historia reciente. Y eso sin duda, contribuye a establecer una manera de ponernos de acuerdo en asuntos que normalmente nos dividen irremediablemente.

Por lo que toca a las estrategias en marcha hay varias sorpresas. Fue útil para los objetivos de la Fiscalía haber puesto una especie de “zoom” sobre el detalle de cada crimen descrito en la acusación. El detalle expuesto por los testigos sobre las masacres de Barrios Altos y La Cantuta es horrendo hasta tal punto, que el repaso de cada declaración sugiere que el acusado no podrá mantener su defensa en la frágil línea de la ignorancia sobre lo ocurrido. Lo horrendo expresado en cada crimen moviliza la indignación de todos. El argumento de la ignorancia, puesto frente a la imagen de lo horrendo, puede terminar multiplicando el rechazo que convoca el acusado en muchos sectores de la población hasta hacerlo general o claramente mayoritario. Para ponerlo en una frase, el argumento de la ignorancia se muestra inaceptable frente a las imágenes que convoca cada una de las declaraciones que estamos escuchando. Y esto inclina la balanza a favor de la acusación. Sin duda, el efecto que produce esta parte del juicio no corresponde al texto original de la acusación. La acusación original presentaba a Fujimori como jefe efectivo de los paramilitares, dando órdenes concretas de matar. Esta imagen no corresponde a lo que vemos en las audiencias. En ellas aparece un Presidente que presta una tolerancia inaceptable al uso del Grupo Colina como vehículo de eliminación antisubversiva. En este asunto la indiferencia impasible es más que simple negligencia. “Dejar hacer” que es terriblemente grave cuando quien “deja hacer” se tiene la última palabra sobre el destino de las cosas y el poder suficiente para evitarlas.

Dados los testimonios registrados, podría eventualmente dudarse sobre el compromiso de Fujimori en el caso Barrios Alto (aparentemente el primero de la lista), pero en evidente que después de Barrios Altos el Presidente de la República tenía algo que hacer contra el Grupo Colina, y ese algo era más que “esperar que la Fiscalía investigara”. En todo caso, la felicitación concedida y el respaldo al ascenso de los principales miembros del Grupo (aparentemente, lo único que efectivamente hizo el acusado en este tiempo) representa bastante más que un descuido.

La fuerza moral del juicio se inclina entonces, irremediablemente en contra de un acusado que se muestra impasible frente al detalle de lo sucedido. Conducido a una suerte de callejón sin salida, Fujimori se muestra efectivamente paralizado. El respaldo político de sus partidarios no parece haber soportado la intensidad del juicio, y ha menguado. La contundencia del discurso político original que esgrimían sus voceros no parece haber encontrado adaptaciones a nuevas versiones que le permitan renovarse y mantenerse en vigencia. La buena imagen profesional de su abogado, César Nakazaki, parece ser el único refugio de legitimidad que queda al acusado. Pero el discurso legal de la defensa no se ha hecho cargo, todavía, del problema de la pasividad del ex mandatario frente a los crímenes cometidos. No se observa hasta ahora un discurso hasta ahora que responda a la dimensión de lo evidente.

En este medio, el silencio del acusado no parece ser, más, una respuesta convincente.


viernes, 18 de noviembre de 2005

Lo que debe tener el expediente Fujimori



Lo que debe tener el expediente Fujimori
César Azabache Caracciolo

Quizá el asunto más difícil de la extradición sea sustentar las acusaciones contra Fujimori por los casos de violaciones a los derechos humanos. Fujimori era el mandatario del país, y por ello, el Jefe de las Fuerzas Armadas. Sin duda eso le da un alcance especial a lo que hizo y a lo que dejó de hacer. Además los asesinatos y secuestros o desapariciones forzadas de personas son delitos, con uno u otro matiz, tanto en Perú como en Chile. Pero ¿bastan estos elementos para fundar la extradición?

Para el derecho penal, que es un universo de sutiles diferencias, una cosa es que un delito exista en la lista de delitos de cada país, y otra distinta es que las reglas sobre responsabilidad penal sean semejantes o alcancen para los mismos casos. La cuestión de los delitos se resuelve comparando cada lista. Es, entonces, relativamente sencilla. Pero la cuestión de la responsabilidad requiere una revisión más detallada de la jurisprudencia, es decir, de lo que han decidido los tribunales de cada país en los casos que ya han resuelto. El problema de la responsabilidad penal es tan complejo que, con textos y pruebas semejantes, los tribunales de dos países pueden tomar decisiones distintas, e incluso antagónicas, sólo en atención al distinto modo en que se interpretan las reglas sobre la responsabilidad. En este terreno las razones intuitivas o las preferencias personales sobre lo que debería ser justo son insuficientes para pronosticar lo que hará un tribunal en concreto, que actúa en un contexto determinado y en referencia a sus propias decisiones.

En Chile por ejemplo, Pinochet habría sido llevado a juicio por las desapariciones forzadas y asesinatos cometidos por la llamada “caravana de la muerte” de octubre de 1973 si no fuera por su deteriorado estado de salud. Si uno revisa los antecedentes, que están disponibles en varios portales electrónicos, notará que las pruebas y criterios con los que se preparó el caso son muy semejantes a los que podrían emplearse en casos como la masacre de Barrios Altos o de La Cantuta. En principio, entonces, en Chile como en Perú un ex mandatario puede ser procesado por crímenes cometidos por sus subalternos aunque no haya intervenido directa o físicamente en ellos.

Pero ¿porqué un mandatario debería ser acusado por crímenes que, físicamente, han cometido sus subordinados? ¿No se está pasando por alto una regla básica de la justicia, conforme a la cual las personas sólo deben ser condenadas por sus propios actos? Así como los videos no son, contra lo que a veces parece que pensamos o queremos, la única prueba de un fraude, la responsabilidad por delitos no depende sólo de haber estado en el lugar del hecho o de haber ordenado literalmente que cada delito en particular se cometa. Cualquier persona en otras condiciones responde por un crimen en que ha intervenido físicamente. Pero los jefes de estado, quienes controlan compañías o reparticiones públicas y en muy diferente medida, los jefes de organizaciones ilegales, responden, más allá de las diferencias entre unas y otras, en atención a la cuota de poder, dominio o control que adquieren o conceden usando la posición que ocupan ¿Porqué responden? Porque salvo que se trate de peleles o testaferros organizan y sostienen el aparato que controlan.

Responden por ejemplo quienes concentran un poder excesivo de fuego en un cuerpo al que permiten actuar con extremada libertad o en condiciones de clandestinidad y falta de control. Responden porque quien hace una cosa semejante demuestra que no le importa lo que ocurra. Por eso, si se prueba que el cuerpo irregular se organizó, si se prueba que el ex mandatario sabía de su existencia o delegó tanto poder que no le importó enterarse o no, si se prueba que despreció sin justificación denuncias serias sobre los hechos, si se prueba en resumen, los hechos básicos del caso, la pregunta a resolver será la siguiente ¿qué hizo para evitar los asesinatos?

Inocente o culpable, organizar las cosas sin atender al resultado es casi lo mismo que provocarlo. Entonces, ante un asunto de esta gravedad ¿no le parece que este caso merece un juicio?

martes, 1 de febrero de 2005

¿Dónde está fallando el sistema judicial?


¿Dónde está fallando el sistema judicial?
César Azabache Caracciolo

El funcionamiento normal del sistema supone la posibilidad permanente de resultados que no nos agradan o no corresponden con los aparentes intereses de las mayorías. En algunos casos resultados de esta clase aparecen porque las reglas de derecho imponen límites incluso a nuestras preferencias colectivas. En otros resultan del inevitable margen de error con que funciona el procedimiento judicial. Por eso siempre es aconsejable tomar con prudencia toda decisión judicial
Sin embargo hay situaciones extremas que indignan por lo que representan. Y me refiero particularmente a las noticias recientes, que indican que, por demora en el procedimiento, las detenciones en el caso “Colina” han comenzado a caducar. Cosas así en casos de esta importancia sólo puede significar es que el sistema está fallando clamorosamente en la selección de sus prioridades. Puede tolerarse cualquier discrepancia y admitirse cualquier sin sabor en materia judicial. Pero difícilmente puede aceptarse que no se haya previsto lo que ocurría en casos tan graves como La Cantuta o Barrios Altos.
Y observémoslo con cuidado. El defecto no está en la decisión judicial que declara que las detenciones han caducado. Vencidos los plazos Jueces y Tribunales no pueden ni deben hacer nada distinto a levantar las detenciones, se trate de quien se trate. El defecto está en que nadie en el sistema asuma claramente la tarea de planificar las prioridades que corresponden en la persecución de delitos. Y como he dicho muchas veces, la selección de prioridades y la planificación no pueden ser tareas de jueces y tribunales, que deben ser absolutamente imparciales en estos asuntos.
También hay que decir que hay un error general en el desempeño de nuestros procedimientos judiciales. Y ese error nos está dañando mucho. Expliquemos: Podemos describir el procedimiento penal como la sucesión de tres etapas: Las investigaciones preliminares, que como su nombre indica, son sólo preparatorias; el juicio, que es la etapa más importante y tiene por función debatir sobre las pruebas, y las impugnaciones, que son debates posteriores sobre sentencias ya adoptadas. Para que nos entendamos, los juicios son las sesiones públicas que vemos casi a diario por la televisión. De las investigaciones y de los periodos de impugnación sólo tenemos noticia por periódicos, porque son actividades menos relevantes desde el punto de vista de la comunicación social. Puestas así las cosas parece claro que la idea del procedimiento es llegar al juicio cuando sea necesario y útil, y cerrar los casos durante las investigaciones cuando éste no tenga sentido. Pero por un defecto de comprensión, en nuestro medio se suele pensar que durante los periodos de investigación debe juntarse toda la información imaginable sobre los hechos. Por culpa de esta equivocada idea, los periodos de las investigación se alargan hasta lo indecible buscando documentos y declaraciones que, en muchos casos, sólo tienen utilidad protocolar para el proceso. Esto tiene que cambiar de inmediato. Todos debemos terminar de entender que el procedimiento judicial funciona en la medida en que ofrezcamos a la comunidad juicios oportunos en los que se debate claramente sobre lo que es justo y sobre lo que está prohibido. Toda la actividad de los operadores legales debe organizarse en función al juicio, no en función a las investigaciones preliminares. Las investigaciones (que sin duda son imprescindibles) sólo deben durar lo estrictamente necesario para establecer si el caso requiere un juicio o no. Cuando esto quede claro deben terminar. Finalmente el momento en que se deben probar las cosas es el juicio, no la investigación preliminar.

El tiempo no debe ser una coartada para eludir lo que debemos hacer: Tomar decisiones.