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sábado, 24 de marzo de 2012

Grabaciones ilegales




Grabaciones ilegales
Por César Azabache Caracciolo

Un caso de interceptaciones telefónicas supone siempre una historia sobre la colocación en el mercado de productos cuya circulación es inadmisible. Los audios de conversaciones privadas grabadas ilegalmente no pueden ser usados ante tribunales porque sin la intermediación de una autoridad ningún registro es seguro.

Por lo que toca al caso, recordemos que la intervención a los locales de BTR puso fin a una de las mejores investigaciones dirigidas por la fiscalía en los últimos tiempos. Además, el ciclo de tira y afloja que comenzó con la intervención, luego de un extraño atentado a la Fiscal de la Nación de entonces. La historia de la dama y los ex marinos comerciando con comunicaciones parece sacada de "The Washington Post", pero es real, es local y hace referencia a cierto tipo de límites institucionales que parecemos no haber aprendido a respetar ni siquiera en tiempos posmontesinistas.

¿Daña el caso que haya habido defectos en la cadena de custodia de material probatorio? Creo que todos coincidiremos en que probablemente aquí se ha manipulado la evidencia. No sé si esto ocurrió o no. Pero si alguien lo hizo, fue una pésima idea. El material obtenido por BTR debió ser eliminado, por provenir de un delito, luego de confirmar que fue obtenido por métodos ilegales. Y debió ser eliminado por conductos regulares. Sin dar espacio a sospechas. 

Pero en todo caso, tiene sentido asumir que las intervenciones ilegales destinadas a eliminar audios incómodos no pueden invalidar el uso de las pruebas contra los culpables de hacer las interceptaciones. Menos prueba de un crimen no elimina el crimen. El responsable por interceptar comunicaciones no puede pretender que la eliminación, por cierto ilegal e innecesaria, de parte de los audios que obtuvo lo favorezca. No tiene sentido.

¿Faltan los financistas? Por cierto. ¿Llegarán a ser identificados? Aún no lo sabemos. ¿Ganará algo el Caso Quimper de este resultado? Bueno, la condena indica que el material del Caso Quimper provino de una interceptación. Entonces, ¿valen o no valen esos audios como evidencia ante un tribunal? He ahí el siguiente dilema por resolver. La Constitución establece más allá de toda duda que el producto que se obtiene por la violación del secreto de comunicaciones es inútil legalmente. Parece, entonces, quedar claro que los audios de BTR deben ser considerados inútiles incluso contra Quimper y León Alegría, sean cuales sean nuestras preferencias subjetivas sobre el modo en que debería acabar esa historia.

jueves, 15 de abril de 2010

¿Pero quién pagó por el espionaje?


¿Pero quién pagó por el espionaje?
César Azabache Caracciolo

Hemos dicho varias veces que el caso BTR ofrece una serie de dificultades que están vinculadas a la compleja historia que revela. Para comenzar, a diferencia de la imagen popular del SIN de Montesinos, en la que ese organismo aparece dedicado a espiar a opositores políticos, BTR ha espiado a personas que ahora están siendo investigadas por tráfico de influencias, y esto crea una diferencia. Es sencillo analizar un caso legal cuando la historia contiene a un agresor y una víctima claramente diferenciados. Pero algunas de las víctimas de BTR son, a su vez, los transgresores en otras historias, como en la historia del caso Químper. Y esta ambigüedad (“víctima-transgresora”) genera sin duda un cortocircuito en nuestra comprensión de las cosas. Al reconocer “villanos” en la lista de víctimas de BTR, tendemos a cambiar los roles, y a intentar aprovechar la información que se ha incautado. Pero al hacerlo, sin darnos cuenta, cambiamos el tema en discusión y terminamos tratando el espionaje como fuente de información. Esto sin duda es un error que debemos evitar.

Investigar a espías que parecen haber espiado a sospechosos por corrupción no debe confundirnos. La información que tienen los espías en su poder es producto de un crimen. En consecuencia, sólo puede ser usada contra quienes contrataron sus servicios o contra quienes los apoyaron, no contra quienes fueron espiados. Y esta es una regla que debemos mantener, nos guste o no, por nuestra propia salud institucional. La información incautada a una agencia de espías sólo debe ser usada institucionalmente para confirmar quiénes son los espías y, en la medida de lo posible, para identificar a quienes contrataron sus servicios. Nada más. Salir de esta regla, pretender aprovechar los frutos del espionaje “para algo bueno”, implica abrir el mercado de la información para que cualquiera pueda relanzar el espionaje como servicio. Y esto debemos evitarlo. Al usar la información del espionaje contra terceros nosotros mismos estamos, sin darnos cuenta, confirmado su utilidad y estimulado la demanda de este servicio ilegal ¿Acaso es eso lo que queremos?

No existe ninguna razón moral por la que debamos prestar atención al contenido del material incautado a BTR, salvo en la medida en que pueda confirmar que los investigados son, en efecto, espías, y que fueron contratados en determinadas condiciones por alguien en particular. Qué obtuvieron al espiar, es un asunto que debería mantenerse en reserva, o, en todo caso, no ser comentado. Si entre los productos del espionaje hay algo que se refiera a un delito, entonces la policía tendrá que investigar lo que corresponda, pero sin usar para nada ese material como base de caso alguno, sin citarlo ni proponerlo como evidencia, precisamente porque ese material es producto de un crimen. Y ninguna acción institucional puede emplear un crimen como fundamento, base ni apoyo.

La información incautada, entonces, no sirve para crear nuevos casos legales. Sirve solo para confirmar si los investigados son espías y, de ser el caso, para establecer quiénes eran los clientes del espionaje. Y sobre esta base podemos intentar resolver el dilema de estos días. Las evidencias publicadas indican que por lo menos uno de los soportes digitales (un USB) incautados a los investigados fue manipulado para extraer información que ahora se ha perdido. Gravísimo, sin duda; suficiente para iniciar un segundo caso al menos por negligencia grave en contra de quienes tenían a su cargo la custodia de ese material. Pero el que determinados archivos hayan sido extraídos de uno de los soportes digitales incautados no impide emplear como evidencia los demás archivos. Entiéndase bien: El caso no es sobre el contenido de los archivos, es sobre el servicio de escucha ilegal que habría prestado BTR. En consecuencia, que falten archivos no impide acusar a quien deba ser acusado como espía. Lo único que muestra es que alguien ha permitido una manipulación ilegal de las evidencias. Y ese alguien debe ser sancionado como fue sancionada la sustracción de las maletas en que Montesinos había escondido parte de sus videos en la década pasada.

En todo caso, la cuestión pendiente sigue siendo una distinta: ¿Quién pagó por los servicios de espionaje que, aparentemente, prestó BTR?

viernes, 22 de enero de 2010

Los audios del caso Quimper


Los audios del caso Químper
César Azabache Caracciolo

Creo que el principal error en la organización del caso Químper está en el modo en que depende de los audios que aparentemente grabó y difundió BTR. La prisión de los principales promotores de esa empresa parece probar que la difusión de los audios no tuvo, en su origen, una intensión institucional, sino estrictamente privada. Es evidente que alguien, no sabemos quién, encargó interceptar las comunicaciones de Químper y de León Alegría para sacarlos del mercado de lobistas o para golpear a través de ellos a algún tercer objetivo que pudiera sentirse amenazado por el ataque. Parece probable que BTR al mismo hubiera querido incentivar la demanda de sus propios servicios, demostrando que el espionaje empresarial puede ser letal. El origen de los audios, entonces, ofrece fuertes razones morales para que resulte repudiable emplearlos ante un tribunal, cuando lo que corresponde a los tribunales es confirmar la vigencia de la legalidad institucional, no improvisar saltos pragmáticos para acabar a prisa con un caso. Nunca he estado de acuerdo, en consecuencia, con el uso de los audios en este procedimiento. Y no creo, ni siquiera, que sea necesario entrar en las profundas estructuras de las teorías legales sobre las pruebas, sobre las que he escrito y expuesto una buena cantidad de veces en medios universitarios, para justificar la necesidad de desvincular el caso de ese material que encuentro francamente espurio e inaceptable. 
Sin embargo también es innegable que los audios, ya revelados y accesibles para todos, insinúan que las relaciones entre Químper y León Alegría rebasaron los borrosos límites de la gestión lícita de intereses privados. Las transcripciones publicadas de los audios muestran a Químper actuando como si fuera el asesor de cabecera de León Alegría. Para entonces Químper era miembro del directorio de Petropéru y León Alegría asesor de Discovery Petroleum. Ambas empresas estaban asociadas para un concurso que debía definir Perupetro. ¿Era ilegal que se comunicaran en privado, representando a dos socios? No. Pero sí era ilegal que Químper, asesor de la petrolera estatal, se encargara de proteger los intereses de un socio coyuntural y le cobrara por eso. El centro del caso, entonces, en lo que a su versión legal se refiere, requiere confirmar si Discovery Petroleum, o alguien por Discovery, decidió incluir dentro de su equipo de trabajo a un ejecutivo del Estado que debió mantenerse del lado del estatal, no del lado del particular. Incluir en un equipo de gestión de intereses privados a un funcionario público está claramente prohibido por la ley. De probarse que esto ocurrió, debe ser castigado. 
Si hay algo que distorsiona nuestras expectativas sobre el caso Químper es esa ciega insistencia en creer que la investigación depende de las grabaciones clandestinas de sus conversaciones con León Alegría. Esto es un error. El caso tiene dos posibilidades: 1) O el debate entre los peritos arroja razones para pensar que hubo un fraude en el concurso sobre los lotes, o 2) El debate entre los peritos arroja un resultado contrario y entonces el caso que queda sólo trata sobre las relaciones entre Químper y León Alegría. En ninguno de estos escenarios el caso depende, actualmente, de esos audios. Los audios marcaron sin duda el origen de la noticia y el origen de la sospecha. Marcaron además un quiebre institucional desproporcionado en el momento de su difusión (recordemos que un gabinete entero cayó con ocasión a su divulgación). Pero no son, ahora, la prueba concluyente que pondrá fin a este juicio.
Para confirmar cargos por hechos como éstos basta con revisar los ingresos de Químper, los movimientos de dinero de Discovery Petroleum y su representante, y la correspondencia escrita entre las partes. Todas estas evidencias deberían estar disponibles para la fiscalía y para el Juzgado con solo hacer una serie de requerimientos que a estas alturas ya son usuales. Y ninguno de estos requerimientos supone insistir en que se escuchen (otra vez) los audios. Salvo, claro, para alguien piense que el procedimiento judicial sólo sirve para reconfirmar los antecedentes de un caso y dejarlos congelados en su origen, en lugar de construir verdaderas pruebas sobre el hecho descubierto. 
Sin embargo no hemos podido renunciar al mito representado por esas grabaciones. Nos las hemos impuesto como si fueran un elemento decisivo de la historia. A nuestros ojos, la validez del caso pareciera depender de su subsistencia en el proceso. De alguna manera ellas nos permiten sentir que tenemos entre manos un caso emblemático; un caso descubierto a partir de una evidencia concluyente, semejante a aquellas que se usaron durante la transición. La referencia a los “petroaudios” de alguna manera evoca o intenta evocar la función que desempeñaron los “vladivideos” en la transición. Los dos neologismos son innecesarios desde el punto de vista formal. Pero su semejanza e incluso su fealdad expresan con bastante precisión el deslumbramiento que hemos adquirido por el hallazgo de registros visuales y auditivos, que pasan de inmediato a ser más importantes incluso que el problema al que corresponden. La insistencia en audios y videos nos llevan a olvidar que hay otras maneras, muchas veces más consistentes, de construir un caso legal y de organizar las discusiones sobre lo justo. Pero aún más, nos obliga a “amarrar”, y esto es un error, el destino de casos que pueden ser importantes a los inciertos accidentes que puede producir este tipo de evidencias, que por cierto no tienen mayor ventaja sobre otras tantas, especialmente las testimoniales.
La cuestión del caso, entonces, no radica en establecer el valor de audios que a estas alturas resultan prescindibles. Radica en establecer qué obtendrá el procedimiento judicial a partir del hallazgo original de esas grabaciones, tal que pueda decidirse si el caso merecerá un juicio o no. Si no miramos más allá de los audios, acabaremos renunciando, inconscientemente, a la posibilidad de establecer si estamos o no ante un caso en sentido fuerte, un caso que nos diga algo sobre la brecha que se abrió para violar la ley en esta historia. Y es esa renuncia, la que ahora no debemos aceptar.

jueves, 9 de julio de 2009

Una posible colección de desatinos



Una posible colección de desatinos
César Azabache Caracciolo

Indigna que León Alegría haya pasado de un penal a arresto domiciliario. En nuestro imaginario colectivo el arresto domiciliario representa una suerte de privilegio asociado a la incapacidad del sistema para llevar un caso a juicio de manera oportuna. Por eso la orden ejecutada deja cierta sensación de derrota colectiva.

Creo que ha sido un despropósito poner en su casa a alguien que se fugó cuando quiso, expuso a sus hijos innecesariamente, y permaneció escondido todo el tiempo que se le antojó. Se le ha puesto en casa además sin que se sepa siquiera si habrá o no bases sólidas para llevarle a juicio, porque el computador que se le incautó, la única esperanza de darle a este caso el nivel que no parece tener, aún no ha sido revisado. Entonces habría sido mejor esperar a ver qué se encontraba en el computador por analizar, decidir de una vez por todas si el caso se archiva o pasa a juicio y no crear este tipo de crisis innecesarias. 

Pero tampoco es imposible que los Vocales que pusieron a León Alegria en su casa (contra nuestras intuiciones sobre lo justo y lo oportuno) hayan procedido mirando otra parte del caso. Y es que allí donde decimos que el caso no estaba listo, decimos también que llegó a tribunales con un apresuramiento que suena a desatino. Y es que también hay que decir que media una enorme desproporción entre lo que el caso León Alegría representa (no olvidemos que costó un gabinete) y lo que parece contener en realidad. El caso se construyó sobre unas cintas de audio de origen dudoso que fueron difundidas precipitadamente, cuando sólo se había comprobado conversaciones vergonzosas en las que dos personajes se ufanan de influencias que aún no sabemos si fueron reales. El contenido de las cintas es inaceptable, y probablemente delictivo. Pero nadie esperó a confirmar si las conversaciones entre ambos eran en verdad el hilo de una madeja más grande o simplemente era la celebración de dos vendedores de humo o falsas influencias.

Nos apresuramos a provocar la caída de un gabinete por esos audios y nos apresuramos a comenzar un proceso para el que, ahora es evidente, nadie estaba listo. Y ahora parecemos obligados a darle al caso León Alegría una talla y una atención pública que quizá le quede grande.

León Alegría ya está detenido en casa. Pretender ahora procesar a los miembros del tribunal que lo sacó de la cárcel no parece útil, sobre todo si no está ni siquiera claro si ellos han cortado un caso serio en marcha o han actuado en contra de un mero bosquejo construido sin bases sólidas. Esta historia está, sin duda, repleta de desatinos. Pero por eso mismo, parece absurdo multiplicar los apresuramientos. Por el bien del sistema, es necesario terminar esta historia con seriedad. Y el único camino posible parece ser analizar de una buena vez (¿qué tan difícil puede ser) el contenido del computador. Sólo el contenido de ese computador va a permitirnos saber si el asunto merece un juicio o si nuestro apresuramiento colectivo ha creado una enorme colección de desaciertos que no conduce a ningún lugar.

viernes, 14 de noviembre de 2008

El hombre más buscado llegó como si nada en un taxi al juzgado

El Comercio Perú 
Tema del día

14 de Noviembre 2008

Ex ministro aprista se entregó luego de 38 días de clandestinidad. Durmió en la carceleta judicial y hoy será llevado a un penal de Lima


Por Luis García Panta / Mario Mejía Huaraca / Alberto Villar Campos / Gerardo Caballero

Después de 38 días de haber esquivado la justicia, y luego de un infructuoso plan de la Policía Nacional para capturarlo (incluida una recompensa pecuniaria), el ex ministro aprista Rómulo León Alegría se puso ayer a derecho ante el Tercer Juzgado Especial de Lima que despacha Jorge Barreto Herrera, en la sede de los juzgados anticorrupción, en Lince. León lucía más delgado, tenía barba y llevaba lentes oscuros.

Su sorpresiva aparición se produjo a eso de las 2:15 de la tarde y desconcertó a los pocos periodistas que aguardaban su llegada a esa sede judicial, anunciada dos días antes a algunos medios por uno de sus abogados.

El cuestionado ex funcionario, acusado de favorecer a una empresa extranjera en la adjudicación de cinco lotes petroleros, llegó en un taxi acompañado por Eduardo Roy Gates, hijo del abogado penalista Luis Roy Freire y segundo miembro de su defensa. En ese mismo momento, Roy Freire declaraba a la prensa en las escaleras del recinto jurídico, ubicado en la cuadra 26 de la avenida Arenales.

Sin dar declaraciones, León Alegría ingresó junto con sus abogados, custodiado por personal de seguridad del edificio, que evitó en todo momento el ingreso de la prensa.

Una hora y media después, en medio de estrictas medidas de seguridad, el ex ministro aprista fue llevado a la carceleta del Palacio de Justicia, donde pernoctó, debido a que el Consejo Técnico Penitenciario de esa entidad, encargado de decidir a qué penal debía ser trasladado, había concluido ya su jornada laboral. Hoy León Alegría podría ser trasladado al penal de procesados primarios de Lima (antes San Jorge) o al penal Miguel Castro Castro.

Horas antes de su aparición, Roy Freire había señalado que la entrega de León Alegría no podía darse, pues no existían las garantías suficientes para su patrocinado.

Por la mañana, el abogado llegó a los juzgados anticorrupción con el fin de averiguar el resultado de la apelación solicitada para cambiar el mandato de detención del ex ministro aprista por el de comparecencia.

EN NOMBRE DE LOS HIJOS

"Me entrego por mis hijos, en especial por haber afectado la carrera política de mi hija Luciana. Pensé en hacerlo desde hace días, pero el abogado dilató mi entrega. Nunca salí de Lima, todo este tiempo estuve en un escondite en San Juan de Lurigancho", dijo Rómulo León Alegría a uno de los agentes de la Policía Judicial que lo trasladó. El oficial narró que León se mostró muy arrepentido y afectado por todo lo que se dijo en su contra, en especial, porque se vinculó a sus hijos en los presuntos actos de corrupción por los que se le juzgará.

Rómulo León Romero acudió a la sede judicial de Lince y respaldó la decisión de su padre de entregarse a la justicia. Asimismo, dijo haber ignorado en todo momento el paradero de su progenitor y manifestó su confianza en que la justicia demostrará su inocencia. Finalmente, señaló estar preocupado por el estado de salud de León Alegría.


EL HOMBRE MÁS BUSCADO

Rómulo León era el hombre más buscado del país. Tras él estuvieron más de cien agentes de la Policía Judicial, de Anticorrupción, de la División de Investigación de Secuestros y de la Dirección de Inteligencia de la PNP.

Desde que el 6 de octubre el juez Barreto dictó orden de detención en su contra, los agentes buscaron al ex funcionario estatal en 20 domicilios de la capital. Varios grupos de policías se movilizaron también a Chiclayo, Trujillo, Cajamarca, Huacho y, en los últimos días, a Huancayo.
En todas esas ciudades, la Policía Nacional tenía pistas de su paradero. Hace unas semanas, el Ministerio del Interior ofreció una recompensa de S/.100 mil a quien diera pistas o información sobre el lugar donde se encontraba el ahora procesado.

CRONOLOGÍA

4Un Gabinete entero cayó
[5 de octubre]
Fernando Rospigliosi presenta cuatro audios en los que Alberto Quimper y Rómulo León Alegría negocian la adjudicación de cinco lotes petroleros a Discover Petroleum.

[7 de octubre]
El ex director de Perú-Petro Alberto Quimper Herrera es detenido por orden del Juzgado Anticorrupción.

[8 de octubre]Sesión del Gabinete Ministerial en pleno, en el cual sus integrantes ponen sus cargos a disposición del presidente.

[10 de octubre]El presidente Alan García acepta la renuncia del Gabinete Ministerial en pleno. El reemplazante de Jorge del Castillo sería Yehude Simon. La Procuraduría del Ministerio de Energía y Minas solicita a la Fiscalía Anticorrupción la detención o arresto domiciliario del abogado Ernesto Arias Schreiber.
[17 de octubre]Rómulo León envía un video a diferentes canales de televisión con sus descargos.

[23 de octubre]El Congreso crea una comisión para que investigue sobre interceptaciones telefónicas.

[7 de noviembre]Palacio de Gobierno difunde una carta enviada por Rómulo León a Alan García en su desesperación por acercarse al mandatario.
EL PERFIL
Los antecedentes del ex ministroNació el 7 de octubre de 1946, en Trujillo. Estudió Sociología. Durante el primer gobierno de Alan García fue diputado por Lima y ministro de Pesquería.
En junio de 1988, el entonces diputado Fernando Olivera lo acusó de cobrar coimas, lo cual desencadenó una trifulca. El 15 de abril de 1991 fue acusado constitucionalmente por irregularidades en la construcción del muelle pesquero de Chimbote.
El 20 de octubre de 1994 fue denunciado penalmente por enriquecimiento ilícito en agravio del Estado.

RÓMULO LEÓN ALEGRÍA. EX MINISTRO APRISTA DEL CONSULTOR

Simplemente, un prófugo*

El Caso León Alegría, con las distancias que hay que salvar, ha repetido en nuestro imaginario colectivo varias de las estampas que dejó Montesinos.
Si al video de Kouri siguieron cientos de videos, no todos relevantes, al audio de León siguieron otros, no todos útiles. Si fugó Montesinos, fugó también León. Si la fuga de Montesinos llevó la atención de todos hacia su pareja sentimental, la fuga de León dejó expuestos a los hijos. Si tanto se repiten las cosas, esperemos que ahora no terminemos revistiendo al prófugo con esa aura mítica de pitoniso atesorador de verdades ocultas que tan ingenuamente concedimos a Montesinos, al que por un tiempo dejamos jugar a ser el factor que separaba (o pretendía separar) la verdad de la mentira en lo que a corrupción se refería. La fuga crea tres efectos perversos: el prófugo incrementa su imagen de poder, porque muestra que nadie es capaz de encontrarlo. Crea una estela de víctimas que confunden al espectador, porque las arbitrariedades o excesos que se imponen a su familia y a su entorno dañan la imagen de seriedad del caso en su contra. Lo que es más grave, crea expectativas desproporcionadas sobre lo que vaya a decir, y esas expectativas pueden hacernos olvidar cuál es su papel en la historia: el de un prófugo. Nada más.
* César Azabache Caracciolo. Ex procurador anticorrupción