viernes, 15 de marzo de 2024

JNJ: cuestión de habilitaciones

Nuestra historia esta vez se refiere al cálculo de los votos con los que en la noche del 7 de marzo fueron inhabilitados dos integrantes de la JNJ, primero la señora Tello y después el señor Vásquez.

Al abrir la sesión el señor Soto, presidente del Congreso, anunció que se aprobaría la destitución de cada magistrado por separado, y que solo se aprobaría las acusaciones que reunieran 67 votos a favor. Este fue un pésimo arranque porque el Comisión Permanente había propuesto dos casos: un acuerdo adoptado por seis integrantes por la firma sobre la inexistencia de reglas sobre jubilaciones aplicables a la JNJ y el de la magistrada Tello, que no firmó ese acuerdo, pero cumplió 75 años en el año 2020.

Imposible organizar siete votaciones diferenciadas y mantener un mínimo de coherencia en el resultado cuando se tiene sobre la mesa solo dos casos, no siete distintos.

Pero la cuestión más grave de la noche se refiere a la relación de congresistas hábiles para votar. Esa noche estaba en el Hemiciclo el señor Luna, un congresista particularmente visible por la importancia de los casos por los que le investiga la fiscalía. El señor Luna integra la Comisión Permanente y, sin embargo, votó a favor de la inhabilitación de la señora Tello. Ella protestó en el acto. Ocurre que, según el texto literal del artículo 100 de la Constitución, los miembros de esa Comisión, que son los acusadores en estos procedimientos, no pueden votar en estos casos. Pero el señor Luna votó contra la señora Tello, y sin su voto no se alcanzan los 67 votos anunciados como mínimo para aprobar cada acusación.

La mayoría en el Congreso ha salido a defender el voto del señor Luna. El argumento parece simple, pero no lo es: El señor Luna estaría habilitado para votar atendiendo a una regla vinculante establecida por la Junta de Portavoces del Congreso con ocasión al caso Mamani el 7 de junio del 2018.

El acuerdo del caso Mamani

Aquí comienzan las complicaciones. En el caso Mamani el Congreso no estaba logrando formar una mayoría concluyente para aprobar las acusaciones presentadas contra tres de los llamados Avengers, los congresistas Fujimori (Kenji), Bocangel y Ramírez, acusados por canjear sus votos por posiciones de influencia en el Gobierno de PPK. Para resolver el impasse, el 7 de junio del 2018, la Junta de Portavoces acordó autorizar que voten en el Pleno los congresistas que, siendo titulares en la Permanente, no hubieran votado en ella en el caso. Y declaró que esta decisión debía entenderse como una regla vinculante siempre que se produzca un caso semejante.

La teoría detrás de este acuerdo es tan opinable como lo es aquella por la que se acusa a la JNJ. En una se concluye que no existe regla que ordene cesar a sus miembros nombrados a los 75 años, a pesar del texto literal del artículo 156.3. En la otra se pretende que los miembros de la Comisión Permanente pueden elegir si vota en ella o en el Pleno, a pesar del texto literal del artículo 100 de la Constitución. Así las cosas, no parece sensato sancionar a quienes discrepan en estos complejos asuntos. Aunque hay una diferencia a favor de la JNJ. El acuerdo que ella adoptó sobre la inexistencia de una norma sobre cese por edad de sus miembros ya elegidos se apoya en un precedente: la doctrina establecida por la Comisión Especial que nombró a sus integrantes en 2019, en especial por el señor Blume, entonces presidente del TC. La doctrina sobre las habilitaciones para votar en estos casos, adoptada por la Junta de Portavoces, no parece apoyarse en fuente alguna que sea externa a quienes la adoptaron.

El caso Bocangel

La teoría adoptada por la Junta de Portavoces en el caso Mamani es de hecho tan opinable que Guillermo Bocangel, uno de los tres congresistas contra quienes se usó originalmente, ha llevado el asunto al judicial y le ha ganado al Congreso en primera instancia. El juez Niño de Guzmán ha declarado en la sentencia de 20 de abril del 2023 que el Congreso no puede alterar los impedimentos para votar que han sido establecidos por la Constitución para estos casos. Para el juez Niño de Guzmán la regla que impide a los miembros de la Permanente votar en el Pleno es de aquellas que no admiten excepciones de ningún tipo.

Conforme a la sentencia del juez Niño de Guzmán, la señora Tello está en lo correcto: El Congreso no puede usar el voto del señor Luna para inhabilitarla. En su caso no se han reunido 67 votos válidos, sino solo 66 y eso no basta.

La paradoja

Pero, además, hay aquí una paradoja. Supongamos que la sentencia del juez Niño de Guzmán fuera anulada por alguna razón o que algún juez decidiera de manera insostenible por cierto que la regla no debe aplicarse a nadie más que a él. Imaginemos que el acuerdo de la Junta de Portavoces adoptado con ocasión al caso Mamani prevaleciera de alguna manera semejante a estas. Con base en ese acuerdo, que en este escenario imaginario subsistiría, el voto del señor Luna seguiría siendo computable para el caso de la señora Tello. Sin embargo, el acuerdo declara que están habilitados para votar en el Pleno en estos casos todos los congresistas que, pudiendo hacerlo, no ejerzan su derecho a votar en la Comisión Permanente. Pues bien, en el caso de la JNJ votaron en la Comisión Permanente 27 congresistas, no 30, que es su número legal. Entonces, no solo el señor Luna habría estado habilitado para votar. Siguiendo la teoría del Congreso, el número total de habilitados para votar en el Pleno en el caso de la JNJ era 103, no 100. Entonces, el total necesario para aprobar cada acusación —dos tercios de los habilitados— era 69  no 67. Y esa votación no se ha alcanzado en ninguno de los dos casos, ni el de la señora Tello ni el del señor Vásquez.

Con la teoría de la señora Tello y la sentencia del juez Niño de Guzmán se cae su inhabilitación. Pero con la teoría del Congreso se caen las dos, de plano, por una revisión simple de la contabilidad de votos.

Como anotó el profesor Heber Campos, el acuerdo de la Junta de Portavoces de 7 de junio del 2018 adoptado en el caso Mamani pasó por alto una consecuencia tan particular como inevitable. Al modificar la regla sobre congresistas habilitados para votar en estos casos, el acuerdo modifica sin notarlo otra regla: la que establece el número total de votos que se necesitan para aprobar cada acusación.

El principio es simple: si hay más congresistas habilitados para votar, el número que resulta de calcular los dos tercios se eleva. Conforme al acuerdo de la Junta de Portavoces, los habilitados no son, como establece la Constitución, “todos menos los 30 de la Permanente”, sino “todos menos los que votaron en ella”. Entonces, el total de votos para aprobar una acusación se modifica. En lugar de ser estable “siempre 67” pasa a depender de cada votación efectivamente desarrollada en la Comisión Permanente.

Colofón

El Congreso ha quedado atrapado en su propia telaraña. Esto es lo que ocurre cuando se pretende alcanzar objetivos tan forzados que solo están a disposición de la simple prepotencia. Manejar cosas tan sensibles como los procedimientos legales a capricho origina consecuencias inesperadas.

Publicadas las dos resoluciones legislativas que pretenden inhabilitar a la señora Tello y al señor Vásquez el turno pasa a la JNJ. La JNJ deberá resolver esta semana si acatan las resoluciones que inhabilitan a ambos o actualizan la demanda de amparo que ya presentaron contra el Congreso por este caso con los hechos ocurridos la noche del 7-MAR. Sea que predomine la teoría de la señora Tello y del juez Niño de Guzmán o la de la mayoría del Congreso, el resultado es el mismo: la votación de esa noche debe ser recontada por orden judicial. Eso sin perjuicio de valorar las otras 10 razones que el abogado de la mayoría de la JNJ, Samuel Abad, presentó al Pleno en respuesta a la acusación por el caso del cese por edad.

Esta historia está entonces lejos de haber terminado. Y esto sin contar con una serie de detalles adicionales que quedan por resolver, como la forma en que se establecerá el quórum de la siguiente sesión de la JNJ o la forma en que se proceda respecto a los eventuales reemplazos de Tello, de Vasquez o de ninguno de ellos.

No todas las instituciones son, como puede verse, tan sencillas de demoler.


miércoles, 6 de marzo de 2024

El caso de la jueza Benavides

Han pasado ya más de cinco años desde que comenzó a discutirse entre nosotros el caso de la jueza Enma Benavides, la hermana de la fiscal ahora suspendida. En todo este tiempo, esta historia se ha mantenido en un plano de bajo interés público, quizás opacada por el mayor peso que tuvo la historia de los llamados ‘narcoindultos’. Pero es una historia que se ha hecho cada vez más compleja. Con el tiempo, se ha entrelazado con otras historias que involucran distintos personajes. Sin que lo hayamos notado, la suma de todos sus factores está ahora instalada en un punto neurálgico, uno que puede definir el destino final de las disputas alrededor de la JNJ.

Este tema comenzó con una denuncia sobre sobornos en el Poder Judicial, vinculada a determinadas decisiones sobre libertades que la Sala Penal que integraba la jueza Benavides emitió en casos sobre narcotráfico. Quien denunció estos casos fue Hilario Rosales Sánchez. Recordemos este nombre: Rosales Sánchez fue policía, pasó más de cuatro años recluido y denunció en octubre del 2018 que dos abogados se presentaron ante él en prisión como emisarios de la jueza Benavides. Estos abogados, relató, le pidieron $100.000 por liberarlo. Rosales Sánchez no pagó ese dinero, pero rastreó los ingresos al penal de estos personajes y logró reconstruir al menos nueve casos semejantes, ocurridos entre los años 2012-2015.

La historia se convirtió en algo distinto cuando Patricia Benavides, la hermana de la jueza Benavides, postuló a fiscal suprema. Cuando fue entrevistada por la JNJ, la fiscal Benavides se comprometió expresamente a no interferir con las investigaciones sobre su hermana si obtenía el ascenso. Lo obtuvo, pero en julio del 2022. Un mes después de ser nombrada fiscal de la Nación, la fiscal Benavides retiró de su puesto a la fiscal Bersabeth Revilla, jefa del equipo que investigaba a su hermana. El problema es tan grave como ridículo: la fiscal Benavides estaba claramente impedida de intervenir de cualquier forma en ese caso. Sin embargo, firmó de propio puño la resolución que removía a la fiscal que investigaba a su hermana.

El conflicto de intereses es evidente. La fiscal Benavides debió abstenerse, pero no lo hizo. Y producido el escándalo, debió retractarse, pero tampoco lo hizo. Al contrario, demandó a la JNJ ante el Poder Judicial y ante el TC por investigarla por esa destitución. Y como muestra la evidencia del caso Walkiria, orquestó una conspiración sin precedentes para desactivar a la JNJ antes de que tome una decisión sobre este caso

Mientras tanto, con la denuncia de Rosales Sánchez, el expolicía que dio origen a esta historia, y la cooperación de dos delatores, la Fiscalía había elegido dos casos de fugas de detenidos por narcotráfico liberados por el Judicial para darle contenido a las investigaciones: el de López Quispe, liberado a fines del 2014, y el de Roberto Gómez Herrera y Edison Ruiz Martínez, liberados en enero del 2015.

En junio del 2017, Gómez Herrera fue detenido en España, para ser luego extraditado al Brasil. Allí se le buscaba por reproducir el mismo esquema de tráfico de drogas que había ensayado en Perú: esconder cocaína en estructuras de concreto embaladas para simular exportaciones. Pero el nombre que debemos retener es el de Ruiz Martínez. En mayo del 2022, Ruiz Martínez fue detenido en Colombia, en el operativo que las autoridades de ese país desplegaron para identificar a los sicarios implicados en el asesinato de Marcelo Pecci. Marcelo Pecci es otro nombre que no debemos olvidar. Pecci (45) fue, en vida, un fiscal del Paraguay especializado en lucha contra el narcotráfico y la criminalidad organizada. Fue asesinado en Barú, una isla en Cartagena, en mayo del 2022. Un sicario le disparó tres veces, tres tiros de necesidad mortal: uno en la cabeza.

El fiscal Pecci estaba entonces de vacaciones, en luna de miel. Acababa de casarse. El caso del fiscal Pecci constituye uno de los capítulos más graves de retaliaciones perpetradas contra oficiales a cargo de investigaciones sobre narcotráfico en la región. Y entre las personas que fueron intervenidas por ese crimen aparece Ruiz Martínez, que antes había escapado del Perú, liberado por la Sala de la jueza Benavides.

Aquí la historia hace otro vuelco dramático. Cuando la fiscal Revilla fue removida, en julio del 2022, su oficina estaba solicitando cooperación de Colombia para obtener una declaración de Ruiz Martínez sobre la forma en que escapó del Perú; también la del Brasil para tener una declaración semejante de Gómez Herrera, otro prófugo liberado por la Sala de la jueza Benavides.

No sabemos cuál es la historia que ellos tienen por contar. O si tendrán alguna. Lo que sabemos es que el fiscal Terán, a quien la fiscal Benavides designó como reemplazo a la fiscal Revilla, abandonó todo esfuerzo por obtener estas declaraciones y pidió que el caso de la jueza Benavides sea desestimado por el Judicial sin más trámite. El caso ha podido ser reabierto después de la suspensión de la fiscal Benavides, cuando el fiscal Alcides Chinchay, que estaba a cargo del proceso desde tiempos de la fiscal Revilla, pudo sentirse suficientemente libre como para sugerir a la Corte Suprema que ordene una investigación adicional.

No nos corresponde condenar a la jueza Benavides antes de tiempo. No lo haré en estas líneas. Como toda persona, ella merece un proceso equilibrado, uno en el que pueda defenderse. Pero al día de hoy las garantías de un juicio equilibrado para o contra ella requieren que su hermana, la fiscal Benavides, se mantenga al margen de la Fiscalía de la Nación. Eso significa mantenerla suspendida. Y para sostener esa suspensión es preciso mantener a la JNJ intacta.

Destituir a la JNJ, una de las peores acciones predatorias propuestas en este Congreso, implica devolver el control de la Fiscalía a alguien que, imposible no decirlo, ha hecho ya demasiado por interferir con el curso de una investigación sobre algo tan sensible como sobornos vinculados al narcotráfico. Es, además, una historia que ha terminado cruzándose con un asesinato, con el asesinato de un fiscal. Más grave imposible.

El Perú está sujeto a una tupida malla de obligaciones internacionales en materia de lucha contra el narcotráfico establecida desde principios de los años 90. El caso de la jueza Benavides, inocente o culpable, expone la posición del Estado peruano ante esta malla de obligaciones.

Tal vez este sea un ángulo que no está siendo percibido en su exacta dimensión por quienes defienden a la fiscal Benavides.

Pocas veces he visto desplegarse en favor de alguien acciones de interferencia tan nocivas como las que se han desplegado con ocasión a esta historia. Si la jueza Benavides es inocente, no necesita esto. Tendría que ser la primera interesada en detenerlo.

Porque está siendo vestida por su hermana con las túnicas que cubren el cuerpo de los culpables.

jueves, 29 de febrero de 2024

JNJ, acusados por hecho ajeno

 El lunes la Comisión Permanente del Congreso aprobó casi por aclamación acusar ante el Pleno a la JNJ por algo que en realidad es un hecho ajeno. La cuestión en debate es haber ensamblado una teoría conforme a la cual en la JNJ, como en el TC, no hay edad de jubilación, sino un mandato por 5 años.

La escena que dio origen a esta historia ha sido ampliamente difundida en estos días. Está grabada en audio y video. Pero creo que no hemos reparado en los detalles. La teoría en debate fue expuesta por el señor Ernesto Blume hace más de 4 años, cuando presidía el TC e integraba la Comisión Especial que eligió a los integrantes de la JNJ. La Comisión Especial, por cierto, fue formada con base en una ley aprobada por el Congreso en el periodo 2016-19, cuando la mayoría era ampliamente fujimorista o casi. La JNJ, de hecho, regula sus actividades por una ley que también fue aprobada por ese Congreso, en el mismo periodo legislativo. Al momento en que el señor Blume presentó la teoría, la Comisión Especial, bajo la presidencia de Walter Gutiérrez, entrevistaba a la señora Inés Tello, la magistrada a la que se refiere el caso que la Comisión Permanente ha llevado al Pleno. Pero para ese momento, finales de 2019, la teoría ya había sido establecida. La Comisión había aceptado que la señora Tello postule al cargo y llegue a la entrevista con 74 años cumplidos, a 8 meses de cumplir 75.

La señora Tello ha integrado la JNJ con más de 75 años, casi durante 4 años, sobre la base de esa misma teoría. Desde entonces hasta estos últimos meses, nadie, en dos periodos parlamentarios distintos, en dos encargaturas de la Defensoría del Pueblo e, incluso, en tres gobiernos, hizo objeción alguna a que la señora Tello permanezca en el cargo a pesar de su edad. Nadie ha escrito una sola objeción seria, de corte político o académico, a esa teoría en todo este tiempo. Nadie en absoluto en más de 4 años. 

La teoría, sin embargo, es por completo discutible. El artículo 156.3 de la Constitución, modificado por el Congreso del 2016-19 vía referéndum, establece que para “ser miembro” de la JNJ se debe tener entre 45 y 75 años. En una lectura intuitiva de las cosas, “ser miembro” de cualquier entidad denota tanto ser elegido como mantenerse en el cargo. Las cosas serían sencillas si no fuera porque el Congreso del 2016-19 no aprobó solo un texto. Aprobó dos. El otro texto es el artículo 18 de Ley Orgánica de la JNJ, que establece una cosa enteramente distinta a la Constitución modificada: que los puestos en la JNJ vacan por muerte o por vencimiento del plazo del mandato, pero no por cumplir 75 años.

Un solo Congreso, dos disposiciones distintas en el mismo periodo. Es ahí donde se originó el problema. No ahora. La teoría que presentó el señor Blume intenta crear un equilibrio entre los dos textos aprobados por el Congreso manteniendo el límite de 75 años en los requisitos para postular al cargo y no en las causales para dejar el puesto vacante.

Encuentro sensato entender que en un caso de este tipo debió prevalecer la literalidad de la Constitución por encima de la ley. Pero eso significa que alguien debió pedir que el TC intervenga o que el Congreso modifique la ley. Ocurre que nadie lo hizo. El sistema legal entero, no solo la JNJ, se conformó con la teoría propuesta por el señor Blume. Por más extraña que ella parezca, esa teoría permitió mantener la fiesta en paz sin poner en evidencia la poca inteligencia legislativa que había tenido el Congreso al regular este asunto. Por menos fina que parezca, esa teoría prevaleció sin discusión que le ponga un alto.

Pasados los años el señor Blume se ha retractado de su posición original. Tiene pleno derecho a hacerlo. Pero que haya cambiado de opinión no convierte en una infracción a la Constitución el haber confiado en él entre el 2019 y el momento en que decidió cambiar de postura. De hecho, su presentación de la teoría sobre la permanencia de los integrantes de la JNJ por cinco años no fue registrada en un artículo de opinión ni fue lanzado atendiendo a algún periodista en algún programa político. La teoría de la permanencia en el cargo del señor Blume fue presentada siendo él una autoridad en ejercicio en una comisión oficial y fue respaldada por esa comisión en pleno. La teoría de la que hablamos puede reconocerse como fundamento de la admisión a la postulación de la señora Tello, que al momento de la entrevista ya tenía, insisto, 74 años cumplidos, y puede reconocerse como fundamento de su elección en el cargo. No es entonces un “comentario” ni una idea personal, como he visto decir en redes. Es el fundamento de dos actos de derecho público no controvertidos en los tribunales de justicia. Tiene entonces un peso gravitacional que no puede negarse.

Una teoría opinable, sin duda. Incorrecta desde varios puntos de vista. De acuerdo. Pero es una teoría verdaderamente existente. Y más allá de mis propias preferencias personales, sigue siendo defendida desde importantes sectores académicos. El que exista esa teoría y tenga el arraigo que hace imposible considerar que quienes la siguieron o aún la siguen, como los integrantes de la JNJ, pueda haber incurrido o incurran por elegirla en una infracción a la Constitución.

No encuentro ninguna razón que justifique que la Comisión Permanente esté llevando al Pleno una acusación constitucional contra la JNJ por haber seguido una teoría que existe y que le es ajena. De hecho, mientras la mayoría planea destituir a la JNJ por adherir a esa teoría, el artículo 18 de la ley orgánica de la JNJ sigue vigente, intacto. Y sigue diciendo exactamente lo mismo que decía a finales de 2019; que los puestos de la JNJ vacan por muerte de su titular o por vencimiento del plazo de designación, pero no porque alguien haya cumplido 75 años durante su mandato. Nadie se ha tomado la molestia hasta ahora de cambiar la norma o de solicitar que sea el TC quien determine si la teoría original del señor Blume y de la Comisión Especial que presidía Walter Gutiérrez, entonces defensor del Pueblo, hoy embajador del Perú en España, era ella misma constitucional en el origen o no. Nadie se ha tomado la molestia, tampoco, de pedir que el TC declare si el Congreso de 2016-19 violó la Constitución cuando aprobó esa ley.

Si imaginamos el extremo, el TC podría declarar que el Congreso de entonces violó la Constitución, que el señor Blume se equivocó; que la Comisión Especial también se equivocó al secundarlo. Pero si una teoría no deroga la Constitución, entonces un error tampoco funda una infracción a la misma. Si el señor Blume no violó la Constitución cuando presentó esta teoría, si no la violó la Comisión Especial en pleno al secundarle ni la violó el Congreso de 2016-19 al provocar el impasse, ¿por qué habría que concluir que la viola la JNJ por secundarles?

Samuel Abad, abogado de la JNJ, presentó el lunes a la Comisión Permanente del Congreso 10 razones para mostrar que la adhesión a la teoría sobre la permanencia de los magistrados de la JNJ no puede fundar un caso sobre infracciones a la Constitución. En lo personal creo que esto ha sido un error. Multiplicar la lista por 10 confunde más de lo que aclara las cosas. Encuentro suficiente notar que la teoría no es de la JNJ. Le es completamente ajena. Debería ser muy sencillo notar que no es posible sancionar a una entidad constitucional entera por usar una teoría que fue creada por otros y que todos los poderes públicos han mantenido en vigencia por más de 4 años. Pero aparentemente no es sencillo entre nosotros.

Me parece inevitable la conclusión: Si este caso no es, no puede serlo, sobre la interpretación de las normas que se pretende discutir, entonces solo puede ser sobre otra cosa. Ahí es donde los reflectores vuelven a dirigirse al caso de la señora Benavides y la cuestión sobre las ratificaciones de quienes ahora dirigen el Reniec y la ONPE, para no volver sobre el JNE.

Pero si el Congreso inhabilita a los actuales miembros de la JNJ por usar una teoría que les es ajena, ¿qué impediría que más adelante se inhabilite también a sus verdaderos autores? ¿Y qué impedirá que sean igualmente inhabilitados quienes al redactar la ley de la JNJ insertaron en ella una disposición distinta a la que tiene el texto constitucional?

Dejemos ya de desmontar los muros de contención que a la larga deberían protegernos. Resulta que a la larga este ejercicio es un pésimo negocio.

miércoles, 21 de febrero de 2024

El cerco a la justicia

 La justicia

En toda esta crisis, si contamos desde el 2021, el judicial, no sin bemoles, se ha mantenido fuera del alcance de la mayoría en el Congreso. No sorprende por eso que en su voracidad esa mayoría quiera romper la relativa autonomía que mantienen los tribunales. Importante notar, sin embargo, que los últimos anuncios hechos desde el Congreso sobre una supuesta nueva reforma judicial se limitan a convocar nuevas comisiones de estudio. Que las propuestas se limiten a esto sugiere que la mayoría, esta vez, atesora un deseo que no sabe cómo convertir en realidad.

Si los esfuerzos fueran serios, bastaría por retomar el Plan de Reforma del Sistema de Justicia, una compilación de políticas públicas costeadas que Eduardo Vega dejó escrita a medidos de 2021, cuando terminó su periodo en el Minjus. El plan quedó postergado por el gobierno de Castillo. Y la gestión de Boluarte, que en esto se diferencia poco de su antecesor, ha mantenido el texto en algún estante, fuera del alcance de cualquier debate público.

La justicia debe servir para proteger personas, reparar daños, confirmar la vigencia de la ley y castigar oportunamente a quienes la infringen. Para efectuar correcciones al sistema, deberíamos partir de indicadores claros sobre el modo en que están pasando las cosas en estas cuatro áreas. Pero temo que no los tenemos.

Nuestro sistema ha venido arrastrando durante años un déficit visible de acceso que se hace evidente en la falta de espacios de relación entre los jueces de primera instancia y las comunidades en que actúan. Están además la demora en los procesos judiciales, la provisionalidad de los jueces y la falta de predictibilidad de sus decisiones, inexplicable en una sociedad predominantemente digital.

El resultado es una distancia demasiado grande entre jueces y ciudadanía. Un asunto que sin duda hay que resolver cuanto antes.

Necesitamos tribunales independientes. Aunque no sean perfectos, los tribunales son entre nosotros uno de los pocos espacios en que podemos encontrar decisiones no polarizadas como las que se promueven recurrentemente en el perverso cotidiano en que ahora vivimos.

La polarización

El riesgo que enfrenta la justicia estriba precisamente en polarizarla, en someterla a esa guerra de posiciones antagónicas en que vivimos. La mayoría en el Congreso, que desde JUL21 ha hecho evidente su vocación por devorarlo todo, quizá preferiría un judicial hecho a su medida. Uno que como el TC no discuta proyectos regresivos institucionalmente como el que dio inicio a la desarticulación de la Sunedu o el que otorgó al Congreso iniciativa de gasto, para no hablar del desacato en el caso Fujimori. Pero el Congreso tiene un obstáculo que le impide romper la autonomía del judicial: no puede designar a sus miembros. Puede elegir y ha elegido en casi una sola mano a los magistrados del TC y al defensor del Pueblo. Pero a los magistrados del judicial los elige la JNJ, a la que la mayoría sigue intentado remover.

El caso de la JNJ pone al judicial en el centro de los límites que enfrenta una mayoría del Congreso que quiere controlarlo todo. El primer intento del Congreso por remover a la JNJ fue detenido por el judicial, que suspendió el proceso que la Comisión de Justicia había iniciado por faltas graves. Fracasó. El segundo intento proviene de una reciente decisión de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que intenta eludir la suspensión ya impuesta cambiando el nombre de las cosas: el problema de la jubilación de la magistrada Inés Tello se convierte esta vez en una cuestión sobre infracciones a la Constitución.

El intento por sortear el alcance de la orden de suspensión ya emitida es tan claro que no debe sorprender que el judicial emita una nueva.

Para la mayoría parece mejor hacer el amago de una intervención al judicial sin objetivos claros antes que exponerse a una nueva orden que ponga en evidencia la precariedad de sus procedimientos.

Los frentes de batalla

Impresiona repasar la cantidad de veces que la autonomía de nuestros tribunales ha sido puesta en riesgo. En nuestro sistema institucional, además del judicial y el TC, que se ha intervenido a sí mismo, son tribunales también el JNE y la JNJ. Si repasamos la historia reciente, podremos constatar que el JNE ha sufrido ataques continuos desde que desestimó el caso que la mayoría del Congreso, entonces en formación, propuso para anular las elecciones de JUL21. El presidente del JNE, precisamente elegido por el judicial y no por el Congreso, ha tenido que obtener protección de la comisión y la Corte IDH, porque no la encuentra en el país. La mayoría en el Congreso insiste cada vez que puede en que debe reconocerse su derecho a destituirle. Y ahora arremete con un nuevo proyecto que intenta arrebatarle la presidencia al judicial.

El JNE, como cualquiera otro de los tribunales de nuestro medio, debe ser imparcial. Pero es el tribunal que resuelve las disputas sobre votos y elecciones. Apetitosa presa de caza ad portas de elecciones como las que se desarrollarán a más tardar en el 2026, que parecen llamadas a un nuevo proceso de canibalización de preferencias ciudadanas.  

Pero los frentes de batalla sobre el sistema rebasan estos territorios. Junto con la cuestión sobre el JNE, bajo permanente asedio, están ahora las fiscalías, indudablemente afectadas por la zaga de las declaraciones de Jaime Villanueva. Las fiscalías han sido puestas en cuestión por una iniciativa promovida con asistencia por Fernando Rospigliosi, que, contradiciendo la forma en que son las cosas en toda la región, pretende romper en lugar de mejorar las relaciones de los fiscales con los equipos de investigación de la policía. Además, está el caso Odebrecht, con el fiscal Vela suspendido y un reciente anuncio de la señora Fujimori, que pretende anular el extenso proceso que se ha seguido contra ella a consecuencia de las revelaciones de Jaime Villanueva.

Agreguemos a la lista una última propuesta de los congresistas Rospigliosi y Cueto, quienes quieren reimplantar la prescripción en materia de DDHH y tendremos el cerco completo.

Colofón

Imposible negar que el judicial necesita cambios. Hay aún una serie de reclamos por atender en materia de acceso y relacionamiento de los jueces con las personas y colectividades que viven en sus jurisdicciones. Además sigue pendiente que los tribunales puedan mostrarnos de qué manera protegen personas, reparan daños y castigan de manera oportuna a quienes son responsables por delitos y faltas.

Pero debates imprescindibles como estos requieren interlocutores razonables y un mínimo de equilibrio que estamos lejos de estar construyendo.

jueves, 15 de febrero de 2024

Las declaraciones de un delator

 La semana del 5FEB un canal de televisión organizó una noticia sobre uno o dos fragmentos de la declaración que Jaime Villanueva presentó el 30ENE, la parte en que se refería a las relaciones entre Gustavo Gorriti y los fiscales Sánchez y Vela. De inmediato la demanda por conocer el texto entero se hizo masiva. El resultado, las 23 páginas de esa declaración empezaron a circular en redes. Uno de los programas de noticias de la noche del 11FEB puso sobre la mesa una declaración más, que se difundió completa al día siguiente, el 12. Y ahora comienza a expandirse la demanda por las transcripciones de todas las declaraciones que Villanueva haya dado o dé en el futuro.

Empieza a instalarse en nuestro ya cargado ambiente legal un nuevo factor de organización de los debates sobre lo justo e injusto en materia de castigo: contando desde principios de siglo primero fue Matilde Pinchi, luego Jorge Barata y ahora es Jaime Villanueva.

Es aquí, en los casos sobre corrupción, donde se produce esta extraña metástasis. Olvidamos quién es quién y entregamos la posición de acusadores a quienes en verdad solo están intentando no llegar a ser acusados, o no serlo tanto. En este caso, por ejemplo, el personaje de esta historia debería ser la fiscal Delia Espinoza. La fiscal Espinoza está investigando a la fiscal Benavides, suspendida. Villanueva declara interrogado por ella. Y usa los espacios que le conceden preguntas abiertas sobre los personajes del caso para contar historias de las que dice haber sido protagonista o testigo, mezclándolas con cosas que deduce, adjetiva o ha escuchado decir a otros.

La Fiscalía podría haberle interrumpido, porque no son esos los asuntos que está investigando. Pero acaso por mostrar su imparcialidad registra todo lo que dice. Sin embargo, no ha tomado aún una decisión sobre el mérito que concederá a cada uno de estos aspectos. Alguien pierde la paciencia, rompe la reserva y las saca al público. A partir de ahí lo que sigue es un enorme desorden de acciones impulsivas mezclado por intentos de equilibrar las cosas.

Se trata de procedimientos sobre colaboración eficaz relacionados con corrupción. Este tipo de síndromes, en los que rompemos los caudales del procedimiento y organizamos la agenda en función a lo que dicen o no dicen los colaboradores no ocurre cuando se trata de casos sobre terrorismo, narcotráfico o impuestos, en los que la colaboración eficaz está instalada como alternativa hace décadas, en algunos casos desde los 80. Estoy seguro, de hecho, que muy pocas personas pueden recordar el nombre de un delator que haya presentado declaraciones fuera de asuntos vinculados a corrupción. Solo cuando se trata de asuntos vinculados al abuso del poder se apodera de nosotros esta tendencia impetuosa a sobredimensionar el papel de los delatores, a empoderarlos, a convertirles en acusados privilegiados, en el fiel de la balanza. Comenzamos a violar de manera consentida la regla de reserva que no en vano imponen las leyes sobre el contenido de sus declaraciones y devoramos sus dichos como si fueran pan en un desierto.

Al final en este tipo de casos las colaboraciones se convierten en aceleradores de procesos de incriminación que deberían usar procedimientos más equilibrados para cernirse antes de establecerse. Precipitamos las cosas en la espiral que forma una noticia que avanza sin resistencias institucionales. Entonces el Congreso pide copias de todo, los tirios piden que se investigue a Hernán Garrido Lecca, a Keiko Fujimori y Martha Moyano mientras los troyanos piden la cabeza de Gustavo Gorriti, Pablo Sánchez y Rafael Vela. La JNJ, acaso por las secuelas de una crisis que aún no termina, abre investigaciones sobre tres fiscalías olvidando que la fiscal Espinoza, ante quien se han presentado las declaraciones de Villanueva, aún no ha decidido qué hará con ellas. Al hacerlo, en mi opinión comprensiblemente pero antes de tiempo, abren además una paradoja: las declaraciones de Villanueva mencionan también al magistrado Thornberry, actual miembro de la propia JNJ, a quien se relaciona con la influencia que la fiscal Benavides podría haber tenido en el procedimiento en que se le eligió como fiscal suprema.

Me parece imposible contener el interés que convocan estas revelaciones a nivel de medios. Imposible e innecesario. Pero el sistema institucional tendría que ofrecer alguna resistencia al impulso. Contener esas sobreexposiciones que se producen cuando resulta que todas las oficinas públicas pretenden inmiscuirse a la vez en el mismo asunto para terminar en declaraciones a veces contradictorias, a veces extemporáneas. Sin esa resistencia que ponga algo de orden en la crisis, nuestra adicción a estas revelaciones contagia al sistema entero y nos expone a una forma de dependencia que estalla cuando pasan cosas como la que está ocurriendo en el caso Humala-Heredia: Jorge Barata decide que no vendrá al Perú a declarar en el juicio y la posición entera de la Fiscalía queda en riesgo.

Es un pésimo negocio entregarle la organización de la agenda institucional a quien intenta evitar ser acusado o ser lo menos acusado que sea posible. Al hacerlo distorsionamos el peso del sistema legal, que termina subordinado a quienes deberían someterse a la Justicia y punto.

De hecho el esquema de las declaraciones de Jaime Villanueva reproduce uno que puede verse en los antecedentes de estas historias.

Siempre me pareció que Vladimiro Montesinos manejaba de una manera u otra los destapes de la señora Pinchi Pinchi. No pude confirmarlo nunca. Pero mantengo esa impresión. De hecho la mecánica seguida con los videos (primero uno, luego todos) se reprodujo en sus declaraciones, y supone mezclar respuestas a preguntas directas con una serie de afirmaciones que, por moverse en la más absoluta y temeraria ambigüedad, crean secuelas que dependen de lo que en adelante diga, revele o corrija quien declaró originalmente.

Barata hizo algo semejante. Obligado a declarar por los acuerdos de Odebrecht, saltó de los casos sobre sobornos a los casos sobre campañas: amplió el espectro hasta una zona suficientemente ambigua como para concederse a sí mismo cierto control sobre las secuelas de sus declaraciones.

Parece sencillo notar que Jaime Villanueva reproduce la misma mecánica de expansión de las cosas hacia sus borrosos confines.

Entonces parece urgente volver a poner en el centro el peso neutro de las evidencias. Los pantallazos de chats del caso Valkiria deberían ocupar un papel decisivo en la construcción del imaginario colectivo sobre el caso Benavides. Esos pantallazos siguen siendo más importantes que las declaraciones de Villanueva, especialmente cuando estas se refieren a asuntos que aún no está claro si deberán ser investigados oficialmente o no.

Las evidencias no acumulan poder ni influencia. Los delatores sí.

miércoles, 7 de febrero de 2024

Odebrecht, tramo final

 Los casos Odebrecht marcan un hito en la forma de ser de nuestros tiempos. Todos los Gobiernos establecidos por elecciones y casi todas las elecciones celebradas desde la transición de principios de siglo han sido alcanzados de una manera u otra por las revelaciones que dieron origen a estos casos. La crisis de la institución presidencial, la percepción sobre lo que fue y lo que no llegó a ser la transición posfujimorista, la expansión del área de influencia de las fiscalías en la conformación de nuestra agenda pública y la forma en que nuestro discurso sobre lo debido se ha impregnado de asuntos relacionados con el castigo y la prisión provienen en buena parte de la historia que se abrió en diciembre de 2016, cuando el Gobierno de los EEUU reveló las primeras confesiones de la empresa.

Pero el tiempo no pasa en vano. Más de siete años después del inicio de esta historia vemos señales de lo que podría ser el comienzo de su propio final.

El descalabro, si eso es lo que está ocurriendo, comenzó en el Brasil. Veamos:

(1) En noviembre del 2018, el juez Moro, que tuvo a su cargo las investigaciones iniciales de esta historia, deterioró su propia imagen al aceptar hacerse ministro del Gobierno de Bolsonaro, el último rival político de Lula Da Silva, al que por cierto acababa de enviar a prisión.

(2) En febrero del 2021 fue desactivada la Força-Tarefa, el equipo que lideró las investigaciones originales de este caso.

(3) Un mes después, en marzo, el Tribunal Supremo anuló las condenas impuestas a Lula Da Silva, que actualmente es de nuevo presidente de ese país.

(4) Para octubre del 2022, según Investiga Lavajato, Novonor, la nueva Odebrecht, tenía en la región, en cartera, reclamos arbitrales y judiciales por valores equivalentes a cuatro veces el dinero que se ha comprometido a pagar al Perú y a Dominicana. Solo en el Perú la proporción es mayor: US$190 millones programados contra US$1.200 en una demanda ante el CIADI por el Gasoducto del Sur, una disputa sobre influencias y colusión que mantiene paralizado uno de los proyectos de energía más importantes del país.

En agosto del 2023 la defensa de Ollanta Humala, que niega haber recibido los US$3 millones en efectivo que la fiscalía le atribuye, obtuvo una orden que prohibió el uso de la evidencia obtenida a partir de la revisión de los sistemas digitales de Odebrecht por violaciones a los procedimientos legales.

Hace unos días la defensa de Jaime Yoshiyama ha solicitado en el Brasil que estas prohibiciones sean formalmente extendidas a su caso, que incluye a Keiko Fujimori, a quien en la campaña de 2011 Odebrecht habría entregado un millón en efectivo.

Odebrecht no ha reconocido haber manejado una lavandería, aunque admite que los sobornos y el dinero que inyectó en campañas fueron tomados de un fondo acumulado fuera de su contabilidad. Aunque la fiscalía ha sostenido en todas sus acusaciones que se trata de fondos maculados, no ha presentado cargos contra la empresa brasileña ni sus ejecutivos por lavar activos.

El convenio de cooperación que el judicial aprobó en junio 2019 nunca se extendió para cubrir las entregas de fondos en campaña. Tampoco se extendió para reparar al Estado por lavar activos.

En noviembre del 2018, el profesor Yván Montoya propuso a la Fiscalía involucrar a la Sunat en estos asuntos. Los casos sobre campañas políticas sugieren la posible formación de fortunas clandestinas organizadas a partir de los excedentes de fondos recogidos del público. Quizá el caso sobre fortunas clandestinas habría desenganchado a la fiscalía de una dependencia a Odebrecht que se ha convertido en un verdadero problema. Pero la fiscalía decidió no seguir esa ruta. Prefirió enfrentar los juicios sobre campañas basándose en una tesis distinta: los fondos de Odebrecht deben considerarse maculados porque Odebrecht ha sido una empresa corrupta. Por eso quienes recibieron esos fondos en entregas en efectivo, clandestinamente, deben considerarse autores de un delito.

En el auto original, el que se dispuso que la señora Fujimori vaya a prisión preventiva, el juez Concepción ofreció una explicación: recibir esos fondos en las condiciones en que fueron entregados convierte los hechos en un caso sobre indiferencia. A los receptores no les habría importado de dónde venía el dinero. Y resultó que venía de una lavandería.

En la sentencia de excepciones del caso Humala la Corte Suprema ha declarado que la fiscalía debe probar en juicio que los receptores de estos fondos debían saber de dónde venían.  A partir de aquí la cuestión a resolver consiste en confirmar la existencia de ese deber. Se trata de una cuestión muy compleja. La clave puede ser probar que se trata de casos de ceguera voluntaria, pero también la decisión de no ver supone un deber que obligue al autor a estar alerta.

Jorge Barata no se presentó a declarar en el caso Humala. La fiscalía ha solicitado que sus beneficios por delación sean revocados. Revocarlos podría impedir que declare en el caso Fujimori. A los problemas que ya tiene la fiscalía podría estarse agregando uno más: la imposibilidad de enfrentar sus dos juicios principales sin quien ha sido presentado como el principal testigo de cargo. Por cierto, es poco probable que se pueda reemplazar su testimonio con la transcripción de las declaraciones presentadas en el marco de las investigaciones previas.

Pero hay más dificultades. Conforme a las declaraciones de Barata, los fondos entregados a la señora Heredia no fueron pedidos a Odebrecht, sino al Partido de los Trabajadores (PT) del presidente brasileño, Lula da Silva. En el caso Fuerza Popular, la defensa de Yoshiyama, la que ahora pide la protección de los tribunales del Brasil, parece haber sido autora de una teoría que, aunque algo cínica en su concepción, no deja de ser llamativa. ¿Por qué tendría que sorprenderse el entorno de Keiko Fujimori por la entrega de un millón de dólares si el Grupo Romero destinó a la misma campaña US$3,6 millones y un solo empresario, Juan Rassmuss, US$3,8 millones?

La tesis se resume en esta frase: Odebrecht puede haber lavado activos o no, pero en las condiciones en que se desarrollaban las campañas al 2011 un millón no representa el monto exorbitante al que se refirió el Juez Concepción cuando ordenó la detención de Keiko Fujimori en el origen del proceso. Para alguien que recibe más de US$7 millones solo de dos fuentes que no lavan activos, un millón más no tendría por qué haber resultado especialmente alarmante.

A diferencia de los casos sobre sobornos, en los que nada más parece merecer una discusión de fondo, los casos sobre campañas encierran desafíos y obstáculos que parecen más difíciles de superar conforme se va acumulando el tiempo.

El tiempo: ese factor capaz de erosionar hasta las piedras puede también afectar la solidez y la sostenibilidad de un caso legal. No haberlo notado a pesar de todas las advertencias ha sido un error.

miércoles, 24 de enero de 2024

Dulces de azúcar

Publicado en La República el 24/01/2023

El 20 de enero, en Huamanga, una ciudad que enterró a 10 de las 50 personas que fueron asesinadas durante las protestas de DIC22 y ENE23, la presidenta Boluarte decidió arrojar al viento dulces de azúcar en una parodia que remedaba los carnavales de la ciudad.

Ilaria Aimé se abalanzó sobre ella en un descuido de la seguridad y la jaloneó por los cabellos.

Es cierto. El jalón por los cabellos no tiene justificación. No se trata, como he escuchado y leído decir, del respeto que debemos a la presidenta en ejercicio o a la institución que representa. Antes que eso se trata del respeto que debemos a las personas. No importa quiénes sean. Tampoco importa quiénes seamos nosotros ni importa en qué provocación podamos haber caído. Un jalón por los cabellos es un ataque físico y Boluarte sigue siendo una persona antes incluso que la presidenta del país. Debería ser simple para nosotros reconocer que está prohibido tocar físicamente a alguien sin su consentimiento, por más que medie algo que pueda ser reconocido como una provocación narrativa, como tirar dulces de azúcar en medio de una ciudad marcada por el duelo.

El evento ha puesto en evidencia de qué manera Boluarte ha dilapidado la respetabilidad de la magistratura que posee. También ha puesto en evidencia que las muertes de DIC22 y ENE23 se han instalado entre nosotros como una frontera interna, casi infranqueable, una que nos separa con una intensidad inconmensurable.

Todas las personas deben ser respetadas. Mujeres, niños, defensores de la tierra, manifestantes, militantes de derecha y de izquierda, trabajadores, presos, minorías. También Dina Boluarte. El límite del respeto a las personas no puede negociarse. No sin acelerar el deterioro de nuestros ya precarios límites morales.

Los ataques físicos deben ser reconocidos como tales, vayan en la dirección que vayan, tengan la connotación que tengan y sea quien sea responsable por ellos.

La confrontación de Bárcena

Segundos antes que Ilaria Aimé pierda los papeles y se lance a las espaldas de Boluarte, Ruth Bárcena había quebrado el cerco de seguridad de la presidenta. Ella increpó a Boluarte cara a cara por las muertes de Huamanga. Ruth Bárcena no la tocó. La confrontó. No tenía en sus manos más que palabras, su testimonio levantado como un muro.

Un agente de policía intervino y la sacó de la escena. Ella declaró en una delegación policial y fue puesta en libertad. Boluarte es funcionaria en ejercicio; Bárcena no fue a buscarla, la encontró en un evento público por Huamanga. Lo que hizo representa un acto de protesta. La Policía no violó la ley al contenerla. Ella no la violó al confrontar a la presidenta.

La sonrisa

Pero ¿por qué sonreía Boluarte? He visto los videos varias veces. Dulces de azúcar lanzados al aire simulando una fiesta en medio de una muralla humana de protección. Una sonrisa vacía de contenido. Nadie sonríe con ella. La escena resulta macabra porque se monta en Huamanga, una ciudad en la que murieron 10 de las 50 personas asesinadas en las protestas de DIC22 y ENE23. Allí debería pedirse perdón, allí debería ensayarse alguna forma de duelo compartido, allí habría que promover el consuelo. Pero Boluarte sonríe. Lanza al aire dulces de azúcar y sonríe. Como si fuera una niña.

Quizá Boluarte sonreía para una foto. Para crear una imagen tan arbitraria, tan irreal como la que creó con Biden y con el papa. Boluarte intentando multiplicar las escenas de la realidad virtual que intenta crear. Sonreír dentro de un mundo que construye sobre fundamentos de papel. Donde la memoria se reemplaza por un álbum. Sonreír en el centro de una falsa realidad vigilada.

La fantasía que estaba ensamblando Boluarte se quebró cuando Bárcena entró a la escena y la confrontó. Pero Boluarte sostiene la sonrisa. Ilaria Aimé arremete por la espalda y le tira de los cabellos. Boluarte intenta sostener la sonrisa.

La sonrisa no debe quebrarse solo porque lo real la confronte o le tire de los cabellos.

Resulta imprescindible concentrarse en la foto. Sostener la sonrisa.

Desenlace

Ilaria Aimé fue madre de Cristopher Ramos, un adolescente de 15 años que trabajaba en el cementerio de Huamanga. No estaba protestando. Fue asesinado por un disparo por la espalda en las inmediaciones del lugar en que trabajaba. El esposo de Ruth Bárcena, Leonardo Hancco, trabajador, sí decidió unirse a las protestas. No efectuó ningún disparo, pero murió cuando una bala atravesó su cuerpo.

Aún así el jalón de cabellos de Ilaria Aimé, nos guste o no, rebasa los límites del derecho a protestar. Es una falta. La falta se llama “maltratos” y puede ser castigada con servicios comunitarios. Pero solo puede ser llevada a proceso si Boluarte presenta cargos y concurre a una audiencia en Huamanga a sostenerlos.

Ruth Bárcena es ahora una activista en el movimiento de defensa de los derechos de las víctimas y los deudos de la represión a las protestas de DIC22 y ENE23. Refiriéndose a Leonardo nos corrige:“Él no murió. Lo mataron”.

La confrontación de Bárcena no es un delito ni una falta. Encarar a una autoridad por algo como lo que sucedió en DIC22 y ENE23 sin tocarla representa un acto de protesta.

Después de estallidos como los que se registraron durante esos meses pasan cosas. Los actos de violencia física directa no solo generan víctimas. Modifican el curso de vida de muchas personas; los familiares de quienes han muerto, los que resultaron heridos, los agentes de seguridad, policías o militares de cualquier grado, no todos los cuales pueden o querrán siempre sostener la negación que ensayan algunos sectores. De inmediato se organizan movimientos y redes de solidaridad. También colectivos negacionistas. Se genera un lenguaje de memoria, que en este caso aterriza en historias de vida, en rostros, en demandas de una justicia que aún no llega, que tarda en llegar. Se generan también discursos de odio, discursos que intentan justificar los crímenes cometidos, mantenerlos impunes.

Después de la escena de los dulces de azúcar, el 21ENE ‘La Resistencia’ atacó la muestra De qué color son tus muertos, un ejercicio fotográfico en el que un grupo de actores y personalidades de la comunicación aceptaron representar en imágenes a las víctimas de DIC22 y ENE23. Los atacaron cuando los deudos y los activistas de la muestra iban a reunirse. Arrancaron fotos de la pared, como quien intenta arrancar de la vida un pedazo de memoria.

Las Fiscalías, ahora en reforma, deberían armar un equipo especial que investigue lo que representan estas agrupaciones antes que la violencia que despliegan termine de desbocarse.

Hablamos sobre una violencia que nos impregna.

Debemos contenerla.


lunes, 15 de enero de 2024

Seguridad y ciudadanía

Publicado en El Comercio el 15/01/2023

Las economías criminales

El tráfico ilegal de oro, madera, tierras, personas y el largo etcétera con el que cohabitamos está generando una enorme demanda de servicios y negocios violentos. Además del resguardo privado, hablamos de secuestros, extorsiones e incluso la eliminación física de personas.

En las zonas de influencia minera la disputa por el control de zonas de extracción ha llegado al socavón, como muestra la masacre de Pataz. En Tarapoto hoy mismo hay 20 comuneros de origen kichwa refugiados después del asesinato del apu Quinto Inuma, uno de los ya casi 40 defensores de la tierra que han muerto en manos de traficantes. En zonas como La Pampa, en Madre de Dios, donde se ha identificado casi 600 dragas de extracción clandestina de oro operando, las víctimas de crímenes violentos ni siquiera se cuentan.

En estas condiciones es imposible pretender que tengamos “una” crisis de seguridad. Tenemos muchas crisis consolidadas hace ya bastante tiempo y otras varias en formación y plena expansión. Por eso hablar de seguridad entre nosotros no supone “un” plan, sino una malla de planes convergentes que deben tener como eje central la protección de la ciudadanía, urbana y rural, no solo la de las ciudades, y principalmente no solo la de Lima.

La cuestión sobre la seguridad es solo un aspecto de la enorme lista de problemas que caracteriza a nuestro país: el sentido de la ciudadanía; las relaciones entre las personas y comunidades con las autoridades; la permanente ausencia del Estado y esa incapacidad que estamos cultivando para desarticular instituciones, para profundizar su incapacidad operativa.


La inseguridad en que vivimos es un subproducto de ese Estado de escaso alcance y del peso que tienen las economías ilegales en las áreas en que su ausencia deja casi todo en el vacío. El vacío de autoridad que predomina entre nosotros es un terreno fértil para mafias armadas que pueden encontrar aquí clientes, márgenes altos de ganancia, oportunidades de lavado y bajos riesgos de interdicción policial.


La justicia

Los tribunales tienen aquí un papel fundamental. De ellos depende nuestra percepción de lo justo conforme a ley y de las penas como consecuencia del delito. Sin embargo, un sistema que pierde capacidad de imponer castigos efectivos por falta de espacio (tenemos casi 100.000 personas en prisiones diseñadas para 45.000) o que no puede vigilar a casi a nadie porque no tiene tobilleras electrónicas, pierde incidencia. Un sistema que promueve la impunidad de determinadas formas de violencia alimenta otras.

Un sistema que se concentra en asuntos inviables o de escaso rendimiento institucional depreda sus recursos.

La justicia es un recurso escaso. Por cada caso que llega a los tribunales, uno queda fuera. La persecución penal debe administrarse y la Constitución ha entregado esa administración a las Fiscalías, que eligen qué perseguir, cuándo hacerlo y con cuántos recursos debe procederse. De eso trata la política de persecución del delito, que las Fiscalías tienen a su cargo.

La responsabilidad es enorme. Y ella explica por qué las leyes hacen depender la investigación policial del delito de las directrices que deben impartir las Fiscalías. La fiscal Barreto pudo, en su día, pedir que se organice el equipo especial que investigó a Pedro Castillo porque esa responsabilidad existe. Estas relaciones requieren ajustes, como tantas otras que se desarrollan al interior del Estado. Pero esos ajustes deben estar dirigidos a profundizar la cooperación dentro del sistema, no a convertirlo en coto de caza o en área de disputa, como lo puede convertir una reciente reforma impulsada por el Gobierno en esta materia.

En este marco, el que conforman justicia y seguridad, el mensaje más claro que recibe la ciudadanía proviene del retraso; de la enorme cantidad de tiempo que toma obtener una condena que ponga en prisión a los autores de un hecho violento. El sistema legal ha ideado frente a esos asuntos, procedimientos rápidos para casos descubiertos en flagrancia. Pero la represión de crímenes en flagrancia solo es posible si sus autores son intervenidos mientras están cometiendo el delito. De poco sirve una cámara de seguridad instalada en una peluquería o en las vías públicas si frente a los monitores no hay alguien que pueda movilizar de inmediato un escuadrón de intervención rápida capacitado para tomar el control de la escena del crimen.

Aquí el esfuerzo que están haciendo algunas autoridades locales por enlazar los equipos de serenos con las comisarías debe resaltarse. Pero en Lima Surco o San Isidro siempre podrán alcanzar mejores resultados de coordinación que los que se logra en las zonas más pobres de Lima Norte o en los distritos de Andahuaylas.

Sin un fondo que permita nivelar esfuerzos más que resolver problemas de seguridad aquí podemos terminar profundizando desigualdades explosivas.

La protección a personas

No solemos hacer esta asociación en nuestro medio, pero la seguridad no es un asunto que dependa solo de castigar culpables. Es también, y antes que eso, una cuestión que depende de nuestra capacidad para proteger personas.

Proteger personas es algo que solo se logra poniendo a disposición de las víctimas de violencia y los testigos de hechos de violencia mecanismos públicos de protección y soporte. Supone que esos mecanismos tengan rostro humano y presupuestos públicos que los hagan sostenibles. Se trata de mecanismos que deben poder expandirse a favor de quienes están bajo amenaza o expuestos a ataques y que estén reforzados por una política de comunicación que multiplique su impacto y alcance.

Nosotros no tenemos un sistema de protección que satisfaga estos requisitos. Prácticamente no tenemos ninguno. Tenemos órdenes judiciales de restricción y alejamiento que están a disposición de mujeres expuestas a casos por violencia familiar o sexual. Tenemos Fiscalías para casos por trata de personas que hacen enormes esfuerzos por rescatar víctimas esclavizadas. Los escasos recursos que dedica el Estado a proteger niños y mujeres expuestas a violencia y al tráfico de personas son exiguos. Tienen muy escaso alcance. Y casi no existen fuera de determinadas ciudades. No tienen ninguna aplicación para personas que una mañana reciben un sobre con una carta extensiva, una foto de sus hijos saliendo del colegio o una bala.

Colofón

Estamos expuestos. Pensar en seguridad como si fuera un problema aislado de nuestro entorno es absurdo. Planear acciones sin considerar lo que nos falta es alentar fantasías ineficientes.

Volvemos al punto de origen. Como ocurre casi en todo lo que vale la pena discutir entre nosotros, pensar en seguridad es también pensar en ciudadanía.



domingo, 7 de enero de 2024

De nuevo, sobre la justicia

La semana que termina, el Gobierno ha convocado al Consejo para la Reforma de la Justicia. El Consejo es una mesa que se estableció en 2019, luego del escándalo que representaron los CNM audios. En teoría, el Consejo debería haber sido una mesa permanente de coordinación sobre políticas relacionadas con los tribunales, las fiscalías y las cárceles. Los objetivos: proteger personas, reparar daños, asegurar que las obligaciones se cumplan y sancionar a quienes infringen la ley. Sobre estas cosas trata la justicia. Pero la mesa quedó inactiva, como tantas otras cosas, en tiempos de Castillo. Simplemente no se reunió más.

Se retoma ahora, con un Gobierno y un TC enredados en el desacato a la Corte IDH del caso Fujimori. Se le convoca a días de que el Gobierno decidiera usar las facultades legislativas que le dio el Congreso para crear tensiones innecesarias entre policías y fiscales en torno a las competencias que comparten para investigar delitos. Se le retoma en un ambiente marcado por las muertes impuestas durante las protestas de DIC22 y ENE23 y por las secuelas del caso Benavides; con un presidente del Congreso que hace muy poco impulsó una ley sobre prescripciones en su propio beneficio; con una extensa lista de congresistas bajo investigación fiscal y una mayoría en el Congreso que mantiene en ebullición el reciente intento por intervenir la JNJ.

El ruido se siente y es imposible no tomarlo en cuenta.

Pero aún así es mejor reinstalar el Consejo que mantenerlo fuera de la escena. Una mesa de debates públicos sobre la justicia representa una oportunidad, incluso en las enmarañadas condiciones en que estamos viviendo. Es que fuera de las grandes controversias que ocupan las primeras planas de los diarios hay una lista enorme de cosas vinculadas a la justicia sobre las que necesitamos respuestas, cosas que se refieren a nuestros derechos cotidianos.

La justicia no es solo una cuestión de grandes titulares. También es un espacio en el que deberían estarse resolviendo las disputas que se generan en los lugares en que vivimos. Es el espacio en que deben administrarse los recursos con los que debemos contar para proteger a mujeres, niños, ancianos y minorías expuestas; el espacio en que deberían discutirse las consecuencias de incumplir obligaciones y deberes o de violar la ley. La justicia se define en base a las relaciones directas que hemos perdido entre ciudadanos, policías, fiscales y jueces, a los que ahora apenas conocemos en persona. La justicia es o debería ser parte del tejido en que se construye la ciudadanía, parte de la infraestructura institucional que debemos reconstruir.

Es ahí, en el espacio en que vivimos, donde debemos instalar la cuestión sobre la justicia.

En un contexto de baja representación como el nuestro resulta imprescindible acompañar el proceso desde los espacios colectivos que la sociedad mantiene abiertos: universidades, gremios empresariales y comunitarios, sindicatos, asociaciones barriales y regionales. Si las autoridades van a hablar sobre justicia, entonces nosotros debemos hablar también: Tenemos cerca o somos personas que necesitan protección; celebramos a diario transacciones y no todas se cumplen; vivimos en barrios o zonas rurales en las que se viola la ley sin consecuencias; no conoceremos a nuestros jueces, a nuestros fiscales y a veces ni siquiera a nuestros comisarios. Nos sentimos expuestos y no siempre tenemos cerca a una autoridad a la que podamos reclamar confiando en que obtendremos algo que nos sirva a tiempo.

La justicia es un espacio que nos falta. Uno que tenemos que aprender a construir en lo cotidiano. En nuestra forma de abordar la vida en común.

De esto hablamos cuando hablamos de justicia.

domingo, 24 de diciembre de 2023

La levedad de nuestra memoria

Publicado en El Comercio el 24/12/2023

El equipo que ha desmontado el aparato de influencias de la fiscal Benavides es el mismo que desmontó hace solo un año la red de corrupción de Pedro Castillo. Recordar eso debería haber bastado para que determinados sectores de nuestro colectivo político tomaran las cosas de otra manera. La fiscal Benavides, por ejemplo, podría haber hecho por sí misma lo que tantas veces se le pidió hacer a Castillo; apartarse del puesto mientras se despliegan las investigaciones sobre su entorno. Una renuncia oportuna, un “hacer lo que antes dijimos que debía hacer el otro”, nos habría ahorrado la pesada carga que nos está dejando esta crisis sobre los hombros. Nos habría permitido además registrar una señal de consistencia que ahora extrañamos.

No tiene sentido pretender que una regla jurídica, política o moral existe si no somos capaces de sostenerla cuando sus consecuencias dejan de estar emparejadas con nuestras preferencias subjetivas.

Pasemos las cosas en limpio. Nadie ha destituido a Patricia Benavides. Nadie la ha condenado como culpable de los delitos que ahora está revelando el señor Villanueva, su principal asesor, su operador político. Suspenderle ha sido necesario porque le tocaba renunciar y no quiso hacerlo. Y le tocaba renunciar porque la fiscal de la Nación no debe seguir en el puesto mientras se investiga a su entorno.

A Castillo le habría ido menos mal si hubiera renunciado en lugar de ensayar un golpe de Estado que, visto en perspectiva, parece más bien una pésima coartada narrativa para justificar la fuga que intentó y no pudo perpetrar. Castillo no quiso irse del cargo a tiempo y multiplicó el tamaño de la crisis que lo condujo a prisión. Haciendo un bucle impresionante, la señora Benavides removió a la fiscal Barreto como Castillo quiso remover a Harvey Colchado, y una mayoría en el Congreso intenta aún cerrar la JNJ como Castillo quiso cerrar el Congreso y la Fiscalía.

Y en paralelo los defensores de la señora Benavides repiten fórmulas que ya vimos adoptar a los defensores de Castillo: “el caso está sostenido solo por medios parcializados”, “los dichos de los delatores son solo dichos”, “no hay pruebas que respalden los cargos”, “el procedimiento está viciado”. En sus ideaciones personales, Castillo cree que debe volver a la Presidencia y la señora Benavides cree que debe volver a la Fiscalía de la Nación. Ninguno nota, tampoco quienes les respaldan, que una magistratura no se sostiene con base en ideaciones personales o acrobacias legales. Se sostiene en un factor que parece estar cada vez más ausente en la escena: la legitimidad, esa condición que se construye generando mallas de relaciones transparentes basadas en acuerdos sobre asuntos de interés público.

La exhibición del desaprendizaje impresiona.

Sin embargo, lo más amargo del sabor que está dejando esta crisis está en la forma en que exhibe la levedad que ha adquirido nuestra memoria.

La cuestión es seria. Resulta que la justicia, otra construcción que parece irse borrando de nuestra escena, supone la formación de memorias colectivas. Se construye sobre ellas. Los tribunales son justos si toman decisiones basadas en la jurisprudencia, que es la memoria del sistema legal. Las expectativas sobre la justicia se construyen en función de historias de vida o de casos legales ya concluidos. La legitimidad de los jueces proviene de que sepamos quiénes son, es decir, quiénes han sido. El castigo funciona porque lo recordamos. Difícil entonces aspirar a un mínimo de justicia si no somos capaces de organizar nuestras memorias como referencia para elegir lo que decimos y definir lo que esperamos. La justicia es imposible sin acumular memorias colectivas.

Y eso es algo que no estamos haciendo.




domingo, 10 de diciembre de 2023

Doblar la apuesta

Publicado en La República el 10/12/2023

Los hechos muestran que la idea original era cercar al sistema entero con una orden nueva de la justicia constitucional que reeditara el indulto sin dejar espacio para ninguna interferencia de los jueces de ejecución penal, que lo anularon en el 2018 y le han mantenido en prisión bajo la suspensión de efectos del indulto establecida finalmente por la Corte IDH en abril de 2020. La Fiscalía, entrampada como está en la peor crisis interna de estos años, no tiene papel que jugar en esta historia. Cercar a un Gobierno que vive cercado debe haber parecido sencillo.

Pero había prisa. El caso debía producir consecuencias antes que la Corte IDH pudiera reaccionar. Una vez liberado, con 85 años y la salud deteriorada, volver a ponerlo en prisión sería más difícil. El forcejeo y el apresuramiento quedaron en evidencia por los errores cometidos en un proceso que fue desarrollado a velocidad de vértigo. Nadie anticipó que el juez Fernández Tapia, en Ica, rechazaría la instrucción que tres integrantes del TC le impartieron públicamente. Alguien olvidó que las decisiones del Pleno del TC deben ejecutarse por el propio Pleno, el tribunal que dictó la sentencia, no por una mayoría. Y alguien olvidó también que antes de ordenar libertades los tribunales deben registrarse en el INPE.

Al final los errores abrieron el espacio que se quería evitar: la Corte IDH (presidencia) alcanzó a ordenar la suspensión del procedimiento el mismo DIC05. A partir de ese momento, el control del desenlace pasó a manos de un Gobierno que, al comenzar la historia, no tenía más papel que el de un simple espectador circunstancial de la escena.

La noche de DIC05 el Gobierno estaba en perfecta posición para llevar la historia a un final distinto. Bastaba con registrar la notificación de la orden de suspensión de la Corte IDH (presidencia) para parar las imprentas y cambiar los titulares. De hecho, la última resolución del caso era esa, la de la Corte IDH, no la de los magistrados del TC.

Entonces el Gobierno decidió jugar el juego del desacato. El argumento sobre la supuesta falta de fuerza vinculante de las decisiones de ejecución de la Corte ha sido escrito para cierta parte de la tribuna. Pero no está en el arsenal de razones que pueden explicar por qué alguien como Alberto Otárola, que se formó con Enrique Bernales, un experto en DDHH, elige esa ruta. Imposible dejar de notar que el Congreso tiene que tomar una decisión sobre la denuncia que le relaciona con las muertes de diciembre del año pasado y enero del presente. Entonces eligió el desacato y tomó por rehén al rey de las piezas naranja del tablero.

El siguiente round de esta pelea puede mostrar una aparente danza de guantes blancos entre el fujimorismo y el Gobierno. Esa danza podrá sostenerse mientras se organizan posiciones para la audiencia sobre el desacato que convocará en cualquier momento la Corte IDH. Pero después de la audiencia las cosas pueden dar una nueva voltereta. Defender un desacato ante la Corte a la que se ha desobedecido es imposible. Representa una derrota anticipada. Si el fujimorismo quiere mantener libre a su fundador necesitará más que la inmolación del abogado que, a nombre del Estado, pondrá la cara al papelón que viene.

Doblar la apuesta. Carmen Mc Evoy usa esa construcción para describir la mecánica absorbente de las guerras civiles, en las que se arriesga todo. La libertad de Alberto Fujimori obligará al fujimorismo a doblar la apuesta. Lo que no queda claro aún es qué se pondrá esta vez sobre la mesa.   




domingo, 26 de noviembre de 2023

El péndulo del capricho

Publicado en La República el 12/11/23

La suspensión que las fiscalías acaban de imponer al fiscal Vela representa un portazo. Es alejarlo del cargo por 8 meses. Son los 8 meses en los que se definirá el final de uno de los juicios más difíciles de esta saga, el que se sigue contra Ollanta Humala y su entorno. Son además los 8 meses en los que debe empezar el juicio contra Keiko Fujimori y otros, un caso aún más complejo que el primero. Son 8 meses clave para estos dos casos. Pero son además los 8 meses en los que deben definirse las condiciones en que se desarrollará el que debería ser el último periodo del complejo proceso anticorrupción que Vela inició en julio de 2018, cuando tomó la dirección de los casos Odebrecht.

Ese último periodo debe empezar cuando terminen estos juicios. La suspensión es entonces absolutamente inoportuna, salvo que la Fiscalía haya decidido obsequiarle ventajas injustificadas a la defensa. Desarmar el equipo en un momento clave como este representa una abdicación. Es como cambiar de piloto a mitad de una curva acelerada. No hay manera de encontrar en esto una decisión útil para la lucha anticorrupción. Le sirve a la defensa. Encuentro eso indiscutible y sumamente grave.

Pero además esta suspensión contiene un detalle adicional. Tiene la forma de un capricho. Nadie podrá convencerme de que una declaración pública hecha hace años sobre un caso en particular puede justificar que se castigue a un fiscal; menos a uno que tiene un encargo tan delicado como el que tiene Rafael Vela. Castigarlo de esta manera por haber criticado un fallo judicial en un caso en el que trabajó su equipo es un acto de censura. Y la censura es intolerable en magistraturas autónomas como las que se encargan de perseguir delitos.

Solo por haber aprobado esta suspensión, su autor, el señor Fernández Jerí, debería ser removido del cargo de inmediato.

La cuestión es que por simple capricho se procedió ya contra la fiscal Ávalos, inhabilitada por el Congreso. También por capricho el Congreso intenta intervenir a la JNJ. Y por un capricho el Minjus ha suspendido al procurador Soria. El capricho ya no parece ser solo resultado de un exabrupto que podríamos corregir con un amparo. Se está convirtiendo en un procedimiento de uso frecuente que releva algo muy grave: La instalación de un dispositivo que confirma el poder de quien lo usa exhibiendo deliberadamente la falta de fundamentos de sus decisiones.

En teoría una decisión pública debe fundamentarse; debe ser el resultado de un proceso reflexivo que se hace legítimo por la manera en que se conecta con buenas razones. Las decisiones que se imponen sin apoyarse en verdaderos fundamentos contienen un mensaje perverso. Muestran que su autor no quiere mostrarse como una autoridad legítima, sino como un personaje con poder y punto. Quien toma decisiones como estas elige asuntos banales como una declaración antigua solo para que quede claro que hace lo que hace porque quiere hacerlo, no por que esté cumpliendo con algún deber o alguna regla o intentando alcanzar un objetivo de interés público. Hablamos de decisiones privadas disfrazadas de públicas.

Imposible dejar de notar que cuando se consolidan, las maquinarias basadas en el capricho no se detienen, se expanden, mutan de dirección sin que haya control alguno que pueda detenerlas. Ayer fue la fiscal Ávalos, hoy es el fiscal Vela, mañana puede ser el presidente del BCR o el contralor general o el superintendente de Banca y Seguros; cualquiera.

Si aceptamos lo que está ocurriendo ahora dejaremos que ese dispositivo termine de instalarse entre nosotros. Permitirlo nos expone irremediablemente. También a quienes ahora mismo están aplaudiendo la suspensión.

El capricho se comporta como un péndulo. Uno que necesitamos detener con urgencia, antes que termine devorándonos.




domingo, 12 de noviembre de 2023

Punto de inflexión


Como van las cosas, el caso de la JNJ puede terminar marcando el borde que define lo que el Congreso no puede hacer.

En la semana que termina, el caso ha llegado a lo que parece ser un punto de no retorno. El Pleno fue convocado para votar el informe por la destitución de quienes integran la JNJ. La JNJ optó por pedir protección judicial. La razón: un caso ambiguo (por decir lo menos) como el que ensaya el Congreso necesitaría una ley previa para proceder y esa ley no existe.

La destitución del CNM, acordada a mediados de 2018, se basaba en delitos y los delitos están listados en el Código Penal. En el caso de la JNJ, el Congreso pretende probar faltas que no aparecen en ninguna ley previa y esa razón basta para inhabilitar cualquier procedimiento.

El Judicial concedió la protección solicitada y mandó dejar en suspenso los cargos. El Congreso pidió la intervención de la Fiscalía y la Fiscalía no tuvo mejor idea que abrir una investigación penal contra los jueces que emitieron la orden. Enorme error. Los jueces tienen una protección constitucional reforzada que está expresamente consagrada en la Constitución (artículo 139.2). Por este camino, la Fiscalía ha terminado perpetrando una infracción a la Constitución que le pasará factura en algún momento.

El miércoles el Congreso anunció que apelará la orden judicial que detuvo el proceso contra la JNJ. Pero esa apelación debe ser resuelta por la Corte Suprema. Una Corte cuyo presidente puso públicamente en ridículo a la Comisión de Justicia del Congreso hace muy poco por este mismo caso. En el origen de esta historia el Congreso quería destituir a la JNJ porque un medio, Willax, sostuvo que tres de sus miembros intentaron presionar al Judicial para que publique un comunicado sobre el caso Ávalos.

Nadie le había preguntado a nadie si esto era cierto o no. Llamado a declarar, el presidente del Judicial negó las presiones y llamó la atención al Congreso por basarse en un “chisme”. Esta parte de la historia quedó hecha cenizas.

Quizá notando el bucle, la Procuraduría del Congreso le ha pedido al Tribunal Constitucional que la rescate de este entuerto. La coartada: una sentencia sobre límites impuestos al Judicial que el TC emitió en febrero de 2023. Pero aquí el error es evidente. En febrero de 2023 el caso contra la JNJ no había comenzado.

La sentencia no menciona el caso y era imposible que lo hiciera porque no existía. No imagino al TC estirando la sentencia para sacar al Congreso del fiasco. Tendrían que declarar que ella dice lo que no tenía cómo decir. Y eso, falsear el contenido de sus propios fallos, es algo que el TC no ha hecho hasta ahora.
Sin salidas aparentes, el caso del Congreso contra la JNJ navega por mares semejantes a los que llevaron a nada las investigaciones sobre el falso caso del fraude en mesa y el caso sobre traición a la patria que intentaron contra Castillo.

A diferencia de lo que ocurre con las leyes, donde andan todavía desatados, el Congreso quedaría confrontado por tercera vez con su incapacidad de armar casos legales desde el simple capricho.
Aun así, el caso ha tenido un efecto paralizante sobre las tareas que la JNJ debería estar cumpliendo. Difícil aceptar que las escasas energías institucionales que tenemos acaben desviadas de sus propósitos constitucionales por banalidades como las que parecen inspirar el comportamiento del Congreso en esta historia. El daño ha sido hecho, aunque el límite haya quedado expuesto.

El caso de la JNJ trata sobre nuestros votos. Pero ahora trata también sobre nuestra necesidad de contar con tribunales que nos protejan y se hagan respetar en esa tarea.

Necesitamos esos tribunales. No podemos perderlos.

El acoso a las instituciones debe detenerse.