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domingo, 1 de noviembre de 2020

Primicias y respaldos



En su última contribución titulada “Cuando de los fiscales depende tanto” (Ideele 294), Luis Pásara pone la mirada sobre la considerable cantidad de tiempo durante el que determinadas fiscalías retienen en sus manos casos que deberían ser expuestos a un juicio. Claro, un juicio siempre puede perderse o ganarse. Entonces, deliberada o no, la retención de casos en investigaciones inacabables crea una falsa imagen de influencia o poder que puede estar alterando el sentido de las cosas.

Pásara se detiene especialmente en dos casos: Pérez Miranda (41 meses en prisión sin acusación) y Martín Belaunde (60 meses). En ambos el retraso ha intentado ser cubierto por prisiones preventivas como falso reemplazo de verdaderas condenas. Un sustituto tan malo, por cierto, que termina desvaneciéndose en el tiempo. Pero 60 o 41 meses en prisión no son poco tiempo, si pueden alcanzar a personas que merecen ser protegidas institucionalmente.

La disfunción detrás del reemplazo es innegable. El deber del Ministerio Público supone presentar acusaciones, no legitimar su actividad en base a las estadísticas sobre prisiones preventivas y listados de casos que subsisten solo porque permanecen en las fiscalías. El reemplazo del que hablamos afecta la medición de resultados de una entidad que, es preciso no olvidarlo, tiene a su cargo la administración de un recurso tan sensible como la persecución del delito.

De hecho una distorsión como esta debería ser controlada y bloqueada por el judicial. Pero Pásara observa que para contener ese potencial bloqueo algunas fiscalías estarían acudiendo a los medios. Y lo estarían haciendo no en un formato abierto basado en conferencias de prensa y vocerías oficiales, sino en uno que él reconoce como basado en simples y puras filtraciones dirigidas y acaso respaldadas por alguna especie de canje; “primicias contra respaldos”. Como Pásara lo ve, ese canje persigue tejer corrientes de opinión que cerquen a la judicatura, que debería atajar estas prácticas. El resultado es el adelgazamiento del espacio por el que estos procedimientos podrían, y en muchos casos deberían, ser controlados por el judicial.

Creo que el judicial no debería permitirse el lujo de ser cercado de esta manera. No tiene sentido que lo permita. Es innegable que más de una vez ha roto el cerco. Lo hizo cuando, más allá de cualquier preferencia, revocó las detenciones preliminares del caso Swing. Pero la distancia de criterio que exhibió en ese caso no parece representar una tendencia dominante. El judicial debería distanciarse más de las fiscalías, porque en estos asuntos la unanimidad es sospechosa. Un judicial que acepta demasiadas veces los pedidos que le hace la fiscalía, en principio, podría no estar agregando a estos procesos el valor que ofrecen el balance y el control de la persecución penal basados en derechos.

Pásara tiene razón cuando observa que estamos tolerando colectivamente una práctica de filtraciones de hechos bajo investigación oficial como si fuera neutra en sus resultados. No lo es. Es más bien una distorsión cuyas consecuencias deberíamos comenzar a revisar seriamente. La información sobre investigaciones oficiales constituye un bien público que no debe ser asignado en atención a preferencias subjetivas. En las prácticas oficiales existen además una serie de procedimientos, como las ruedas de prensa, que permiten que una oficina pública abra su información al mismo tiempo a medios que representan distintas tendencias y que sin duda difundirán las cosas desde enfoques distintos.

Que la información salga al público no es el problema. El problema está en la carga subjetiva que impregna el formato de estas filtraciones que estamos tolerando.

Demasiado importante para pasarlo simplemente por alto.


Publicado en La República, el primero de noviembre de 2020.



martes, 28 de abril de 2020

Las prisiones




DEPENDE DE LAS FISCALÍAS PODER SACAR DE  PRISIÓN AL MENOS A BUENA PARTE DE LAS APROXIMADAMENTE 36 MIL PERSONAS QUE ESTAN BAJO PRISION PREVENTIVA

El miércoles 22, el ministro Fernando Castañeda anunció que el programa de indultos del Ejecutivo alcanzaría a tres mil personas. Es un anuncio importante si tenemos en cuenta que los programas de indultos de la Comisión Lanssier y de la Comisión Especial de 1991 anduvieron por debajo de 500 beneficiados, y que los beneficiarios de esos programas fueron elegidos en plazos bastante menos apremiantes que los que tenemos ahora. Pero aun siendo evidente el esfuerzo, la medida tiene un alcance limitado si atendemos a las dimensiones del problema de hacinamiento que exhiben las cárceles.

Hablamos de 90 mil personas en prisiones que tienen una capacidad
de albergue medida para tiempos normales para 35 mil. Son más de 50 mil personas en exceso, midiendo la capacidad de las prisiones sin considerar las reglas sobre distancia obligatoria. Esas condiciones equivalen a que encerráramos a 100 mil personas en dos estadios del tamaño del Estadio Nacional en este momento, a casi mes y medio del inicio de la cuarentena.

Estamos perdiendo un tiempo valioso y no alcanzaremos resultados mínimos si no generamos un programa complementario que, con medidas distintas al indulto, alcance al menos a 15 mil beneficiarios.
Excarcelar a tres mil personas por medio de indultos es un buen comienzo. Pero los indultos no pueden ser la única medida por adoptar en este momento.

Para elevar la cifra de beneficiarios de 3 mil a 15 mil necesitamos un actor adicional: el Ministerio Público. Depende de las fiscalías poder sacar de prisión al menos a buena parte de las aproximadamente 36 mil personas que están bajo prisión preventiva o parte de las seis mil condenadas a prisión por períodos de corta duración (cifras a diciembre del 2018). Nuestras prácticas procesales no han previsto con claridad que las fiscalías puedan retirar pedidos que ya han ganado en los tribunales sobre estos asuntos, pero no encuentro obstáculos serios que impidan hacerlo. Menos en medio de una emergencia como la que tenemos ahora. De hecho, en el caso de las prisiones preventivas que se levanten, los procedimientos de fondo van a continuar. Y en cualquier caso los listados de la fiscalía deberán ser controlados por el judicial, incluso aunque sean presentados en bloque.

Si las fiscalías aceptaran levantar el 30% de las prisionespreventivas que han ganado y de la mitad de las condenas efectivas cortas obtenidas, el programa completo podría alcanzar un impacto cinco veces más alto que el trazado por el Gobierno.

Un programa de este tipo daría otro marco de referencia a los pedidos “caso por caso” que se están haciendo ahora desde las defensas. Con un plan que alcance 15 mil beneficiados, las defensas mantendrían el derecho a cuestionar la no inclusión en las listas de determinadas personas. Los tribunales podrían revisar correcciones puntuales a un programa en marcha, pero esto es muy distinto a intentar manejar la crisis “caso por caso”.

El actor principal de este proceso, además, pasaría a ser el Ministerio Público.

En los últimos días, la fiscalía anticorrupción anunció que no atendería la audiencia de uno de los casos individuales que se han planteado en este último tiempo porque no podía acceder a sus archivos físicos. La alerta debe ser tomada en serio. Debemos reconocerlo: las fiscalías y los juzgados dependen para operar de archivos de papel. Esto pone en evidencia un nivel de retraso tecnológico que hemos tolerado pasivamente como si no fuera importante. Pero tendremos que volver sobre eso luego. En este momento, lo urgente es contener las consecuencias del hacinamiento en cárceles antes que se multiplique el nivel de tragedia que está adquiriendo el manejo de la pandemia entre nosotros. Y si eso implica que los fiscales hagan una revisión de los casos a los que nos referimos “papel por papel” para generar soluciones con rendimiento sobre el sistema, pues entonces deberemos proceder “papel por papel”.

Son aproximadamente 42 mil personas sobre las que deben decidir entre 250 y 300 fiscalías en todo el país. Lima concentra probablemente el 30% de estos casos. ¿Cuánto tiempo puede tomar que esos fiscales accedan a sus despachos, con un solo asistente, en horarios escalonados que impidan la aglomeración; que tomen contacto con la defensa por correo electrónico o mensajes de texto cuando sea necesario, que preparen las listas de los casos de los que pueden desistirse y las presenten a tribunales autorizados a resolver usando decisiones sumarias? ¿Tres semanas? ¿Quizá seis?

Un esquema de este tipo puede producir resultados inmediatos a una velocidad razonablemente alta. Habrá que preparar campamentos transitorios para asegurarnos de que no se resuelva el problema enviando simplemente 15 mil personas a morir en casa o a contagiar a más personas. El programa entonces exige campamentos de apoyo. Y exige voluntarios para atenderlos.

No será sencillo. Pero podemos lograrlo si comenzamos de inmediato


Publicado en El Comercio el 27 de abril del 2020