LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD
Barrios Altos
Por César Azabache
Don
Javier Vila Stein, sin duda uno de los principales jueces de la Corte Suprema,
ha hecho pública su discrepancia con el modo en que la Corte Interamericana de
Derechos Humanos resolvió, en setiembre 2,012, el caso Barrios Altos. La cuestión,
que además lo distancia conceptualmente del Juez San Martín, trata sobre el
modo de utilizar en casos legales las reglas sobre los crímenes de lesa
humanidad. El Juez Villa Stein acepta que éstos crímenes corresponden a casos
en que una intervención violenta organizada por las fuerzas de seguridad del
Estado lesiona a personas que no expresan hostilidad alguna contra el orden
interno. Pero discrepa del el Juez San Martín y de la Corte IDH en el modo de
resolver uno de los asuntos difíciles que conforman el conjunto de zonas grises
que presenta esta construcción: ¿Cómo se resuelven los casos de error en la
selección del objetivo a ser atacado?
En el caso Barrios Altos el Juez
Villa Stein ha sostenido que las reglas sobre crímenes
de lesa humanidad sólo se cumplen cuando las fuerzas de seguridad organizan una
intervención violenta sabiendo que las víctimas que van a ser atacadas no son
hostiles. Las investigaciones sobre el caso Barrios Altos han confirmado que el
Grupo Colina se equivocó al elegir el inmueble a atacar y asesinó a civiles
indefensos, entre ellos un niño, cuando querían abatir a miembros de un grupo
de aniquilamiento de Sendero Luminoso. Para el señor Villa Stein el error,
aunque sin duda mantiene la responsabilidad por el delito, impide considerar el
hecho como un crimen de lesa humanidad. En contra, la Corte IDH y
el Juez San Martín sostienen que el error en estos casos es un asunto
irrelevante: Basta con que los perpetradores hayan demostrado que no les importó
confirmar la identidad o la hostilidad de sus víctimas para que las reglas sobre
los crímenes de lesa humanidad sean aplicables al caso. En situaciones de esta
gravedad, dirían, el error causado por el desprecio equivale a la peor de las
intenciones criminales.
He expresado más
de una vez mis discrepancias con la posición adoptada por el Juez Villa
Stein. Pero discrepar con él no me
permitiría adjetivar su teoría ni descalificarlo de plano. No sólo por que es
un Juez de la Corte Suprema y esto basta para tomar muy en serio sus opiniones,
sino además porque su posición corresponde a un debate que existe entre las
teorías legales realmente. Y se trata de un debate que, como ha de demostrado
Fernando Nieto Frías, no está cerrado y tiene además múltiples aristas aún más
complejas que éstas. Desde mi punto de vista estos asuntos no van a resolverse
en nuestro medio sino hasta que el Pleno de la Corte Suprema decida revisar
esta cuestión, y aún después habrá mucho por discutir. Pretender, como ha pretendido
el movimiento de derechos humanos, que el Juez Villa Stein sea investigado e
incluso destituido por pensar como piensa es absurdo.
Mi llamado entonces porque sea
el Pleno de la Corte Suprema el que defina la manera de abordar los problemas
que aún quedan por resolver en esta materia.
Publicado en El Comercio el lunes 14 de abril del 2014
Publicado en El Comercio el lunes 14 de abril del 2014
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