domingo, 26 de agosto de 2007

Lo que ahora le toca hacer a la justicia




Sobre lo que ahora hay que hacer
César Azabache Caracciolo

El fallo de la Corte Suprema de Chile cierra el debate sobre la legitimidad del proceso. Los tribunales chilenos han reconocido que el Estado peruano tiene derecho a sentar a Fujimori en el banco de los acusados. Lo que viene ahora es entrar ya al detalle de cada caso y volver a mirar las evidencias reunidas. Y es que no es lo mismo considerar justificado el proceso que considerar probados los delitos.

La prueba de un caso penal es un asunto de convicción. Hay diferencias de grado o medida entre lo que se requiere para llevar a alguien a juicio y lo que se requiere para condenarle. Si usamos la escala del uno al cien, podríamos decir que para llevar a una persona a juicio se requiere prueba como de cincuenta. Pero para condenarle, la prueba debe llegar hasta cien. La condena requiere la máxima prueba posible de un caso, y esta prueba sólo se alcanza cuando se lograr eliminar toda duda sobre la culpabilidad del acusado. Las reglas del procedimiento impiden condenar a alguien cuando existe por lo menos una razón seria para dudar de la acusación. Por eso las mismas pruebas que justifican llegar a juicio pueden, luego, ser consideradas insuficientes para apoyar una condena. Y es que los testimonios y las evidencias a veces parecen más fuertes en el papel que en el escenario de un juicio.

Ahora bien ¿cómo se prepara un juicio de este tamaño? Las leyes del procedimiento permiten que los casos sean reorganizados antes del inicio de las audiencias para simplificar las cosas. Podríamos entonces tener no siete, sino dos grandes juicios contra Fujimori: Uno por los casos de corrupción que se ha presentado en su contra (entre ellos, la indemnización a Montesinos antes de su fuga y el robo de los vídeos en poder de Trinidad Becerra) y uno por los casos sobre violaciones a los derechos humanos. En el caso de la indemnización de Montesinos y en el caso del robo de los videos se anuncia la presentación de evidencias directas sobre el comportamiento personal de Fujimori. Estos casos pueden ser, entonces, los más sencillos desde el punto de vista de las pruebas. En los casos sobre derechos humanos se anuncia un debate basado en evidencias indirectas o circunstanciales y se anuncia también un debate sobre las reglas de responsabilidad penal que deben aplicarse a un ex mandatario. Esto hace que estos casos sean relativamente más difíciles de sostener. El tipo de pruebas y las reglas en discusión hacen, entonces, una primera diferencia fundamental que justifica la separación de estos casos.

También hay diferencias en el debate sobre las indemnizaciones a discutir. En los casos de corrupción la indemnización que debe solicitar la Procuraduría se construye a partir del monto de fondos del tesoro desviados por Montesinos. En los principales casos de derechos humanos las indemnizaciones se organizan en función a las condenas que la Corte Interamericana ha impuesto al Estado y en las reclamaciones que víctimas de los casos no resueltos puedan demandar.

En los debates sobre los casos de derechos humanos probablemente la defensa de Fujimori va a sostener que las evidencias circunstanciales son insuficientes y que las declaraciones informales de los Colina, o las declaraciones de los colaboradores con la justicia no pueden ser usadas como pruebas. La Fiscalía en cambio deberá probar que la posición que ocupó Fujimori como Jefe de Estado hacía imposible que los crímenes se organizaran sin su intervención, autorización o aquiescencia. En los debates sobre indemnizaciones, en cambio, la defensa no va a poder negar la dependencia entre Fujimori y Montesinos, y esa dependencia es determinante para hacer al ex mandatario responsable por los daños causados.


Lo esencial ahora, es asegurarnos que el juicio sea organizado adecuadamente. Sería un desperdicio que el juicio contra Fujimori se convierta en una secuencia insufrible de audiencias que se agoten en la lectura de papeles imposibles de comprender. Este juicio debe ser un espacio de debate abierto a todos, porque lo que se discutirá aquí va a determinar el modo en que veamos en adelante asuntos decisivos para organizar el poder y la justicia en el Perú. 

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