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domingo, 7 de agosto de 2022

El destino de Pedro Castillo

La Corte Suprema admitió ya que la Fiscalía de la Nación puede investigar a un presidente de la república en ejercicio. Y dado que el Congreso no ha tenido el menor interés en definir las consecuencias legales de esta decisión, será también la Corte Suprema quien fije los límites y las herramientas legales con que cuenta la Fiscalía para hacerlo.

Por lo pronto, ha quedado establecido que esta puede disponer que la Policía organice a su pedido equipos especiales de investigación formados por los oficiales que ella escoja. Y, dejando al margen una ley que se aprobó en tiempos de la transición, la Corte ya estableció también que las detenciones preliminares son posibles en estos casos.

En estas últimas semanas entró en debate la posibilidad de suspender al presidente por decisión judicial. Esta alternativa entró en discusión luego que el propio Gobierno intentara desarticular de una manera u otra al equipo especial de la Policía que investiga al presidente en ejercicio. La salida del ministro González detonó la discusión. Y la negativa de la Fiscalía a aceptar los cambios que propuso el ministro Huerta cerró la escena al menos temporalmente.

La Corte Suprema admitió ya que la Fiscalía de la Nación puede investigar a un presidente de la república en ejercicio. Y dado que el Congreso no ha tenido el menor interés en definir las consecuencias legales de esta decisión, será también la Corte Suprema quien fije los límites y las herramientas legales con que cuenta la Fiscalía para hacerlo.

Por lo pronto, ha quedado establecido que esta puede disponer que la Policía organice a su pedido equipos especiales de investigación formados por los oficiales que ella escoja. Y, dejando al margen una ley que se aprobó en tiempos de la transición, la Corte ya estableció también que las detenciones preliminares son posibles en estos casos.

En estas últimas semanas entró en debate la posibilidad de suspender al presidente por decisión judicial. Esta alternativa entró en discusión luego que el propio Gobierno intentara desarticular de una manera u otra al equipo especial de la Policía que investiga al presidente en ejercicio. La salida del ministro González detonó la discusión. Y la negativa de la Fiscalía a aceptar los cambios que propuso el ministro Huerta cerró la escena al menos temporalmente.

La posibilidad de suspender al presidente por orden judicial ha tenido en estos días adhesiones y detracciones. Pero ha quedado instalada en el medio como una posibilidad si resulta necesaria. Por ahora el equipo especial de la Policía que investiga a Castillo se mantiene, aunque en medio de un equilibrio que aún es precario.

En todo caso la escena nos ha recordado que Castillo no tiene en la Corte Suprema la misma capacidad de maniobra que ha mostrado tener en el Congreso. Podrá bloquear procedimientos por vacancia, pero no tendría manera de impedir que la Corte le suspenda en base a una solicitud planteada por la Fiscalía en caso de necesidad y urgencia.

Castillo no puede ya interferir con las investigaciones de la Fiscalía sin exponerse a que ella pida su suspensión judicial a la Corte Suprema. Si las investigaciones continúan libres de toda interferencia, la Fiscalía puede terminar dando con el paradero de Silva y Vásquez, su sobrino, a quienes parece haber estado protegiendo, o más bien escondiendo.

En todo caso, si lo estaba haciendo, no puede hacerlo más. No sin exponerse a ser descubierto en flagrancia y a provocar su propia suspensión judicial o incluso su detención.

Quizá cuando ambos aparezcan el círculo se termine de cerrar. Pero entre tanto, la intensidad de las investigaciones solo puede multiplicarse y multiplicarse exponencialmente.

En una entrevista que publicamos ayer desde La Ley, Iván Meini, profesor de derecho penal y uno de los más destacados miembros del equipo de procuradores anticorrupción de la transición, notó que además de los prófugos de su entorno, los casos sobre corrupción que se están investigando tienen actores privados que aún no han tomado la palabra.

Para quienes no gozan de investiduras puede resultar más atractivo delatar a sus contrapartes públicas que exponerse a ser descubiertos e incluso detenidos. No debería sorprendernos entonces que la Fiscalía haya comenzado ya a ofrecer ventajas concretas a particulares que puedan entregar evidencias contra Castillo o quienes han formado su entorno, sea sobre corrupción o sobre interferencias.

Las posibilidades de desarrollo de las investigaciones puestas en manos de la Fiscalía de la Nación son aún enormes. De hecho, la única forma que tiene Castillo de librarse del rigor que representan estos casos es renunciar al cargo. Creo que no lo ha notado, pero su renuncia provocaría que la fiscal de la nación pierda competencia sobre él y quede obligada a entregar las investigaciones a una fiscalía provincial.

Por favor, no se lo digan.


Publicado en La República el 7 de agosto de 2022

domingo, 31 de julio de 2022

La suspensión judicial del presidente



Estamos en una crisis poblada de paradojas y trampas institucionales creadas por nosotros mismos. Una de ellas se refiere a la necesidad de adelantar las elecciones generales y depender de este Congreso para hacerlo. Otra a la necesidad de reimplantar el Senado y tener al fujimorismo, que lo desmontó en el 93, promoviendo la iniciativa.

Pero en la lista hay una de más urgente solución: haber creado una presidencia de la República protegida por una inmunidad casi absoluta para terminar descubriendo que ella también puede ser usada para montar redes de influencia e interferencia con la fiscalía.

El perfil de la crisis que tenemos delante requiere, sin duda, nuevas herramientas. La primera de ellas fue introducida ya por la Fiscalía de la Nación. Cerrando un ciclo que comenzó con el caso Vizcarra, el fiscal Sánchez abrió hace poco la primera investigación penal contra un presidente en ejercicio de nuestra historia. El judicial ha respaldado esa opción, aunque no tenga precedentes.

Sobre esa base la fiscal Benavides ha abierto una cartera de casos en contra de Castillo. El equipo de fiscales que designó para ello ha creado un protocolo que le permite elegir a los policías con quiénes puede trabajar sin interferencias ni filtraciones. Y Castillo no ha tenido mejor idea, su abogado lo ha confirmado, que reaccionar destituyendo al ministro que aceptó conformar el equipo que solicitó la fiscalía.

Castillo ha quedado expuesto completamente por esta torpe maniobra. Y la fiscalía ha adquirido el derecho a solicitar una orden judicial que impida que él y cualquier ministro interfieran con ese equipo de investigación en adelante.

Las investigaciones deben establecer entre otras cosas si Castillo estuvo o está involucrado en las fugas que ha perpetrado su entorno. Si esto se confirma o si Castillo intenta una nueva interferencia, la fiscalía necesitará la suspensión judicial del presidente para poder seguirle investigando.

No se tratará de una suspensión parlamentaria; se tratará de una suspensión judicial, basada en la necesidad de sostener el procedimiento y no en consideraciones políticas. Porque si admitimos que investigar al presidente es posible, proteger esa investigación se convierte en una necesidad institucional.

Las suspensiones judiciales están habilitadas para los casos en que los cargos públicos se convierten en plataformas para presionar testigos, o, como hizo el señor Chávarry, eliminar documentos. Si se pueden usar para estas cosas, con mayor razón deben emplearse frente a interferencias como la que representa atacar la estructura entera de un equipo de investigación o, si se confirma, montar fugas sostenidas.

La defensa de Castillo probablemente alegará que hay un fragmento en el Código Procesal Penal, la segunda parte del artículo 298.b, que prohíbe suspender autoridades elegidas. Querrá usar ese fragmento para proteger a Castillo. No dudo de que la fiscalía podrá recordarle que cuando se escribió esta cláusula aún no se creía posible investigar a un presidente en ejercicio.

Es imposible que los autores del Código hayan pensado en aplicar esa cláusula al presidente o a casos como los que estamos discutiendo ahora. Los Comentarios al Código publicados por el fiscal Sánchez, uno de sus autores, solo hacen referencia a esta norma para proteger a autoridades locales y regionales y a congresistas, a quienes sí se consideraba posible investigar. Y por cierto, se trataba de interferencias comunes, no de cosas como las que ahora están pasando.

Ninguna prohibición aplica a este caso. Entonces, si Castillo da un paso más o se confirma su intervención en las fugas, habrá que suspenderle judicialmente.

No encuentro otra alternativa.