-¿Por qué considera errónea a la sentencia que absuelve a 52 nativos que participaron en el ‘Baguazo’ de 2009, donde murieron 12 efectivos policiales?
Los sucesos de violencia del ‘Baguazo’ tienen dos eventos sucesivos. El enfrentamiento en la Curva del Diablo, donde murieron 12 policías, y el secuestro y asesinato de otros nueve policías en la Estación 6 del oleoducto en Imacita, más un policía desaparecido. Sobre este segundo suceso se lo describe como una suerte de represalia ante el modo en que se abordó el incidente de la Curva del Diablo. Pero lo real es que ambos sucesos producen muertes en las fuerzas de seguridad en su intento de recuperar el orden. Más allá del juicio que se pueda hacer sobre la falta de trabajo de inteligencia en la reacción del Estado, hay 12 policías muertos en la Curva del Diablo, y nueve policías secuestrados y asesinados, más un desaparecido en la citada Estación 6.
-¿Considera que este secuestro y posterior muerte de nueve policías no ha sido visto con minuciosidad por la justicia?
Este segundo evento –en la estación 6– impregna de sentido toda la historia en el modo en que se organizó la movilización y la cantidad de violencia que se introdujo y se desplegó. En el repaso de la cronología de movilizaciones en la zona se observa incluso la utilización del secuestro como una constante. Esa variable no puede ser desconocida y la sentencia del 22 de septiembre la desconoce. Hay un solo fragmento de las 400 páginas en que la sentencia menciona ligeramente que hay incidentes donde habrían muerto varios policías, pero no registra ni precisa cuántos y lo pone en supuesto o en condicional. Dice: en circunstancias “no esclarecidas”. Este es el evento que la sentencia pasa por alto como si fuera poco relevante, sin embargo es central.
-¿Qué es lo que más le parece inaceptable en este fallo?
La investigación ha tomado dos años, y en los dos años de debate se refleja claramente que no se puso ninguna atención a un evento que, independientemente de ser inaceptable, se le señala en condicional como un supuesto, cuando es un hecho real sumamente violento. Pues se trata de nueve policías secuestrados y luego asesinados. La sentencia deja en claro que los organizadores de la movilización no tuvieron intención de evitar muertes y da a entender que los secuestros a trabajadores y funcionarios públicos son actos de protesta legítimos.
-¿Cómo ve la absolución de los 52 nativos? ¿Le parece justa la sentencia?
Hay que ver la revisión de este tema en dos partes. La parte de los homicidios, de modo que el despliegue de toda esta violencia marca el sentido con el que se organizó el evento, y el tipo de responsabilidad que se debe exigir a quienes lo organizaron. Veo claro que intervenir en la movilización en la Curva del Diablo, por sí mismo, hace a una persona responsable de toda la gravedad de los sucesos, desde el hecho de movilizarse sobre una vía pública. Es muy probable que no sea injusta la absolución de los 52 nativos, pero la absolución de los dirigentes que estuvieron en ese grupo disperso es imperdonable.
-¿Cree que la actuación del señor Pizango como azuzador no tiene justificación para haber sido absuelto?
Lamento decirlo, pero no cabe justificación. Es más, en estas condiciones el señor Pizango y los demás dirigentes llevados a juicio debieron ser condenados. En un caso de este tipo, la única forma de organizar un evento violento y ser absuelto, es decir, no merecer ninguna condena por ello, supone un expediente muy complejo. Supone a un dirigente que organiza una movilización que, al mismo tiempo, adopta dispositivos expresos, objetivos, reconocibles como para contener la cantidad de violencia que se despliega. Un dirigente que convoca a una movilización y advierte a los organizadores, a los asistentes y demás que no deben tener armas punzocortantes ni armas de fuego, sino que la movilización debe ser pacífica... Pero invadir vías públicas y mucho más es de por sí un delito y fue lo que sucedió.
Culturalismos que no vienen al caso
“Es difícil entender que –sobre todo en un caso que trata sobre homicidios– no se visibilicen los asesinatos de la Estación 6 del oleoducto de Imacita en Bagua; y que una sentencia que discute una acusación tan seria como esta tenga casi la mitad del texto de las casi 400 páginas, meras reflexiones culturalistas sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuando este es un caso de homicidio. No es pues de variables culturales ni antropológicas”, reitera Azabache.
Publicado en Expreso el miércoles 28 de setiembre de 2016
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