LA SENTENCIA QUE ABSOLVIÓ A LOS PROCESADOS EN EL CASO CURVA DEL DIABLO EN BAGUA
No, señor Pizango
No puedo entender cómo más de 40 años después de los debates sobre la masacre del fundo Huayanay y 35 años después de la masacre de Accomarca, todavía podemos equivocarnos tanto.
Para comenzar no tiene sentido haber acumulado cargos contra 53 personas, muchas elegidas casi al azar, para llevarlas a juicio a la vez, como una muchedumbre no delimitada con precisión. Tampoco tiene sentido que el juicio se haya concentrado en la toma violenta de la carretera Fernando Belaunde, en el tramo denominado Curva del Diablo, que produjo la muerte de 12 policías, y que al mismo tiempo se haya hecho invisible el asesinato de otros nueve policías secuestrados en la estación 6 del oleoducto en Imacita. Si el primer hecho es grave, el segundo es aberrante. No puedo entender cómo un juicio que tomó dos años no fue interrumpido en algún momento para revisar en detalle las circunstancias de esos asesinatos.
Los hechos sin duda están conectados. Aparentemente en el imaginario de los autores del segundo crimen, el asesinato de los policías secuestrados en Imacita era algo así como una represalia a la violencia (la real y la imaginaria) desplegada por las autoridades en la represión de la toma de la Curva del Diablo. No haber reparado en la manera en que este segundo crimen carga de sentido el caso por completo muestra hasta qué punto la sentencia difundida el jueves 22 yerra.
El asesinato de la estación 6 y las muertes en la Curva del Diablo son crímenes reprochables al menos por la enorme irresponsabilidad con que los organizadores de la movilización (el principal de ellos el señor Pizango) desplegaron y promovieron el uso de la violencia física directa como si fuera una forma de lenguaje social reivindicativo.
No lo es. La violencia física directa es sencillamente el fundamento de una larga lista de crímenes posibles, en este caso, cometidos. Desatarla promoviendo su uso multitudinario hace al organizador responsable. Y el tribunal ha pasado esta regla por alto, en medio de un texto cargado de un culturalismo totalmente fuera de lugar en un caso sobre homicidios. Quienes organizan un evento especialmente violento, por el solo hecho de organizarlo, son responsables de las consecuencias extremas que ocasionan, siempre que pueda demostrarse que eran previsibles y les fueron indiferentes.
Cuando alguien lanza ácido o una roca sobre un campo vacío tiene la obligación de evitar que se ocasionen daños que no pueda controlar. Imaginen cuánta responsabilidad tiene si en el lugar en que lanza el ácido o la roca hay una escuela de niños, un hospital o una comisaría. Quien distribuye materiales de este tipo es tan responsable por las muertes que ocasiona como quienes lo emplean, incluso aunque estos últimos no puedan ser identificados personalmente. ¿Cuál es la diferencia si el organizador de movilizaciones masivas admite el secuestro como instrumento?
La mezcla de los sucesos de la curva con los asesinatos ha hecho que todos, también el tribunal, pierdan de vista la especificidad de cada evento. No estamos hablando de un caso de muertes provocadas en un enfrentamiento. Se trata de asesinatos representados como una represalia y eso es enteramente distinto.
Pertenezcan a la comunidad intermedia a la que pertenezcan (el señor Pizango es un importante dirigente nativo) y hayan enfrentado el nivel de represión y abuso histórico que hayan enfrentado, quienes deciden organizar reacciones violentas a escala masiva son responsables por sus consecuencias, cualquiera que sea la entidad autora de los abusos que hayan padecido.
Cuando alguien organiza un despliegue de violencia como el que contienen los sucesos de junio del 2009 solo puede exonerarse de responsabilidad por las consecuencias si prueba, y sin duda le toca probar, que también desplegó esfuerzos serios y consistentes por imponer verdaderos límites a las personas que movilizó. Difícil cirugía, por cierto, desplegar violencia e intentar contenerla al mismo tiempo. Pero no es imposible. Sin embargo, no encuentro en la sentencia que la defensa del señor Pizango haya hecho el menor esfuerzo por probar que al organizar el evento se haya adoptado alguna previsión seria para impedir que la violencia se desborde. En estas condiciones, concluyo, el señor Pizango y los demás dirigentes llevados a juicio debieron ser condenados.
Publicado en El Comercio el lunes 26 de setiembre de 2016
Publicado en El Comercio el lunes 26 de setiembre de 2016
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