EL CASO MOVADEF
Paradojas
Por
César Azabache Caracciolo. Abogado
Los principales líderes del Movadef fueron puestos
en libertad el martes 5. Como colectividad reaccionamos con sorpresa ante la
noticia. Parece evidente que más allá de su escasa peligrosidad actual, el
Movadef es una nueva expresión del Sendero Luminoso de Abimael Guzmán Reynoso y
que, en consecuencia, haberlo organizado y dirigido constituye un delito que
debe ser castigado lo más rápido posible. Sin duda, contábamos con que nuestras
impresiones compartidas sobre el Caso Movadef debían convertirse
automáticamente en una orden de prisión para los investigados y que esa orden
debía ser sostenible en el tiempo. Sin embargo, el tribunal presidido por el
juez Víctor Valladolid decidió en contra de la necesidad de la prisión y al
hacerlo creó una paradoja que evidentemente nos está siendo difícil resolver.
En contra de lo que parece, la llave maestra para
entender lo que sucedió en este caso no está en la decisión del tribunal
(revisada muchas veces en estos días), sino en la audiencia de apelaciones que
le dio origen. Las reglas del procedimiento judicial suponen que los jueces
solo deben dar la razón a quien puede demostrar que la tiene en un debate
público desarrollado ante un tribunal. Las decisiones judiciales no son justas
o injustas según correspondan o no a nuestras preferencias subjetivas. Son justas
o injustas según correspondan o no a lo discutido en audiencias. La paradoja en
el Caso Movadef existe porque estamos intentado comparar la decisión con
nuestras creencias, cuando deberíamos primero revisar si estas mismas creencias
fueron adecuadamente expresadas durante los debates que sirvieron de fundamento
a la decisión del tribunal.
Al menos en teoría, las impresiones colectivas de
la comunidad solo pueden ser tomadas en cuenta por los tribunales en la medida
en que los abogados, fiscales y procuradores tengan la habilidad de
convertirlas en razones legales claras y convenientes durante el procedimiento
judicial. El sistema legal impone la ley y el debate ente las partes como
filtros que median entre las preferencias individuales y las decisiones públicas.
Por eso los jueces no son elegidos por el voto de las mayorías. La Constitución
les exige poder decirle “no” a las mayorías cuando sus representantes no logran
organizar alegaciones suficientemente fundadas en una dirección u otra.
Como colectividad, arrastramos una enorme
incapacidad para convertir nuestras preferencias subjetivas en razones
aceptables para los otros. El Caso Movadef ofrece, en el terreno legal, uno de
los mejores ejemplos de las consecuencias que provoca este déficit. Parece que
creyéramos que si estamos convencidos de tener derecho a algo y se nos niega,
entonces quien lo niega debe salir de la escena, debe ser reemplazado por otro.
Y esto es, con mayores o menores detalles, lo que el judicial parece dispuesto
a hacer con los miembros del tribunal que intervino en este caso. Sacarlos de
la escena.
No es necesario mucho esfuerzo para notar hasta qué
punto es regresivo optar por la eliminación del otro cuando nos niega algo que
creemos merecido. De hecho, ante una derrota parcial, el camino más sensato
siempre resulta tomar en cuenta lo ocurrido y reorganizar nuestras pretensiones
para volver a intentarlo.
A propósito, ¿alguien está haciendo algo por evitar
una eventual fuga de los investigados?
Publicado en El Comercio el lunes 25 de agosto del 2014
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