martes, 11 de febrero de 2014

Precisiones necesarias



Sobre el Caso Chavín de Huántar
Precisiones necesarias

Por César Azabache

La Corte Interamericana acaba de cerrar los debates sobre el caso Chavín de Huántar. Pero oídos testigos, peritos, agentes y representantes de las partes, queda el ambiente poblado de incertidumbre sobre el resultado posible del juicio. Contra lo que parecemos empeñados en creer, el caso no trata sobre el operativo de rescate de la residencia, sino sobre dos hechos específicos que deben ser diferenciados del operativo y que además deben ser diferenciados entre sí: De un lado está el deceso de dos terroristas, Peceros Pedraza y Meléndez Cueva, abatidos durante el rescate,  dentro del área de enfrentamientos, en combate con las fuerzas regulares que rescataron la residencia, y de otro lado el de Cruz Sánchez, un terrorista abatido fuera del área de combate, cuando los enfrentamientos ya habían terminado, por el que las autoridades locales buscan a un oficial del SIN, el Coronel Zamudio, prófugo desde el inicio de las investigaciones.

Un importante sector de la opinión pública local, al que los representantes del Estado parecen haber prestado oídos intensamente, ha insistido en que las sospechas admitidas por los tribunales peruanos sobre la responsabilidad del Coronel Zamudio en el caso Cruz Sánchez involucran a los comandos regulares que rescataron la residencia. Pero esto no es cierto. No existen evidencias que muestren la presencia de comandos regulares en la escena en que se encontró el cadáver de Cruz Sánchez. Pero la confusión existe y ha dañado sensiblemente la claridad con la que el Estado debió (y no ha logrado) enfrentar el caso. De hecho, la mayoría de confusiones que empantanaron los procedimientos internos en los últimos años provienen del mismo error. 

Mezclar personajes y hechos conduce a confundir la lectura de las consecuencias posibles de cualquier caso legal, creando imágenes falsas sobre lo que ocurre y riesgos que no existen sobre el destino legal de las personas involucradas. El caso Cruz Sánchez, que los tribunales peruanos mantienen abierto y que la Corte, por cierto, no puede cerrar, no se refiere a los comandos regulares ni al significado global del operativo: Se refiere a un probable exceso de un sospechoso identificado, el Coronel Zamudio, del SIN. El caso Peceros y Meléndez, que los tribunales locales ya han cerrado, jamás tuvo evidencias suficientes para justificar comparaciones con el caso Cruz Sánchez. Pero la confusión entre ambos hechos y entre los personajes involucrados en cada uno de ellos provocó en el 2002 que un grupo de comandos regulares terminara en proceso por el caso Peceros y Meléndez, y ha provocado una cadena de errores que nos han llevado a la situación que ahora enfrentamos.

Mezclar ambos casos en un solo relato es inaceptable, tanto si se hace en la versión de la Comisión Interamericana (para la que ambas escenas son parte de un mismo crimen) como si se hace en la versión de nuestros representantes ante la Corte (para quienes ambas escenas parecen ser parte indiferenciada del mismo operativo exitoso). La clave para resolver este asunto está en reconocer las diferencias que marcan las distancias en estas historias. Lo hicieron (a pesar de nuestros representantes) los tribunales locales. Queda que lo haga (a pesar que nadie lo haya pedido claramente), la Corte Interamericana.

Publicado en El Comercio, lunes 10 de febrero del 2014

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